29 febrero

Cuánto tiempo tienes para comer en una jornada de ocho horas, según la ley

El Estatuto de Trabajadores es la norma que regula la relación entre empresas y trabajadores así como sus derechos y obligaciones. 


Un trabajador descansado es, necesariamente, un mejor trabajador. Esto, a su vez, se traduce en una mejor producción para las empresas. Por esta razón, el Estatuto de los Trabajadores, que regula las relaciones entre ambos, y sus derechos y obligaciones, recoge cómo deben ser los descansos laborales y cuánto tiempo deben tener para sus comidas.

¿Qué dice la ley sobre las horas de comer?

El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores hace referencia al tiempo de trabajo y determina cuáles son los descansos que un trabajador tiene por derecho en su jornada laboral. 

* Los trabajadores menores de edad con una duración de jornada de al menos cuatro horas y media tienen derecho a un descanso de al menos media hora al día.

* Los trabajadores que trabajen más de seis horas, tendrán derecho a un descanso no inferior a quince minutos.

Además, la revista de jurisprudencia, en su artículo 89, relativo a las pausas recoge que "El empresario deberá conceder a los trabajadores, como máximo tras seis horas de trabajo ininterrumpido, una pausa destinada a la comida y al descanso de al menos 30 minutos" y prosigue "En el caso de las actividades que deban desarrollarse de forma ininterrumpida, se garantizará al trabajador un período adecuado para el descanso y para efectuar la comida aun cuando no se interrumpa el servicio o la actividad". 

Otros descansos de los trabajadores

Otros descansos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, son los siguientes:

El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.

​Entre final de una jornada de trabajo y el principio de la siguiente deben pasar al menos 12 horas.

Los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal de un día y medio, acumulable por periodos de catorce días, (preferiblemente el domingo y la tarde del sábado o la mañana del lunes).
Los trabajadores menores de edad tienen derecho a un descanso semanal de dos días, acumulables también por periodos de catorce días.


A la espera del Supremo, el riesgo de la nulidad de los despidos de baja por enfermedad es altísimo

La jornada ‘SincroGO Smart Talks’ analiza los despidos de baja por enfermedad tras la Ley 15/2022 y la gestión del absentismo en las empresas


La gestión del absentismo en la empresa y la jurisprudencia en torno a los despidos de baja por incapacidad temporal tras la entrada en vigor de la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación fue analizada en detalle el pasado 21 de febrero, en el marco de un SincroGO Smart Talks, organizado por la consultora SincroGO.

La jornada contó con las ponencias de Carlos María Ruiz, CEO de SincroGO; Óscar Carrascal, gestor de Servicios de la Mutua Egarsat; y Estela Martín, abogada de SincroGO.

Carlos María Ruiz expuso los datos relativos a absentismo en las organizaciones de distintos informes, abordando también la cuestión de los problemas de salud mental, que se han agravado tras la pandemia de Covid-19 y la importancia de la gestión de los riesgos psicosociales, así como de contar con clima laboral adecuado y de apostar por el bienestar corporativo y por medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral como herramientas de actuación frente al absentismo.

Cómo gestionar el absentismo: claves para la gestión de personas

Óscar Carrascal, de la Mutua Egarsat, comenzó su intervención cuantificando el absentismo en España

Durante el 2023 el gasto total de las bajas ascendió a 13.228 millones euros (coste de las prestaciones de 8,2 millones de bajas). A estos se añaden 12.507 millones asumidos por las empresas como coste directo. Se estima que los costes indirectos fueron de 116.445 millones.

Las empresas deben afrontar y gestionar bien el problema del absentismo. “Se puede y se debe gestionar”, incidió en su ponencia Carrascal. En este sentido, las organizaciones deben tener presente que toda acción correctora, tanto proactiva como reactiva, tiene consecuencias positivas para disminuir el absentismo en una empresa.

La dimensión de esas consecuencias depende de la toma de conciencia del problema, la implicación, el alcance de las medidas y el seguimiento de las mismas.

27 febrero

Los vigilantes de seguridad del Ministerio de Fomento se querellaron contra el guardia civil detenido en la 'trama Koldo'

Los trabajadores de Seguridad del edificio denunciaron que el subteniente José Luis Rodríguez pretendía entrar visitas sin que pasaran por el registro y los amenazaba. Anticorrupción ubica su papel como "clave" en el entramado de corrupción de Koldo García


Los vigilantes de seguridad que custodian el interior del edificio del Ministerio de Transportes presentaron una querella contra siete guardias civiles (encargados de la gestión del exterior del complejo) entre los que se encuentra el subteniente José Luis Rodríguez García, que fue detenido la semana pasada en el marco de la investigación sobre corrupción bautizada ya como 'caso Koldo'. La Fiscalía Anticorrupción ubica a este agente como pieza "de máxima importancia" del entramado que tejió presuntamente el que fuera asesor del ministro José Luis Ábalos, Koldo García, con una serie de empresarios para quedarse con mordidas millonarias de contratos de mascarillas.

La denuncia, a la que ha tenido acceso El Independiente, refleja la tensión que en el complejo de Nuevos Ministerios (sede del departamento de Transportes en Madrid) se vivió durante meses por las rencillas entre los trabajadores de la empresa privada y algunos agentes de la Benemérita por la gestión de la seguridad de las instalaciones. Los querellantes exponen cómo algunos guardias civiles querían "privilegios" como entrar visitas sin que quedaran registradas "propiciando quiebras de seguridad muy relevantes que se tratan de impedir el servicio de seguridad, lo que genera situaciones de agrio enfrentamiento con los trabajadores".

El documento lleva fecha del 25 de mayo del pasado año, pero fuentes jurídicas explican que todavía no ha sido admitida a trámite por ningún juzgado porque el proceso se ha ido retrasando entre las distintas huelgas de personal de Justicia. En esa época llegó a haber hasta 0cho trabajadores de baja laboral. "Se está sometiendo al personal de la compañía encargada de la seguridad a situaciones límite en los que se ven obstruidos en su trabajo, amenazados, e incluso sancionados en aplicación de la ley de seguridad ciudadana", dictaron en el documento. Los vigilantes apuntan delitos de desobediencia, coacciones y amenazas y falsedad.

La querella describe cómo el subteniente Rodríguez trató de entrar a un hombre y una mujer sin que "en ningún momento" las dos personas fueran "debidamente identificadas". "Se desconoce sus identidades, ni el cometido que vienen a hacer al MITMA [Ministerio], todo ello haciendo uso del uniforme de la Guardia Civil, con lo cual crea una brecha de Seguridad al propio Ministerio, dado que una vez que sortean todos los controles de accesos, quedan al libre albedrio para recorrer todas las Dependencias del edificio sin control alguno", señalaron los denunciantes. Una actitud que también muestra el agente en un audio que ha revelado este medio.

Los vigilantes detallan por fechas todos los episodios en los que se han sentido "intimidados" por algunos guardias. "¿Os lo han dado por escrito?, están jugando con el pan de vuestras familias, con todos mis respetos: quién es un vigilante de seguridad para pedir un DNI, si la seguridad no está funcionando os echamos a todos de aquí", dijo el subteniente Rodríguez en una ocasión, según la querella.

Anticorrupción lo sitúa en el centro de la trama

Todos estos datos a las puertas del edificio del Ministerio de Transportes cobran ahora un nuevo cariz a raíz de que el subteniente Rodríguez haya sido detenido por la 'trama Koldo'. Algunas de las fuentes de la sede ministerial señalan con nombre y apellido a otros agentes que podrían estar implicados, si bien, de momento no figuran en las diligencias.

