31 agosto

El INSS reconoce como enfermedad profesional la lesión de un vigilante por cargar sacas de dinero

El INSS ha determinado que los cinco meses de baja laboral del trabajador vizcaíno están vinculados al sobreesfuerzo y manipulación de las cargas en una resolución "absolutamente pionera" según CC.OO.


La Seguridad Social ha reconocido como enfermedad profesional las lesiones de hombro sufridas por un vigilante de seguridad de Bizkaia a causa del transporte de sacas de dinero en efectivo, en una resolución que CC.OO. ha considerado en un comunicado este lunes "absolutamente pionera" en el sector de la seguridad privada.

Así, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha determinado que los cinco meses de baja del trabajador se corresponden con una contingencia profesional, según ha informado el sindicato.

Manipulación manual de cargas

El vigilante, empleado de Prosegur Servicios de Efectivo España SA, dedicada a la recogida y el transporte de dinero en furgón blindado y protección de efectivo, presentaba una rotura del tendón supraespinoso, bursitis subacromiosubdeltoidea y tendinopatía.

En la solicitud tramitada por CC.OO., el sindicato vinculó esas dolencias con la manipulación manual de cargas y los sobreesfuerzos derivados del traslado de las sacas, una tarea constante a lo largo de la jornada.

"La forma habitual de trasladar el efectivo es en una saca con varios cajetines, superando normalmente la carga total los diez kilogramos", señala el documento.

Los TME como enfermedad común

En su argumentación, el sindicato recordó al INSS que este tipo de patologías de hombro ya figuran como enfermedad profesional en el Real Decreto 1299/2006 que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales, para actividades que tensen los tendones de la bolsa subacromial - un pequeño saco con líquido situado en el hombro -, especialmente al levantar o alcanzar cargas.

Por su parte, el responsable de salud laboral de CC.OO. de Euskadi, Alfonso Ríos, ha subrayado que "las enfermedades profesionales y el deterioro de la salud por exposición a unas condiciones laborales determinadas, del tipo que sean, están por todas partes en los puestos de trabajo".

Ya es oficial: los trabajadores que sufran incapacidad permanente tendrán que adaptarse a este cambio de la Seguridad Social

Las personas que reciban comunicaciones relacionadas con la incapacidad permanente tendrán que consultar la Sede Electrónica


Desde el 1 de septiembre, miles de trabajadores y pensionistas en España tendrán que adaptarse a un importante cambio en la forma de recibir las comunicaciones de la Seguridad Social. A partir del 1 de septiembre, el organismo pondrá en marcha un nuevo sistema de notificaciones electrónicas que sustituirá al correo postal. La medida afectará especialmente a las personas que reciben comunicaciones relacionadas con una incapacidad permanente, que deberán estar atentas a este nuevo canal.

A partir de ahora, las personas que soliciten o perciban determinadas prestaciones estarán obligadas a recibir por vía electrónica las comunicaciones y notificaciones de la Administración. Esto afecta a los beneficiarios de este tipo de prestaciones:

* Incapacidad Temporal (IT): Trabajadores que estén de baja médica.

* Incapacidad Permanente

* Nacimiento y cuidado de menor: Prestaciones de maternidad y paternidad.

* Riesgos laborales

El cambio está recogido en la Orden ISM/541/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Las notificaciones estarán en la SEDESS

Las comunicaciones se pondrán a disposición del interesado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). Allí aparecerán las resoluciones, requerimientos u otras actuaciones relacionadas con el expediente.

La Seguridad Social enviará además un aviso informativo al teléfono o correo electrónico que haya facilitado el ciudadano. Sin embargo, la ausencia de este aviso no invalida la notificación electrónica. Por eso, quienes estén pendientes de una resolución o revisión de su incapacidad deberán prestar especial atención a su buzón electrónico.

Hay diez días para abrir la notificación

Una vez que la comunicación queda disponible en la SEDESS, el destinatario dispone de 10 días naturales para acceder a ella. Si transcurre ese periodo sin abrirla, la notificación se considera rechazada y produce sus correspondientes efectos legales.

La norma contempla vías de asistencia. Las personas que tengan dificultades para utilizar los medios electrónicos podrán acudir a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde se podrá facilitar ayuda para acceder a la SEDESS mediante un funcionario.

28 agosto

Se busca candidato a vigilante de seguridad: "Hay tanta demanda que las empresas pagan 'packs' de bienvenida de 1.000 euros"

Los bajos salarios, las jornadas maratonianas y la peligrosidad alejan a los jóvenes de un sector en auge.


La primera vez que alguien le aconsejó dedicarse a la seguridad privada, la reacción de Roberto Martínez no fue demasiado entusiasta. "Al principio no me gustaba, no tiene buena imagen, no es un trabajo que de primera llame la atención", admite este madrileño de 38 años, que lleva cuatro trabajando en el sector.

