23 julio

La UE prepara una nueva Ley de Empleo de calidad: nuevas reglas para el teletrabajo y más control sobre la IA

La Comisión Europea abre una consulta con sindicatos y patronales antes de presentar la propuesta legislativa, prevista para finales de año.


La Comisión Europea ha puesto en marcha este lunes una nueva fase de consultas con sindicatos y organizaciones empresariales para avanzar en la futura Ley de Empleo de Calidad. En concreto, la norma incluirá medidas para regular el uso de la inteligencia artificial en el trabajo, reforzar la protección en las cadenas de subcontratación y adaptar la legislación laboral al teletrabajo y a otros nuevos riesgos.

Bruselas prevé presentar la propuesta antes de que termine el año y, además de abordar los cambios tecnológicos, el Ejecutivo comunitario quiere actualizar las reglas sobre salud y seguridad laboral, mejorar la formación de los trabajadores y endurecer las inspecciones y las sanciones contra las empresas que incumplan la normativa.

La primera fase de consultas se celebró entre diciembre de 2025 y enero de 2026 y reunió las aportaciones de 34 organizaciones europeas, entre ellas 12 sindicatos y 22 organizaciones empresariales.

La consulta permanecerá abierta hasta el 28 de septiembre. Una vez finalizado ese plazo, sindicatos y patronales podrán decidir si abren una negociación conjunta para intentar alcanzar un acuerdo antes de que la Comisión presente el texto legislativo.

Más control sobre el uso de la inteligencia artificial

Entre las medidas que estudia Bruselas figura la creación de normas para garantizar que las decisiones automatizadas mediante inteligencia artificial sean transparentes y cuenten con supervisión humana.

En este sentido, la Comisión también pretende evitar que estas herramientas den lugar a una vigilancia excesiva de los trabajadores. La futura ley buscará establecer garantías para que la tecnología no sustituya sin control la intervención de las personas en decisiones laborales.

Nuevas reglas para el teletrabajo y los riesgos psicosociales

La iniciativa también plantea actualizar la normativa sobre salud y seguridad en el trabajo. En concreto, Bruselas quiere adaptarla a nuevas formas de empleo, como el teletrabajo, y a riesgos psicosociales como el acoso sexual.

Además, la Comisión propone reforzar la transparencia y la responsabilidad de las empresas en las cadenas de subcontratación. El objetivo es prevenir situaciones de explotación laboral y mejorar la protección de los empleados cuando intervienen varias compañías en la prestación de un servicio.

¿Está obligado un trabajador a continuar trabajando aunque la empresa no le pague?

Pese a que el marco legal establece la obligación de seguir trabajando cuando no cobres, también existe un límite que debe ser respetado de retrasos en la nómina


El salario continúa siendo una de las principales preocupaciones para millones de trabajadores en España. Aunque contar con un empleo ofrece estabilidad económica y personal, una parte importante de los empleados considera que la nómina que recibe no refleja el esfuerzo realizado. Según el Estudio sobre Bienestar y Salud Laboral en España 2026 elaborado por Edenred y Savia, un 75,6% de los trabajadores españoles asegura estar insatisfecho con su sueldo durante este año, una cifra que marca un máximo histórico y que supone un fuerte aumento frente al 50,3 % registrado en 2025.

La realidad económica ha llevado a muchos empleados a aceptar condiciones salariales con las que no están completamente conformes a cambio de otros beneficios que mejoran su día a día laboral. De hecho, el 52,7% de los encuestados reconoce que mantiene un salario que no considera adecuado gracias a las llamadas retribuciones no económicas. Entre ellas se encuentran elementos como el teletrabajo, la flexibilidad horaria o un buen ambiente laboral, factores que pueden compensar parcialmente una nómina que muchos consideran insuficiente.

Sin embargo, mientras el debate sobre los salarios continúa abierto, existen situaciones en las que incluso los derechos básicos vinculados a la remuneración del trabajo no se cumplen. El retraso o impago de las nóminas coloca a muchos empleados ante una difícil decisión. Es decir, siembra la duda sobre si seguir acudiendo a su puesto pese a no haber recibido su sueldo o dejar de trabajar como respuesta al incumplimiento empresarial.

De hecho, la Inspección de Trabajo, que actuó en 2025 con alrededor de 1,2 millones de actuaciones, permitió recuperar más de 51 millones de euros correspondientes a salarios que no habían sido abonados puntualmente. Pero ante esta situación surge una pregunta clave: ¿está obligado un trabajador a continuar trabajando aunque la empresa no le pague?

¿Cuál es tu obligación si no te abonan la nómina a tiempo?

La respuesta que establece el marco laboral español es que, mientras el contrato siga vigente, el trabajador debe continuar cumpliendo sus obligaciones profesionales. El Estatuto de los Trabajadores regula esta relación entre empresa y empleado y establece en su artículo 29 la obligación empresarial de abonar el salario de forma puntual y en el lugar y fecha acordados. El incumplimiento de esta obligación supone una infracción por parte de la empresa, pero no permite al trabajador abandonar automáticamente su puesto. Si deja de acudir sin una resolución legal que respalde su decisión, podría enfrentarse a consecuencias disciplinarias, incluso a un despido por ausencias injustificadas.