El Gobierno plantea que más trabajadores en España puedan tener jubilación anticipada con 52 años: estas serán las condiciones

Hasta ahora, solo ocho colectivos disponen de esta jubilación anticipada sin penalización en sus cotizaciones


El Gobierno, la patronal y los sindicatos están en proceso de negociar nuevos convenios de acuerdo a las prejubilaciones o jubilaciones anticipadas para profesionales de sectores considerados peligrosos. Se trata de actualizar un procedimiento que estaba obsoleto, según la información de las tres partes que forman parte de estas negociaciones.

Esta medida estaba recogida en el primer bloque de la reforma de las pensiones y ahora se está negociando con los sindicatos. El objetivo sería que haya profesionales que puedan acogerse a las jubilaciones con 52 años de edad sin que eso penalice sus pensiones.

Hasta ahora, solo ocho colectivos disponen de esta jubilación anticipada sin penalización.

Profesiones que tienen jubilación anticipada

Por el momento, solo ocho colectivos disponen de una jubilación anticipada sin penalización en sus pensiones entre los que encontramos aviadores, bomberos y toreros. También, según Far Asesores, trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, trabajadores ferroviarios, artistas y miembros de la Ertzaintza y policías locales.

En estos casos la ley reconoce a cada uno de ellos distintas variables para adelantar su edad ordinaria de jubilación. En la mayoría de los casos, la norma utiliza un mecanismo común: fijar un coeficiente para cada profesión y categoría profesional que se multiplica por los años efectivos de trabajo cotizados por el trabajador.

El resultante es el número de años que puede adelantar su retiro. La edad de la jubilación anticipada tras la aplicación de estos coeficientes nunca podrá ser inferior a los 52 años. En la web de la Seguridad Social hay información más detallada al respecto.

Profesiones que podrían tener prejubilaciones

Por el momento, en el borrador del Gobierno no se detallan las profesiones que se incluirían, pero sí se sabe que son aquellas con mayor tasa de accidentes laborales y con un gran número de bajas. También se contempla, obviamente, profesionales con mayor mortalidad realizando sus trabajos.

26 febrero

Los sindicatos vigilarán que la reducción de jornada no se canjee por más días libres

CEOE, CCOO y UGT avanzan en la mesa bipartita el impacto que tendría el cambio a 37,5 horas semanales en cada uno de los sectores económicos y los modelos de empresa, cuyo ajuste se tendrá que abordar en los convenios. 


El Gobierno busca reducir la jornada laboral máxima a 37,5 horas para 2025 y quiere sacar adelante la reforma del Estatuto de los Trabajadores que lo posibilitaría a la mayor brevedad posible, dado que el primer paso de las 38,5 horas debe ser efectivo antes de que acabe el año para cumplir con lo fijado en el acuerdo de coalición. El Ministerio de Trabajo prefiere hacerlo mediante un acuerdo con la patronal y los sindicatos, por lo que ambas partes avanzan en una mesa paralela con el objetivo de acercar posiciones y medir sus impactos, ya que a fin de cuentas, la concreción del nuevo límite se deberá abordar de forma pormenorizada en los convenios colectivos.

Los sindicatos quieren blindar la posibilidad de que este descuento de horas de jornada laboral se compense con más días de descanso y evitar que las compañías pudiesen mantener la jornada de 40 horas semanales a cambio de este beneficio. Ello al margen de la posibilidad que tienen las compañías de hacer una distribución irregular de la jornada -ya sea con o sin acuerdo con los trabajadores- si lo entienden oportuno para el desarrollo de su actividad. "En absoluto. Nosotros lo que hemos planteado es que la jornada se tiene que plantear como 37,5 horas, que es la jornada semanal y su cuantificación en la jornada máxima anual" respondía la secretaria confederal de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz Vicente, al ser preguntada por este supuesto tras la última reunión con el 'número dos' de Trabajo. 

En el mismo sentido, apuntaba el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, quien matizaba que el único cambio legislativo que está sobre la mesa es sustituir las 40 horas que aparecen reflejadas en el actual artículo 34 del ET por la nueva cifra. Después, la distribución de las jornadas en cada supuesto tendrá que abordarse en la negociación colectiva, pero en ningún caso se va a plantear como dos opciones entre las que las compañías puedan escoger, ni es algo que esté sobre la mesa, según apuntan fuentes conocedoras de la negociación a este medio. Es decir, la referencia de las 37,5 horas cuyo cómputo anual está siendo objeto de discusión, será el nuevo mínimo sobre el que las compañías podrían introducir mejoras. 

Sin cambios en la distribución irregular de jornada

"De acuerdo con la normativa en vigor y siempre que se mantuvieran sus actuales términos, mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo de la empresa y los representantes de las personas trabajadoras, se puede establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año" explica el socio de Laboral de Garrigues, José Manuel Mateo, quien matiza que la potestad que tiene la compañía de alterar la distribución del 10% de la jornada si no se llega a un acuerdo entre las partes "está siendo cuestionada con ocasión de la trasposición de la directiva sobre condiciones laborales transparentes y previsibles" que recoge el derecho a conocer con tiempo no solo los cambios en su pauta de trabajo, sino los criterios seguidos para hacerlo.

El experto entiende que bajo esta premisa sí se podría mantener una jornada de 40 horas semanales que se compense con días de descanso, aunque no descarta que en la redacción de la norma se establezcan límites para que la reducción de jornada se traduzca en una disminución efectiva de las horas de trabajo a la semana. "La norma podría otorgar mayor o menor libertad a los agentes sociales para que estos, mediante la negociación colectiva y/o los acuerdos de empresa o centro de trabajo, determinen el régimen de compensación" expone en respuesta a La Información.

Cambios en las horas extra: UGT quiere que quienes las hagan se puedan jubilar antes

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, propondrá a la Seguridad Social que se contabilicen a efectos de jubilación.


UGT ha mandado un doble recado respecto a las horas extraordinarias: al Ministerio de Trabajo, competencia de Yolanda Díaz, ha solicitado que estas se paguen más caras y no como una hora ordinaria (el pago actual, de hecho, incumple la normativa europea). Y, por su parte, ha solicitado al de la Seguridad Social, competencia de Elma Saiz, que se contabilicen a efectos de jubilación, con el objetivo de que quienes las hagan, se puedan jubilar antes. 

Al respecto, cabe recordar que UGT ya presentó este año una demanda contra España ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, en la que solicitan una remuneración más alta de las horas extraordinarias. En la misma, instaban a que se cumpla el artículo 4 del marco legal comunitario, que es el derecho de los trabajadores a recibir un “incremento de remuneración para las horas extraordinarias, salvo en determinados casos en particular”. 

En concreto, solicitan que ese incremento sea del 25%, en base al marco normativo de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Para ello, habría que modificar el Estatuto de los Trabajadores, ya que en su artículo 35 simplemente se expone que las horas extra “en ningún caso” podrán ser inferior “al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido”. Esto es, el mínimo que establece la legislación española es que se paguen como una hora normal, algo que iría en contra del citado marco europeo.

Así lo ha expuesto recientemente el secretario general del sindicato, Pepe Álvarez: “se incumplen las directivas europeas. En España se puede pagar hasta el precio de la hora ordinaria, sin necesidad de tener un suplemento, y hay convenios que no lo tienen. La legislación europea dice que debe ser por arriba de ese precio, y por eso hemos pedido que se suba al 125% de la hora ordinaria, atendiendo a otros compromisos que España tiene con los convenios de la OIT”. 

Contabilización a efectos de jubilación

La segunda reivindicación es que las horas extras se contabilicen a efectos de jubilación, una medida que quieren proponer formalmente a la Seguridad Social en las negociaciones que están manteniendo para abordar los temas pendientes que no se trataron en la reforma de las pensiones, como son también los coeficientes reductores. Volviendo a las extras, para Álvarez “parece razonable que esas horas que se hacen de más y que suponen un desgaste, se tengan en cuenta”.