Antes de enfundarse por primera vez el uniforme marrón y ajustar la porra negra en el cinturón, Martínez había tenido una vida laboral, en sus propias palabras, "inestable". Diplomado universitario, como tantos otros de su generación emigró al Reino Unido al estallar la crisis de 2008. A su vuelta fue de trabajo en trabajo sin conseguir afianzarse en ningún sector. El último, en el aeropuerto.

"Al principio no me gustaba, no tiene buena imagen, no es un trabajo que de primera llame la atención"

"Imagínate con la pandemia lo que pasó con ese trabajo", recuerda Martínez, mientras prepara la mochila antes de salir hacia su trabajo como vigilante de seguridad en una farmacéutica. "Vi que era un curso que cuesta relativamente poco sacarse y luego, si sabes inglés, te van a llevar siempre a empresas multinacionales, en control de accesos y servicios de este tipo. En Madrid hay mucha demanda de eso".

El sector de la seguridad privada en España lleva encadenando crecimientos anuales desde 2015, siguiendo con un año de retraso la recuperación económica general de la economía nacional. Este sólido crecimiento de un sector que ya tiene más efectivos -cerca de 90.000- que cualquiera de los cuerpos de seguridad del Estado está conllevando un aumento de la demanda de trabajadores. Una mano de obra que, sin embargo, las empresas del sector están teniendo dificultades para encontrar.

Los bajos salarios base, que requieren jornadas maratonianas de horas extras para alcanzar sueldos competitivos, la peligrosidad inherente a la actividad y el estigma social que arrastra la profesión de guardia de seguridad están haciendo que muy pocos jóvenes opten por un sector que se rifa a los trabajadores disponibles.

"Intento evitar decir que soy guardia de seguridad, digo que trabajo en el mundo de la seguridad para una empresa tecnológica, o lo que sea, pero no me gusta decirlo", admite Martínez. "El sueldo no es muy bueno, pero haciendo buenas horas extra y con pluses, se te puede poner en una cifra que no llega a los 2.000, pero bueno, se puede acercar".

—¿Has conseguido alcanzar tu ansiada estabilidad?

—"No es un trabajo especialmente retador, pero a nivel de estabilidad y tranquilidad, pues sí, estoy contento". 

La Policía Nacional detiene a un hombre por arrojar aguafuerte a un vigilante de seguridad de la estación de autobuses de Granada con el objetivo de dejarle ciego

* El agresor es un hombre sin hogar de 55 años con una veintena de antecedentes por altercados previos

* A pesar de la gravedad del ataque y de su confesión, el detenido ha sido puesto en libertad provisional


La Policía Nacional ha detenido en Granada a un hombre por arrojar aguafuerte a un vigilante de seguridad de la estación de autobuses de Granada capital sobre quien roció el líquido mezclado con un refresco "con la intención de dejarlo ciego", según confesó después.

El cuerpo de seguridad confirma así la noticia adelantada este miércoles por el diario 'Ideal' que apunta que el atacante es un hombre de 55 años en situación de sinhogarismo que cuenta con una veintena de antecedentes y que ya había protagonizado altercados previos en la estación.

El rotativo señala que los hechos habrían ocurrido el 23 de agosto sobre las 19.45 horas y que el vigilante llamó la atención del hombre por causar altercados en el entorno del mencionado recinto.

El supuesto agresor fue a una tienda donde compró aguafuerte para ponerla en una botella de plástico con refresco para ocultar su contenido y se dirigió al vigilante con la intención de "arrojárselo a la cara y dejarlo ciego", tal y como dijo después a los agentes, en declaraciones recogidas por Europa Press.

El perjudicado presentaba daños en la córnea y quemaduras en la cara, cuello, espalda y piernas. El acero de la pulsera que llevaba se derritió en parte y el aguafuerte perforó el chaleco que llevaba. También vertió el líquido contra otro vigilante a quien no lesionó, pero ocasionó daños en el chaleco que llevaba.

La Policía Nacional puso al detenido a disposición judicial este pasado martes y, según confirman fuentes del cuerpo a Europa Press, ha quedado en libertad provisional.


25 agosto

El agujero negro de las horas extra: más de 3.300 millones al año sin pagar y el equivalente a 68.000 empleos a jornada completa

De media, cada trabajador afectado realiza 5,8 horas extraordinarias no pagadas a la semana, lo que equivale a 7.696 euros anuales en salarios y cotizaciones. Según CCOO, el 5% de los trabajadores por cuenta ajena hace horas extra todas las semanas y, de ellas, un 40% no se pagan ni cotizan.


Comisiones Obreras (CCOO) calcula que cada semana se realizan en España 2,54 millones de horas extraordinarias que no se pagan ni compensan con descanso, lo que equivale a un coste de unos 3.378 millones de euros al año entre salarios, cotizaciones sociales e impuestos que se dejan de abonar.

