La subrogación laboral es un cambio del empleador que tiene contratado al trabajador. Es decir, que el empleador traspasa el cumplimiento de las condiciones del contrato que mantiene con el empleado a un tercero. El trabajador pasa entonces a depender de otro empresario o empresa.
¿Cuándo se produce la subrogación laboral?
La subrogación laboral se produce en dos situaciones:
Una de las causas que ocasiona la subrogación laboral es el cambio de titularidad de la empresa. Cuando una empresa subroga a otra, se configura una sucesión empresarial. A este respecto, el artículo 44.1 del Estatuto:
1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.
Por otro lado, la subrogación laboral puede surgir por la negociación colectiva. En este supuesto, es el convenio colectivo el que así lo determina. En la práctica, es una situación frecuente en empresas de seguridad o de limpieza, que cambian de empleadores.
Según jurisprudencia reciente, la subrogación laboral por convenio colectivo se regirá por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Claramente, la ley protege a los trabajadores frente a los cambios de empleador. Sea como fuere el mecanismo de la subrogación laboral, el nuevo empleador, sea individual o empresa, tiene que respetar las condiciones y los derechos laborales de los trabajadores contratados por la empresa anterior.
¿Qué obligaciones tiene la nueva empresa que asume a los trabajadores de la empresa anterior?
En realidad, la nueva empresa debe cumplir una serie de formalidades en su rol de subrogante laboral.
Conjuntamente con la empresa subrogada, la nueva empresa comunicará por escrito a todos sus empleados que es la empresa subrogante. En el comunicado se explicita:
* La fecha prevista para la subrogación laboral.
* Los motivos que la ocasionan.
* Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales de la transmisión para el trabajador.
* Medidas previstas que afecten a los trabajadores.