Subir el SMI hasta los 1.290 euros

Entre las prioridades de UGT también se encuentra subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 1.290 euros brutos mensuales, para que corresponda como vienen defendiendo, también desde el Ministerio de Trabajo, con el 60% del salario medio en España. Una cuestión que, para el sindicato, es “absolutamente irrenunciable”. 

23 febrero

Vigilantes de Prosegur mantienen su acampada ante la refinería de Repsol en defensa de mejoras laborales

El conflicto se acerca a los dos meses desde su inicio sin que ninguna de las dos firmas haya dado pasos definitivos para resolverlo.


El pasado viernes los trabajadores encargados de la seguridad en la refinería de Repsol en A Coruña marcharon por última vez en defensa de unas mejores condiciones laborales en el complejo petroquímico, considerada una "infraestructura crítica". Los afectados, pertenecientes a Prosegur, contratada por la energética para la seguridad en el complejo, dieron un paso más allá después de varias semanas de protestas y, ante el silencio de las dos entidades, han iniciado una acampada indefinida ante la planta.

El personal de vigilancia se mantiene a las puertas de la infraestructura después de casi dos meses de movilizaciones y tras denunciar de forma reiterada la situación en la que se encuentran. Salarios bajos y alta carga de trabajo sería un breve resumen de un conflicto que permanece enquistado mientras Repsol y Prosegur guardan silencio y se muestran contrarios a reunirse con los trabajadores. "Un servicio que se presta cada día más en precario y con un nivel de exigencia cada vez mayor", denuncian.

En este clima, convocados por la Unión Sindical Obrera (USO) y la Unión General de Trabajadores (UGT), el colectivo inició el martes la "quedada indefinida". En paralelo, desde la Federación de Trabajadores de la Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera (FTSP-USO) advierten que ya se está trabajando en la organización de convocatorias de huelga en la seguridad de la planta. 

"HAN CRUZADO UNA LÍNEA ROJA"

Por ahora, no se han notificado incidentes, como tampoco se dieron en las últimas movilizaciones, que marcharon desde la delegación de Prosegur en la ciudad herculina hasta la refinería. Iván Blanco, secretario de la organización FTSP-USO, reprocha a los responsables de seguridad de Repsol de jugar con este colectivo. "No tienen apenas o ninguna formación en seguridad; estamos bajo el mando de simples gasolineros", reprende. 

"Carecen de conocimientos en el sector, la seguridad de una instalación crítica no puede estar en sus manos. Pocas cosas pasan", añade Blanco, al tiempo que denuncia las presiones y amenazas que dicen haber recibido en el sindicato. "Han intentado intimidarnos y presionarnos, pero no les ha funcionado. La negociación de unas simples mejoras se les ha ido de las manos a Prosegur y Repsol. Han cruzado una línea roja", censura.


¿Tengo permiso laboral para ir a una cita médica y cuándo hay que justificarlo en el trabajo?

Existen diferentes permisos laborales, algunos de ellos retribuidos y otros no, que pueden estar sujetos al Estatuto de Trabajadores o al convenio colectivo


Los trabajadores tienen una serie de derechos a los que se pueden acoger en función de las situaciones que puedan vivir en su puesto de trabajo. Algunos de ellos están recogidos en la Ley del Estatuto de Trabajadores, otros se recogen en los convenios que se firman con las empresas al formalizar los contratos.

Un derecho de todos los trabajadores es el de la baja laboral, que tiene una serie de requisitos que se han de cumplir, pero no todo lo relacionado con la salud está recogido dentro del Estatuto de los Trabajadores: ¿qué ocurre cuando un trabajador necesita acudir al médico en horario laboral?

¿Existe el permiso laboral para ir a una cita médica?

Los trabajadores tienen una serie de permisos laborales, pero ir a una cita con el médico no está recogido dentro de ellos. El Estatuto de Trabajadores no contempla esta opción en su desarrollo, ya que se considera que lo ideal es que el trabajador acuda a las citas médicas fuera del horario laboral.

Sin embargo, la gran mayoría de las empresas incluyen en sus convenios colectivos la posibilidad de los trabajadores de acudir a citas médicas “por el tiempo indispensable” en horario de trabajo si no existe otra opción, siendo este un permiso laboral retribuido en la mayoría de casos, es decir, no se pierde dinero.

Además, en caso de que una empresa haya estado aceptando a otros trabajadores las citas médicas en horario laboral de forma general, ese permiso retribuído no podrá ser suprimido unilateralmente por la empresa convirtiéndose en un derecho de los trabajadores, que tendrán que justificar la asistencia a consulta pero esta no podrá ser rechazada hasta que la empresa realice los procesos legales convenientes.

En el caso de que la empresa no acepte por norma como permiso laboral retribuido las citas médicas y el trabajador no tenga la opción de acudir en otro horario, se debe solicitar un permiso no retribuido, justificando por qué no se puede acudir a la consulta fuera del horario laboral. La empresa no podrá oponerse a la concesión ya que forma parte del derecho fundamental a la integridad física y no le causa perjuicio directo, puesto que no pagará ese tiempo al trabajador.

22 febrero

Empresarios huyendo despavoridos cuando llega el inspector de Trabajo: Canarias, el paraíso de la piratería

Todavía hay empresarios que salen corriendo cuando llegan los inspectores de trabajo, a los que llegan a agredir física y verbalmente. La inspección de trabajo impuso casi 9.000 infracciones y más de 30 millones de euros en sanciones en 2023


Los trabajadores sin dar de alta están a la orden del día en Canarias, especialmente en el sector de la hostelería. Es uno de los grandes problemas del Archipiélago, donde el sector servicios representa más del 50% de la economía. Para combatir este y otros fenómenos, la Inspección de Trabajo ha realizado más de 18.600 visitas, generando casi 37.000 expedientes. El año pasado fueron capaces de detectar 8.729 infracciones, de las que se acabaron derivando más de 30 millones de euros en sanciones. Más de 100 tuvieron que ser ejecutadas conjuntamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, especialmente en materia de empresas ficticias.

Aunque la mayoría de las empresas colaboran y cumplen, durante el año pasado la inspección de trabajo impuso 82 infracciones por obstrucción a empresarios que no querían identificar a sus trabajadores. "Desgraciadamente aun se dan comportamientos de obstrucción a la labor inspectora, empresarios que se niegan a identificar a los trabajadores o que directamente salen corriendo cuando llegamos", explica Fran Guindín. "A veces argumentan que es un amigo o un vecino que está haciendo alguna actividad por amistad y no trabajando. También que es el primer día y les iban a dar de alta en ese momento. Son cifras preocupantes, porque obviamente, no debe haber ningún trabajador sin dar de alta", añade.

Agresiones a inspectores y empresarios que salen corriendo

Más del cincuenta por ciento de los trabajadores sin dar de alta están en el sector de la hostelería. "El 58% de la economía sumergida se está dando en bares y restaurantes. Esto implica una responsabilidad para el empresario que puede llegar a ser penal. Las sanciones pueden llegar a 12.000 euros", explica Francisco Guindín, director territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Canarias. En todo el año 2023, la inspección de trabajo logró aflorar 4.447 empleos. Localizó a más de 2.600 trabajadores sin dar de alta, 184 personas que cobraban una prestación por desempleo trabajando al mismo tiempo. Además, 400 migrantes trabajando sin permiso de trabajo y unas 1.500 personas con contratos a media jornada obligadas a trabajar la jornada completa.

Sólo en materia de Seguridad Social y economía irregular, durante el año pasado se impusieron sanciones por valor de más de 12 millones de euros en Canarias. Se han impuesto más de 3.000 infracciones, y unos 100 requerimientos a las Administraciones Públicas, -donde debería cundir el ejemplo-. La Inspección detecta sobre todo falta de seguridad en los puestos de trabajo, y falta de formación y de medios para proteger al personal. Sólo el año pasado investigaron 393 accidentes laborales, 14 de ellos mortales, 7 muy graves y 118 graves. Por esta razón se han impuesto 280 infracciones.