Según ha explicado el sindicato en un comunicado, el informe, elaborado a partir de los datos de la EPA, revela que cada semana 436.000 trabajadores realizan 2,54 millones de horas extra no pagadas, lo que equivale a 68.000 empleos a jornada completa.

De media, cada trabajador afectado realiza 5,8 horas extraordinarias no pagadas a la semana, lo que equivale a 7.696 euros anuales en salarios y cotizaciones. Según CCOO, el 5% de los trabajadores por cuenta ajena hace horas extra todas las semanas y, de ellas, un 40% no se pagan ni cotizan.

El mayor volumen de horas extra no pagadas se da en educación, industria manufacturera, actividad profesionales científicas y técnicas y hostelería, aunque los sectores con un mayor porcentaje de trabajadores que has hacen son actividades financieras y de seguros y educación.

"Esas horas de trabajo no son pagadas, pero los empleadores se apropian íntegramente del valor añadido obtenido de ellas, incrementando sus beneficios a costa del trabajo no remunerado de la población asalariada. Además, causan un grave perjuicio tanto a la población asalariada como al conjunto de la sociedad a través de unos menores ingresos públicos (cotizaciones, IRPF e impuestos al consumo vinculados a los salarios no pagados)", explican en el informe.

Los sectores donde un porcentaje mayor de sus trabajadores realiza horas extra no pagadas son: finanzas y seguros, educación, actividades de edición y producción de contenidos, actividades profesionales, científicos y técnicos, energía, telecomunicaciones y actividades inmobiliarias.


A partir de 2027 cambiará el método de cálculo de la pensión de jubilación: Tabla con las cuantías en función de la nómina

* A partir de 2027 cambiará el método de cálculo de la pensión de jubilación: Tabla con las cuantías en función de la nómina

* Para tener derecho al 100% de la base reguladora será necesario un mínimo de 37 años cotizados.


La Seguridad Social cambiará en 2027 el método de calcular la pensión de jubilación en España, siendo necesarios un mínimo de 37 años para seguir teniendo derecho al 100% de la base reguladora. Con este cambio, el gobierno dará por finalizada la primera reforma de la pensiones bajo la Ley 27/2011, aunque seguirán en marcha otras aprobadas con posterioridad bajo el mandato de Pedro Sánchez, como es el Real Decreto 2/2023.

Hasta ahora, para tener derecho al 100% de la base reguladora, la Seguridad Social pedía tener un mínimo de 36 años y seis meses cotizados, lo que se conocía como pensión completa (y que no hay que confundir con la pensión máxima). En 2027 este volverá a cambiar, siendo necesario un mínimo de 37 años cotizados para tener derecho a esa misma base, pero teniendo en cuenta que este será el único cambio previsto en la Ley 27/2011 (consultable en este BOE).

La base reguladora es la cantidad máxima de pensión a la que un trabajador tendría derecho en función de sus años cotizados. La base reguladora se puede calcular de dos formas diferentes (tal y como recoge el RD 2/2023). Por un lado, dividir entre 350 la suma de las bases de cotización de los últimos 25 años (los 300 meses anteriores al mes previo al hecho causante), que es como hasta ahora se estaba haciendo.

Por otro lado, sumar las 304 bases de mayor importe dentro de los 308 meses anteriores y dividirlo entre 354,67. Aun así, la Seguridad Social siempre aplicará la que sea más beneficiosa para el trabajador.

En el cálculo, la Seguridad Social tendrá en cuenta también las conocidas como “lagunas de cotización”, que son aquellos periodos en los que no se cotizo, pero que la Seguridad Social los tiene en cuenta para que la cuantía final no se vea perjudicada.


Sabiendo la base reguladora, la Seguridad Social aplicará un porcentaje en función de los años cotizados, partiendo de una base que son 15 años y por el que se tiene derecho al 50% de dicha base. A partir de aquí la fórmula cambia:

* Por cada uno de los 248 meses siguientes suma un 0,19% adicional.

* Los siguientes 16 meses restantes hasta llegar a los 37 años se añadirá un 0,18% extra.

De esta forma, para tener derecho a ese 100% es necesario 37 años. En 2026 era diferente, pues por cada mes adicional de los siguientes 49 meses, se sumaba un 0,21% y luego por los 209 restantes un 0,19%.


Pensión me queda en función de mi nómina

Aunque la nómina bruta no es lo mismo que la base de cotización, si se puede usar para establece una base reguladora orientativa, teniendo en cuenta que en la Sede Electrónica de la Seguridad Social se puede consultar el informe de las bases de cotización (disponible en este enlace). En esta tabla se puede consultar cuál sería la pensión de jubilación en función de los años cotizados a partir de 2027 (se puede mover lateralmente).