La inspección de trabajo logró aflorar 4.447 empleos en 2023

La economía sumergida no hace mas que crecer en Canarias. Los métodos de control horario tampoco están funcionando. En Canarias hay 123 inspectores y subinspectores de trabajo, -53 en Gran Canaria, 54 en Tenerife, 8 en Lanzarote, 6 en Fuerteventura, 2 en La Palma y ninguno en La Gomera y El Hierro-. A pesar del número de efectivos, su trabajo es extraordinario, y durante el año 2023 fueron capaces de llevar a cabo casi 18.700 visitas, algo más de 1.300 de ellas fueron nocturnas: unas 1.000 diurnas en festivos y casi 170 nocturnas en festivo. A pesar de los datos negativos, Guindín quiere dejar claro que la mayoría de las empresas canarias quieren cumplir y que la inspección de trabajo es una herramienta para mejorar las condiciones de vida en el Archipiélago.

El informe de la inspección del Ministerio de Trabajo, al que ha tenido acceso la SER, se detallan las numerosas actuaciones llevadas a cabo por la dirección territorial territorial que dibujan un panorama de avances; pero también persisten e incluso se incrementan algunos problemas graves de la economía canaria, como el trabajo en negro. "Las Inspección cada vez tiene más herramientas, como la actividad rogada a través de la denuncia anónima del buzón del fraude, lo que nos facilita detectar los centros de trabajo donde hay irregularidad", explica Francisco Guindín.

Tu empresa no puede espiar tus dispositivos electrónicos de teletrabajo sin el «visto bueno» de los sindicatos

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la empresa de cara al teletrabajo de sus empleados


El teletrabajo se convertía en toda una revolución con la pandemia del coronavirus. Una tendencia laboral que, a pesar del regreso de muchos a la oficina después de los peores momentos del Covid-19, sigue presente en las empresas.

Sin embargo, la confianza de las compañías hacia sus trabajadores no parece ser excesiva. Y es que cada vez son más los casos de empresas y empleadores que buscan la manera de garantizar que, a pesar de trabajar desde casa, sus empleados no se «despistan» en exceso de sus obligaciones profesionales.

Algo que ha llevado a Tasaciones Hipotecarias SAU ante los tribunales. En concreto, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

La empresa, a comienzos de 2022, enviaba una circular a los empleados de teletrabajo. Una carta en la que «recordaba» que el uso de los dispositivos electrónicos proporcionados por la empresa debían ser utilizados únicamente con fines profesionales.

«Recordar que tanto los equipos informáticos proporcionados como los correos corporativos tienen por única finalidad el desarrollo de la prestación de servicios contratada», expone la empresa.

Así pues, la empresa destacaba que está «prohibido su uso par afines particulares».

«Con el objeto de impedir el uso indebido […] les informamos que todos los ordenadores y todas las direcciones de correo electrónico corporativos serán accesibles por la empresa, pudiendo ser los ordenadores, su contenido, así como cualquier archivo guardado en el mismo, analizados, examinados formateados o reseteados», advierte la compañía.

LOS SINDICATOS PROTEGEN LAS CONDICIONES DEL TELETRABAJO

«El incumplimiento de las prohibiciones y de las obligaciones establecidas constituirán una falta muy grave», asegura la empresa en la misiva.

Una carta que era respondida por la sección sindical de la Confederación General del Trabajo (CGT) en rechazo a estas imposiciones.

«Este es un cambio radical de la política empresarial en cuanto al uso de medios informáticos empresariales. No es cierto que la empresa esté recordando unas normas, ya que el contenido de la carta es opuesto a las normas vigentes». Normas en las que sí se admitía el uso personal. Eso sí, de forma «moderada».

Del mismo modo, el sindicato ha establecido que la empresa está incumpliendo la protección de datos. Ley que «establece que, al implantar criterios de uso de los dispositivos digitales, los representantes de los trabajadores deben participar en la elaboración de los mismo». Algo que no sucedió en este caso.

21 febrero

Italia recorta el paro en más de 100.000 personas tras reducir los subsidios

En cuestión de un año ha pasado de ser el tercer país de la UE con más paro al sexto

* España generó uno de cada diez nuevos parados jóvenes de la UE en 2023
* 2024 comienza con la destrucción de 231.250 empleos, la mayor en un enero desde 2020


En agosto de 2023 el gobierno italiano de Giorgia Meloni limitó las ayudas de la Renta Ciudadana (RdC), similar al Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España. Esta medida se adoptó en 2019 por su predecesor, Giuseppe Conte, como un subsidio destinado a los grupos de población desempleados y bajo el umbral de la “pobreza absoluta”.

En el primer semestre de 2023 se beneficiaban de esta Renta Ciudadana cerca de un millón de hogares, según datos del Instituto Nacional de Seguridad Social italiano (INPS). A cierre de año -tras la decisión de Meloni de mantenerla temporalmente sólo en hogares con miembros discapacitados, menores o mayores de 60 años con bajos ingresos- había 600.000 núcleos familiares receptores, casi la mitad.

Esta decisión, que generó una fuerte controversia en el país, ha tenido un efecto en el paro. Los últimos datos disponibles, de diciembre de 2023, reflejan 127.000 personas registradas menos que sólo cinco meses antes. La cifra total de parados está en 1,83 millones, un registro no visto desde 2009 (a excepción de abril de 2020, al inicio de la pandemia), según la oficina estadística de la Comisión Europea, Eurostat.

Por poner en perspectiva el dato, en el mismo periodo del año anterior, entre julio y diciembre de 2022, el desempleo aumentó en 5.000 personas. Antes de la pandemia, entre julio y diciembre de 2019, en 12.000 personas. Es decir, es un periodo en el paro suele aumentar y no disminuir, como ocurrió en 2023.

Reducción del paro en Italia

Además, más allá del efecto que haya podido tener la medida, la tendencia del paro registrado en Italia era de descenso. Por esa razón, si se compara en términos anuales, con diciembre de 2022, la caída del paro ha sido superior: de 170.000 personas. Aquel año se cerró con dos millones de personas paradas. Respecto a diciembre de 2019, el desempleo ha caído en 645.000 personas.

En relación a la población activa, lo que conocemos como tasa de paro, la cifra se sitúa en mínimos: un 7,2% de paro a cierre de 2023, frente al 7,7% de julio y al 7,9% de diciembre de 2022. Salvo abril de 2020, cuando la tasa de paro también bajó hasta el 7,5%, hay que remontarse a 2009 para encontrar niveles de desempleo similares a los actuales en la serie histórica de Italia.

De hecho, según los datos agregados de Eurostat, a cierre de 2022 Italia era el tercer país de la Unión Europea con más paro, sólo por detrás de España y Grecia. Sin embargo, el año 2023 lo cerró ya en sexta posición. Fue superado por Francia, con un paro en diciembre del 7,3%; Finlandia, con un 7,5%; y Suecia, con un 8,2%.

Desde septiembre de 2023 las personas consideradas aptas para el trabajo pueden pedir ante el INPS la prestación de Apoyo a la Formación y el Trabajo (SFL), más restrictiva al obligar a la búsqueda activa de empleo y a la formación para favorecer la reinserción en el mercado laboral. Esta prestación, de hasta 350 euros al mes, se puede cobrar, como máximo, un año. El importe medio de la RdC era de 574 euros.

Anulado el despido de un representante sindical al que la empresa investigó con un detective privado

El Juzgado de lo Social número 1 de Castelló de la Plana ha anulado el despido de un técnico de emergencias sanitarias, representante del Comité de Empresa, que fue acusado de usar las horas sindicales para trabajar en otras mercantiles y que fue investigado por un detective privado.


La resolución --que condena a la empresa a pagar los salarios no percibidos por el empleado desde su despido más una indemnización de 12.000 euros-- considera que se produjo vulneración de derechos fundamentales. También ordena indemnizar con 1 euro a UGT, el sindicato que ha representado al trabajador.

La sentencia, fechada el 30 de enero y consultada por Europa Press, estima parcialmente la demanda del trabajador en la que solicitaba la nulidad del despido o su improcedencia.

La empresa notificó al demandante la carta de despido en octubre de 2022 esgrimiendo que aprovechaba el crédito sindical para realizar actividad laboral en otra empresa, lo que tildaba de "fraude".

La firma, que contrató a un detective para realizar labores de vigilancia, aseguraba: "Se da la circunstancia de que precisamente usted es un miembro del Comité de Empresa, especialmente reivindicativo, que exige el cumplimiento de la legalidad a la empresa, como debe ser, con especial entusiasmo, y, sin embargo, la empresa tiene pruebas fehacientes de que el uso de su crédito sindical se realiza en beneficio propio y no de los derechos de sus compañeros".

La sentencia --contra la que cabe recurso-- alude al derecho de libertad sindical reconocido en el artículo 28.1 de la Constitución y recuerda que la afiliación no puede ser motivo ni de una actitud contraria al trabajador ni favorable a sus intereses.

En este caso, la jueza menciona "tres indicios concurrentes". En primer lugar, la propia actividad sindical del demandante cuyo carácter reivindicativo "se menciona precisamente en la carta de despido". En segundo lugar, hace notar que, aunque la empresa insiste en que tiene pruebas fehacientes de que el uso de su crédito sindical se realiza en beneficio propio, "no se llega a concretar ningún día en que ello haya tenido lugar".

"INJERENCIA DESPROPORCIONADA"

Además, sobre el seguimiento del detective, argumenta que, "si bien no ha supuesto una lesión del derecho a la intimidad del trabajador al no haberse producido en espacios reservados a tal fin, la indagación sí merece la consideración de acto de injerencia, puesto que resulta desproporcionada".

"No se acredita dato alguno del que quepa inferir la concurrencia de particulares circunstancias que hubieran podido llevar a la empresa a sospechar que estaba haciendo un uso abusivo del crédito horario en provecho propio (...) El control de la actividad del demandante se llevó a cabo fuera de su horario laboral y en periodos en los que no estaba sometido a disciplina profesional alguna, como ocurre en vacaciones, permisos y descansos", expone el juez.

20 febrero

Avisan de que la Junta de Andalucía podría dejar sin trabajo a 8.000 guardas de coto de caza

El Decreto-ley de simplificación administrativa acaba con las funciones de esta figura, creada por la propia Junta de Andalucía, que asegura por su parte que los guardas mantendrán su actividad


El Decreto-ley de simplificación administrativa publicado por la Junta de Andalucía el pasado 16 de febrero podría dejar sin trabajo a 8.000 guardas de coto de caza al dejar sin funciones a esta figura, creada por la propia Junta de Andalucía en 2003.

Así lo han transmitido representantes de la Asociación Andaluza de Guardas de Coto al presidente de la Federación Andaluza de Caza, José María Mancheño, en el transcurso de una reunión urgente celebrada en las instalaciones del organismo federado andaluz en Archidona para analizar una situación que generará un fuerte conflicto social en Andalucía, así como una grave situación de inseguridad en multitud de cotos andaluces.

La polémica surge a raíz de la creación, dentro del decreto de simplificación administrativa, de la figura del «guarda jurado de caza», que sustituye al guarda rural y deja sin funciones al guarda de coto de caza autonómico, una figura creada en 2003 por la propia Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía con funciones específicas y exclusivas para la vigilancia de la caza en los acotados andaluces.

Este apartado del decreto, elaborado por la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul sin consenso previo y sin contar con la Federación Andaluza de Caza, ni con la Asociación Andaluza de Guardas de Coto, supondrá acabar con 8.000 guardas de coto de caza que ejercen profesionalmente en las ocho provincias andaluzas.

No se descartan movilizaciones

«Los 8.000 andaluces que trabajamos como guardas de coto de caza no vamos a permitir que el Gobierno de Juanma Moreno acabe de un plumazo con una figura creada por la propia Junta de Andalucía y que realiza unas funciones que son vitales para la caza y para la conservación» explicaba esta mañana Adrián Hernández, presidente de la Asociación Andaluza de Guardas de Coto, quien no descarta movilizaciones contra esta decisión de la Junta y ha incidido en que «son 8.000 familias del medio rural andaluz que ven peligrar su futuro por un decreto que nos deja en una situación de absoluta indefensión».

Por su parte, la Federación Andaluza de Caza ha expresado su apoyo rotundo a los guardas de coto de caza y ha refrendado su apuesta por una solución que permita la convivencia de todas las figuras de vigilancia, respetando las funciones específicas de cada una y los rangos de autoridad asignados en cada caso.

Reacción de la Junta

De su lado, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul ha asegurado que los guardas de coto de caza seguirán ejerciendo su actividad ante la creación de la figura del guarda jurado de caza, contando con un plazo de diez años (hasta el 31 de diciembre de 2033) para acreditarse en esta nuevo puesto.

El Gobierno plantea que la Inspección de Trabajo tenga acceso al registro de jornada laboral de las empresas

El 'número dos' de Yolanda Díaz en el Ministerio de Trabajo justificó la necesidad de que la reducción no se establezca con carácter semanal sino anual por el hecho de que así se garantiza "flexibilidad" en las empresas y sectores


El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, explicó este lunes que la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales se llevará a cabo mediante "cómputo anual" y defendió que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tenga acceso a la herramienta de control de presencia de los empleados en las empresas para garantizar que se respetan los máximos legales.

Pérez Rey realizó estas declaraciones tras reunirse con representantes de CCOO, UGT, CEOE y Cepyme en la sede del Ministerio, donde manifestó que el Gobierno insistió en el encuentro en que la reducción de la jornada se llevará a cabo en los plazos previstos.

En concreto, el acuerdo PSOE-Sumar recoge que este año el tiempo máximo de trabajo será de 38,5 horas semanales para pasar a 37,5 en 2025. Para ello, el secretario de Estado recordó que es necesario reformar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.

El 'número dos' de Yolanda Díaz en el Ministerio de Trabajo justificó la necesidad de que la reducción no se establezca con carácter semanal sino anual por el hecho de que así se garantiza "flexibilidad" en las empresas y sectores. Al mismo tiempo, sostuvo que ya es una costumbre que los convenios colectivos recojan la jornada laboral con carácter anual.

"Pero claro, ese número de horas anuales tendrá que reducirse y ajustarse a ese promedio de 37 horas y media en cómputo semanal", aseveró Pérez Rey. Además, afirmó que "una de las cosas que tenemos que tratar con organizaciones sindicales y empresariales es, precisamente, cómo proceder a la implantación efectiva de esa reducción, que ya se hará de un golpe en el estatuto, pero que luego aplicaremos de manera progresiva".

REGISTRO HORARIO

Por otro lado, insistió en que no solo se debe reducir la jornada, sino reforzar la legislación en materia de obligatoriedad de controlar el tiempo de trabajo para luchar contra las horas extra no compensadas en las empresas.

Para ello, comentó que "tenemos que tender a digitalizar ese registro horario" y que no se pueda "manipular" por los empresarios ni "por ningún otro sujeto". "Y, además, tenemos que tender y esto también es una parte importante en la que queremos trabajar durante estas negociaciones, a que el registro sea accesible de manera remota para la Inspección de Trabajo", abundó.

19 febrero

Sentencia clave: las empresas deberán retribuir el permiso de 4 días que los trabajadores pueden pedir sin preaviso

Los trabajadores tienen derecho a ausentarse de sus empleos ante situaciones de fuerza mayor relacionadas con familiares directos o personas del entorno íntimo


En un fallo histórico que sienta precedente para el ámbito laboral en España, La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha establecido que el nuevo permiso laboral de cuatro días por razones de fuerza mayor debe ser obligatoriamente remunerado. La decisión responde a una demanda interpuesta por los sindicatos USO, CIG y CGT, apoyados posteriormente por otras organizaciones, contra la empresa Unisono, especializada en contact-center, que había reinterpretado la naturaleza retribuida de esta licencia, generando incertidumbre entre los trabajadores.

Este veredicto no solamente clarifica la interpretación de los derechos laborales bajo el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, sino que además reafirma el compromiso con la protección de las condiciones laborales. De acuerdo al mencionado artículo, los trabajadores tienen derecho a ausentarse de sus empleos, manteniendo su retribución, ante situaciones de fuerza mayor relacionadas con familiares directos o personas del entorno íntimo que requieran su presencia inmediata por enfermedad o accidente.

“La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor...”, es la parte del Estatuto que el fallo ha venido a reforzar, eliminando cualquier ambigüedad sobre la obligatoriedad de la compensación económica por estos días no laborados. Además, el tribunal subrayó “que el primer inciso del mismo reconoce un derecho a que la persona que se ausente del trabajo por las causas previstas mantenga su derecho a la retribución”, despejando así las dudas surgidas en torno a la implementación de esta medida.

La demanda de los sindicatos se origina a raíz de la posición adoptada inicialmente por Unisono acerca de la naturaleza no remunerada del permiso, posición que se ajustó tras una “revisión en profundidad” del precepto, alegando que el pago debería proceder solo si así lo estipulaba el convenio colectivo o un acuerdo con la empresa. Frente a la negativa de Unisono y otras empresas como Leroy Merlin o Iberia de remunerar el permiso, los sindicatos decidieron llevar el caso ante la justicia, buscando una aclaratoria que finalmente ha resultado favor para los trabajadores.

En su defensa, USO ha explicitado que muchos de sus delegados y afiliados enfrentaban la negativa de sus empleadores no solo a conceder, sino también a remunerar el permiso, situación que este fallo pretende rectificar. La decisión judicial no solo beneficia a los empleados de Unisono sino que extiende sus efectos a todos los sectores y empresas del país, garantizando así la retribución de los cuatro días de ausencia por motivos de fuerza mayor.

Los detalles de la sentencia

El tribunal también ha mencionado en su análisis la Directiva 2019/1158 sobre Conciliación de la Vida Familiar y Laboral y la Ley de Familias, destacando la intención del Gobierno de asegurar que dichos días de ausencia por fuerza mayor sean compensados económica. Este enfoque histórico y finalista confirma la voluntad de promover un ambiente laboral que facilite la conciliación familiar sin menoscabo de los intereses económicos de los trabajadores.

La reducción de jornada laboral en España está paralizando la firma de convenios colectivos, según fuentes del sector

Los convenios no se rompen, solo pueden encontrar retrasos mientras las diferentes partes concretan cómo van a aplicar la reducción de jornada


El Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, ha emprendido diferentes iniciativas desde que comenzase la nueva legislatura que busca mejorar las condiciones de los trabajadores y trabajadoras del país. Ya hemos hablado sobre el plan para recortar mínimamente las horas de la tradicional jornada laboral de 40 horas y su activa cruzada contra las horas extra.

También, hace unos días hablamos sobre los nuevos contratos laborales y nueva normativa sobre los contratos a personas que están en periodo de pruebas, que ahora están más limitados y también define la situación de personas que tienen más de un trabajo.

Pues en esta vorágine de ciertos cambios en los que la Ministra no ha logrado en muchas ocasiones el apoyo de la patronal que se ha opuesto a la reducción de la jornada aunque sean unas muy pocas horas menos al mes, se están viviendo efectos secundarios. Por un lado, la gente que tiene trabajos de tiempo parcial va a ganar más pero, por otro, la firma de los necesarios convenios colectivos están en 'stand-by'.

La razón por la que algunos convenios no avanzan

Concretamente, Xataka se hace eco de que la forma en la que encajar la reducción de jornada impuesta desde el gobierno parece ser uno de los problemas para firmar los convenios colectivos que se tienen que renovar a comienzos de 2024.

El periódico ABC ha hablado con diversas fuentes sobre la evolución de diversos convenios y hablan de que el plan de reducción de jornada se está presentando como "un lastre" en las negociaciones. Desde la patronal, sin especificar quién, han dicho a ABC a que en los convenios "muchos están pendientes de ver cuál es el precio por hora de trabajo".

Hay que tener en cuenta que, según la ley, este año la reducción tiene que llegar a 38,5 horas semanales frente a las 40 actuales. Por otro lado, el 45% de los convenios laborales en España contemplan ya, de antes, una jornada laboral por debajo de esas 40 horas semanales.

Además, hace unos días, CEOE, Cepyme, UGT y CCOO acordaban simplificar esa reducción, planteando que se hagan en términos anuales, en vez de fijar unas horas de trabajo máximas a la semana.

16 febrero

Se acota el periodo de pruebas tras dispararse los despidos un 80%: como máximo de uno y 6 meses

* Los ceses durante los primeros meses de relación laboral crecen un 80% tras la reforma laboral
* La generalidad de los puestos de trabajo continuarán con un máximo de dos meses y se impide que se pueda renegociar por convenio


Nunca antes se habían producido en España tantos despidos de trabajadores por no superar el periodo de prueba como los registrados en los dos últimos años tras la aprobación de la reforma laboral. Concretamente, mientras que en el conjunto de 2021 se contabilizaron un total de 26.397 ceses de contrato durante este periodo de adaptación, sólo dos años después desde que echó a andar la medida estrella del Ministerio de Trabajo en la anterior legislatura estos despidos se han incrementado en un 79,6%, hasta sumarse un total de 47.432 en el pasado ejercicio.

Aunque el Gobierno trató el cambio de tendencia aflorado con la nueva normativa como una consecuencia normal del fuerte incremento de contrataciones de carácter indefinido -que había propiciado esta tendencia por mero volumen de firmas- otros elementos disonantes como el desplome de la duración media de las relaciones laborales a mínimos de los últimos tres lustros han hecho saltar las alarmas.

Principalmente, porque ya son muchos los expertos laboralistas que observan ciertos usos indebidos de los periodos de prueba -sobre todo en los contratos indefinidos- como vía de sustitución para el contrato temporal ordinario, ahora con condiciones más restrictivas tras la reforma.

El gabinete dirigido por la vicepresidenta Yolanda Díaz trata ahora de poner pie en pared ante la evidencia de un exceso de ceses en el plazo de gracia. Aunque la medida aprobada hace escasos días no modifica los periodos ya establecidos en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, sí que se incluye en el decreto aprobado un precepto que impide cambios a través de la negociación colectiva entre empresarios y trabajadores.

Así, el Gobierno asume en la transposición de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea la limitación del periodo de prueba a un máximo de seis meses para técnicos y técnicas tituladas y de dos meses para el resto de personas trabajadoras. Además, en el caso de los contratos temporales y de duración determinada, si es concertado por un periodo igual o superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá ser de más de un mes. En los contratos de duración menor, el periodo de prueba se reducirá en la misma proporción. «Los convenios colectivos no podrán ampliar la duración de estos periodos de prueba», aclara el texto.

Repunte de los ceses

Es por esta circunstancia que, pese al desplome de la tasa de temporalidad, hasta el 14% en el sector privado -casi la mitad en dos años-, los analistas huyen del triunfalismo. Desde el 'think tank' de Fedea explican que si bien la reforma laboral ha impulsado al alza la conversión de trabajadores temporales en indefinidos, tanto en el fijo ordinario como en el fijo discontinuo, también ha elevado la «mortalidad» de los contratos indefinidos ordinarios, de forma que, aunque se hacen más contratos de esta modalidad, su duración es menor. En lo que concluye que la nueva ordenación ha empujado a más firmas de indefinidos, pero de una estabilidad cuestionable como el caso del fijo discontinuo.

El trabajador que no acepte la imposición de cambios en su jornada no podrá ser despedido

* La norma que aprobará el Gobierno elimina la unilateralidad del empleador
* El planteamiento supone una derogación explícita de la reforma laboral del PP
* Habrá tres nuevas infracciones laborales a las que se enfrentarán a las empresas


El anteproyecto de ley para la transposición de la normativa europea sobre condiciones de trabajo transparentes y previsibles promete una revolución en la capacidad del empresario para tomar decisiones unilaterales sobre aspectos fundamentales de las condiciones laborales del trabajador como el tipo de contrato o las horas de trabajo. Más allá de las nuevas obligaciones para la empresa y derechos para el trabajador que conllevará la nueva ley, lo poco que se conoce del texto hasta el momento muestra un recorte sustancial a la capacidad de las empresas para decidir de manera unilateral cambios drásticos en las condiciones de trabajo e impide, además, despedir a quien los rechace. Sin embargo, persisten muchas dudas acerca de cómo Díaz pretende materializar este planteamiento.

La medida choca frontalmente con la actual redacción del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que actualmente, en su punto primero, indica que "la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción". Es decir, aquellas causas relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo, que justifican variar cuestiones tales como la jornada de trabajo o el horario y la distribución del tiempo de trabajo, entre otras, aunque estas se reflejen en el contrato de trabajo o haya surgido de acuerdos o pactos colectivos.

Según esta legislación, introducida por el PP en 2012, si el trabajador "resultase perjudicado" por las nuevas condiciones acordadas de manera unilateral por el empresario, puede "rescindir" su contrato y percibir una indemnización de 20 días por año trabajado, equivalente a lo que se recibe en un caso de despido objetivo. Pero no es un despido, sino una dimisión.

Aunque en este caso cabe hablar más bien de una renuncia forzada, ya que la mismas causas que amparan la modificación sustancial de condiciones laborales justificarían el despido con la misma indemnización. Así que al trabajador no le quedan muchas alternativas en esta situación, más allá de recurrir a la vía legal para denunciar ante un juez el cambio en sus condiciones de trabajo. En este sentido, persisten muchas dudas sobre a qué se refiere la nueva "prohibición de despedir" por esta causa. ¿Es un cambio que se limita a los cambios en la jornada y tiempo de trabajo o o afecta a la propia causalidad del despido?. En este último supuesto, no solo tocaría el artículo 41 del Estatuto, sino el 49.

Se cumpliría así con una de las bases del acuerdo de investidura entre PSOE y Sumar. El texto firmado por Pedro Sánchez y Yolanda Díaz prometía "reforzar las garantías de las personas trabajadoras" ante la modificación sustancial de las condiciones laborales y "reforzar la causalidad" del despido. Sin embargo, la vicepresidenta segunda no mencionó este compromiso en la presentación del anteproyecto de Ley, pese a que en todo caso supondría un duro golpe para uno de los pilares de la reforma laboral del PP de 2012 que no pudo tocar en la suya.

Acabar con la unilateralidad

A preguntas de este medio desde el Ministerio no han aclarado si la aprobación de la nueva normativa derogaría explícitamente o reescribiría al menos la modificación sustancial de condiciones de trabajo que introdujo el PP en su reforma laboral y que, además de la jornada y el horario, afecta al salario, al sistema de trabajo y rendimiento y a las funciones del trabajador.

14 febrero

¿El fin de Bizum? La UE obliga a que todas las transferencias sean gratuitas e instantáneas

Una vez publicada la resolución, los países tendrán hasta 12 meses para aplicar los cambios necesarios


Desde su llegada, Bizum revolucionó por completo el envío de dinero en España, ya que pasamos de que la única manera de pagar a otra persona era mediante transferencia o la otra opción era sacar dinero y entregárselo en efectivo. Pero con la llegada de este servicio, todo cambió, ya que por fin nos permitía enviar y recibir dinero instantáneamente y sin ningún tipo de comisión.

A partir de aquí, ya sea a la hora de pagar por las cervezas que te acabas de tomar con una amigo, dividir la cuenta cuando sales a cenar o para darle la paga a tu hijo, Bizum ha cambiado por completo el panorama y literalmente supone un antes y un después en el sector bancario.

No hay dudas de que este sistema es todo un éxito, y por esa razón la Unión Europea (UE) acaba de aprobar una nueva ley en la que se obligará a los bancos a que las transferencias bancarias sigan los mismos principios que los envíos de Bizum.

Tal y como recoge la normativa recién aprobada, en cuanto entre en vigor todas las transferencias bancarias estarán obligadas a realizarse en un máximo de 10 segundos y sin ningún tipo de comisión asociada, lo que equivaldría al servicio que ofrece Bizum.

Esta nueva ley comenzará a surtir efecto 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE, donde se establece que los proveedores de servicios de pago que estén localizados en la zona euro tienen nueve meses para ajustar sus sistemas para que estos sean aptos para recibir pagos instantáneos. A su vez, tendrán hasta 18 meses desde que se apruebe la medida para actualizar los servicios para que sean capaces de realizarlos.

Hasta ahora, las transferencias bancarias ofrecían tres modalidades de envío, siendo la Estándar la única gratuita en la mayoría de casos y que llegaba en 24/48 horas, aunque también existe la opción de envío Inmediato que se enviaba en menos de un minuto por una comisión que variaba entre los 6 y los 30 euros o la Entrega urgente a través de Bancos Centrales que te llegaban a cobrar un mínimo de 13 euros.

Al parecer, esta normativa se aplicará a todos los paises de la UE, incluidos aquellos que ni si quiera utilizan el euro, y como medida adicional se tendrá que incluir un sistema de verificación de la identidad para evitar cualquier tipo de fraude, similar al que ya utiliza Bizum como la lectura de la huella dactilar para confirmar el pago.


Arrancan las negociaciones para actualizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El Ministerio de Trabajo arranca las negociaciones para actualizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales con patronal y sindicatos.


El Ministerio de Trabajo ha comenzado esta semana con las negociaciones para actualizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La primera Mesa de Diálogo Social, con los sindicatos y la patronal, tuvo lugar este lunes, y en ella se han establecido las bases para realizar esta mejora, así como un calendario de trabajo que se dividirá en tres bloques diferentes. 

Tal como explicó el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, la actual normativa en materia de prevención de riesgos laborales requiere una adecuación a las nuevas formas de trabajo, que se hará con especial atención a los siguientes puntos: la prevención de nuevos riesgos asociados al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), los riesgos psicosociales o la exposición a determinadas sustancias químicas perjudiciales para la salud.

Del mismo modo, quieren establecer la obligatoriedad de incorporar la perspectiva de género en el plan de prevención, identificación y evaluación de riesgos y la vigilancia de la salud y también a los contenidos formativos. Otras cuestiones que quieren integrar es la edad y la diversidad generacional en la gestión preventiva, y reforzar la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos psicosociales. En último lugar, la mesa también quiere avanzar en la mayor integración de la prevención de riesgos laborales en las pymes. 

Para ello, se ha establecido un calendario de trabajo, tal como explicaron CCOO y UGT, dividido en tres bloques: el primero abordará los riesgos psicosociales y todos los temas derivados de problemas de salud mental; el segundo, tratará la perspectiva de género; y el tercero, se dedicará a la organización y preventiva de los riesgos laborales en la empresa, centrado especialmente en las pymes. 

Los sindicatos piden abordar la “excesiva” externalización de la prevención

Según la secretaria de salud laboral de UGT, Ana García de la Torre, se habla “mucho” de cómo mejorar la prevención de riesgos laborales, pero también es necesario abordar la “excesiva” externalización de la prevención de riesgos laborales existente en España y buscar internalizar “en lo posible” esta prevención en las empresas para “mejorar y revertir las cifras de siniestralidad laboral”, en declaraciones recogidas por Europa Press.

Asimismo, desde este sindicato también adelantaron que otros temas que se van a tratar en estas negociaciones, distintos a los anteriores, es la introducción de los riesgos que suponen la transición digital, la inteligencia artificial, la robótica así como todo lo relativo al impacto del cambio climático y el reto demográfico.

Helena Revoredo, el brazo fuerte de Prosegur: Con deudas y denunciada por vulnerar derechos humanos en Latinoamérica

La compañía de seguridad fundada por el fallecido Herberto Gut está presidida por su viuda Helena Revoredo, quien quiere controlar el 75 por ciento de la empresa que va camino de cumplir medio siglo de vida, tras dejar atrás muchas polémicas mayúsculas. 


La compañía española tiene una deuda superior a 1.200 millones de euros y ha sufrido un gravísimo deterioro de 80 millones de euros como accionista de Telefónica. Además, Revoredo acumula denuncias por vulnerar derechos humanos en Latinoamérica.

Prosegur camina hacia su medio siglo de vida con 4.000 millones de euros de facturación, 150.000 trabajadores y presencia en una treintena de países. Pese a lo cual, la deuda de 1.200 millones de euros que arrastra inquieta a algunos analistas bursátiles, que tampoco olvidan que su participación en Telefónica, tras su acuerdo para poner en marcha Movistar Prosegur, ha sufrido una depreciación de 80 millones de euros en apenas 4 años. 

Esta empresa de servicios globales de seguridad, tercera privada a nivel global y primerísima en España, fue fundada en 1976 por el rosarino Heriberto Gut, que dejó su Argentina natal junto a su mujer, Helena Revoredo, con el fin de explorar posibilidades de negocio en España. 

Gut, enviado por la familia Juncadella, creyó en el proyecto y alumbró Prosegur en 1976, que saltó a Bolsa en 1987 y acabó controlando a partir de 1995 tras hacerse con el paquete de sus antiguos jefes y entonces socios. 

En 1997 un accidente de tráfico en la madrileña localidad de Buitrago de Lozoya acabó con su vida, dejando viuda a Revoredo y huérfanos a sus 4 hijos.

Helena Revoredo, banquera, televisiva y cazadora

Revoredo, que preside Prosegur, fue consejera de Telecinco y ejerce el mismo cargo en Movistar Plus tras haber dejado atrás el mundo de la banca, donde ejerció como consejera del extinto Banco Popular en el que su marido era accionista (a la vez que invertía en Antena 3 en los tiempos de Antonio Asensio). 

Su segundo hijo, Cristian, dirige la compañía de servicios de seguridad que tanta caja hace "gracias a la histeria colectiva provocada por la alarma social que causan los magazines matinales que hablan de la okupación", reconocen fuentes televisivas, que subrayan que Prosegur es uno de los principales anunciantes de este tipo de programas. 

La milmillonaria Revoredo, a sus 77 años, ha lanzado una OPA amistosa para pasar de controlar el 60% de Prosegur a alcanzar el 75% de la compañía mientras no descuida sus aficiones, una de ellas la caza en los alrededores del castillo conquense del siglo XIII que se compró en Torrefuerte, perteneciente al término municipal de Salvacañete. 

Más de la mitad de las bajas laborales le salen gratis a la empresa y a la Seguridad Social

La escasa duración de las incapacidades laborales transitorias, que no alcanza los tres días en la mayoría de los casos, hace que apenas el 40% de ellas entren en la cobertura social ni activen los protocolos de compensación salarial.


Ni el trabajador cobra un euro en más de la mitad de las bajas laborales ni se lo cuesta a la empresa ni a la Seguridad Social: la corta duración de estas hace que un 61,2% de las iniciadas cada mes y un 57,1% de las finalizadas cada mes tengan un coste cero para los empleadores y para el sistema de previsión.

La realidad de estos datos contrasta con los alegatos sobre el absentismo que periódicamente aparecen en la opinión publicada y en las emisiones de algunos sectores de empresariado y la política. "El absentismo se ha disparado", señalaba hace unas semanas el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, mientras su homólogo de Cepyme, Gerardo Cuerva, lleva tiempo abogando por aplicar ese concepto en el cálculo de los salarios.

Tampoco es que se trate de algo nuevo, ya que numerosos convenios de sector, entre ellos muchos del comercio y la industria, contemplan el pago de pluses para los trabajadores que, en determinados periodos de tiempo, normalmente el mes o el trimestre, no hayan faltado ningún día al trabajo.

En este sentido, propuestas como la lanzada hace unas semanas por el Ministerio de Sanidad para permitir que los trabajadores puedan cogerse bajas de hasta tres días sin supervisión médica, rechazada ante la oposición de los gobiernos autonómicos, tienen, además de la lectura en clave de desatasco de la atención primaria sanitaria, otra de carácter laboral.

"Es una medida que desde la perspectiva del empleo abre la puerta a la autorregulación de la jornada laboral", plantea el sociólogo y profesor de la Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo de la Universidad de Zaragoza David Moral Martín, ya que la ausencia conlleva un recorte proporcional del salario.

¿Cuál es la diferencia fundamental entre una baja de menos o de más de tres días? La primera de ellas carece de remuneración, ya que durante ese periodo inicial el trabajador no cobra salario, ni él ni la empresa cotizan a la Seguridad Social y tampoco esta desembolsa ninguna prestación ni subsidio.

13 febrero

Un vigilante de seguridad pierde parte de una oreja al intentar evitar un robo en Logroño

El ladrón, aunque fue detenido, quedó libre poco después y protagonizó un episodio similar en el mismo lugar. 


Un vigilante de seguridad privada ha perdido parte de una oreja al recibir un mordisco cuando trataba de impedir un robo en una tienda de un centro comercial de Logroño, ha explicado este lunes UGT de La Rioja en una nota.

Los hechos ocurrieron el pasado viernes, 9 de febrero, cuando un vigilante de seguridad detectó que un hombre de mediana edad intentaba sustraer varias prendas de una tienda de ropa, que trató de pagar con una tarjeta que no era válida; aunque se percató de que llevaba también ropa de otros establecimientos, por lo que decidió avisar a la Policía.

En ese momento, según UGT, el hombre trató de huir y se produjo un forcejeo, en el que mordió y arrancó parte de la oreja al vigilante de seguridad, aunque este logró reducirle y ponerlo a disposición de la Policía.

UGT ha asegurado que este hombre no quedó detenido y dos horas más tarde habría protagonizado un episodio similar en el supermercado del mismo centro comercial.

Ha indicado que los vigilantes de seguridad se encuentran en una situación de total falta de protección jurídica ante las agresiones que sufren en su trabajo.

Por su parte, CCOO, en otro comunicado para rechazar este suceso, se ha referido a la falta de protección que tienen los profesionales del sector de seguridad en centros públicos, comerciales y hospitalarios, "donde a menudo sufren agresiones y, en muchas ocasiones, carecen del material necesario como chalecos y guantes antipinchazos".

Ha reclamado que se aborde asignar a los profesionales de la seguridad privada protección jurídica y la consideración de agente de la autoridad en el desempeño de su trabajo, lo que evitaría muchas agresiones