Esto sucede si no se abonan tres mensualidades seguidas

La vía prevista por la legislación para estos casos pasa por reclamar judicialmente la extinción del contrato cuando el incumplimiento empresarial alcanza la gravedad suficiente. Esta posibilidad está recogida en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que permite al empleado solicitar la finalización de la relación laboral por incumplimientos graves del empresario. Si un juez acepta la petición, el trabajador tendría derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente. Entre los supuestos que pueden justificar esta solicitud se encuentran los impagos de al menos tres mensualidades o los retrasos continuados en el pago del salario durante un periodo relevante, aunque cada caso debe analizarse de forma individual.

¿Deben indemnizarte si superan los límites legales?

Además de solicitar la extinción del contrato, el trabajador puede reclamar las cantidades pendientes mediante la vía laboral correspondiente. Para ello, puede presentar una papeleta de conciliación como paso previo a una demanda ante los juzgados de lo Social, con un plazo general de un año para reclamar salarios atrasados desde el momento en que debieron abonarse. También puede solicitar un interés de mora salarial del 10% sobre las cantidades adeudadas. En paralelo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede investigar los incumplimientos y sancionar a las empresas infractoras con multas que, según la gravedad de la infracción, pueden situarse por encima de los 7.501 euros llegando a cifras mucho más elevadas en los casos más extremos.


20 julio

Los vigilantes de seguridad exigen soluciones ante el aumento de las agresiones: “Pediremos responsabilidad penal”

“No podemos normalizar que se nos agreda. No puede ser que un día sí y otro también se cometan agresiones y que nos digan que no es responsabilidad de nadie”, han subrayado


Más protección jurídica, personal y medios de protección son algunas de las reivindicaciones del sector de Seguridad Privada de FeSMC UGT ante el incremento de las agresiones que se están produciendo a los vigilantes en nuestro país. Todo ante una situación “que va a peor” y ante la cual aseguran: “Pediremos responsabilidad penal a quien se la tengamos que pedir, empresa, administración o cliente”.

El responsable estatal del sector de Seguridad Privada de FeSMC UGT, Diego Giráldez, junto al secretario del sector de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT La Rioja, Fernando Vega, han hecho estas declaraciones al presentar la campaña '#NoMásAgresiones' con el fin de “visibilizar” la situación que vive el sector. “No podemos ser el saco de boxeo de las frustraciones de nadie”, han indicado.

“Todos los días hay una agresión a un vigilante”
Fernando Vega exige así “soluciones ante las agresiones y una respuesta firme tanto de las empresas y de las administraciones”. Desde UGT entiende que “hay que decir basta ya porque, aunque no tengamos estadísticas, la progresión de las agresiones es muy elevada. Todos los días, en casi cualquier ámbito -fábrica, centros de salud, comerciales- hay una agresión. Nosotros proporcionamos seguridad pero para ello necesitamos que se nos proteja también a nosotros”.

En La Rioja hay alrededor de 700 vigilantes de seguridad. “No podemos normalizar que se nos agreda. No puede ser que un día sí y otro también se cometan agresiones y que nos digan que no es responsabilidad de nadie”, han subrayado.

Por su parte, Giráldez ha destacado que en España la cifra de agentes de seguridad privada asciende a unas 80.000 personas. “Queremos que puedan trabajar con más seguridad de la que actualmente disponen. La seguridad privada actúa por Ley como complementaria a la pública en pleno contacto con la ciudadanía y en muchas ocasiones mermado de las facultades de autoprotección necesarias”.

Además, han señalado entre las causas que contratación pública “prioriza el precio más bajo”, entre otros factores. “Un número importante de empresas del país ve la seguridad privada como un único y absoluto negocio, dejando en tierra de nadie a sus profesionales”. UGT también que la seguridad privada sea reconocida como una profesión, no como un empleo y que sea también una profesión de riesgo. “Queremos también que los trabajadores de este sector tengan una mayor garantía jurídica”.

Por todo ello, afirma, seguiremos movilizándonos en las calles y no descartan otro tipo de medidas si no mejora la situación. “Queremos que nuestros trabajadores hagan su trabajo en las mejores condiciones posible, la seguridad privada no puede ser un bajo precio para la administración y un negocio para las empresas”, ha finalizado.


Trabajo tiene pendiente aprobar hasta cinco normas acordadas con los sindicatos

Los pactos abarcan desde el Estatuto del Becario hasta los permisos por fallecimiento


Los sindicatos dieron a comienzos de mes un ultimátum al Ministerio de Trabajo, demandaban la aprobación de la reforma del registro de la jornada laboral este mismo mes, tras meses esperando una reforma que solo necesita el visto bueno del Consejo de Ministros. Si bien, este no es el único acuerdo suscrito con CCOO y UGT que sigue pendiente de aprobación tiempo después de su formalización e incluso presentación en público. elEconomista.es ha recopilado otros cuatro aspectos que siguen sin fecha de salida.

Yolanda Díaz llegó al Ministerio de Trabajo en febrero de 2020 con el diálogo social como bandera de su gestión al frente de la cartera en el área laboral. Las reuniones más que frecuentes entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos dieron fruto en esos años a una veintena de acuerdos a tres, siendo la reforma laboral el más importante de todos ellos. No obstante, tras las elecciones de 2023 a las que la ministra del ramo se presentó con la reducción de jornada como principal eslogan, la relación entre las partes se tensó y los acuerdos pasaron a ser a dos.

La ausencia de la firma de la patronal en estos textos complica su tramitación parlamentaria, algo de lo que tanto los representantes de los sindicatos como el Gobierno era consciente desde la derrota de la reforma del subsidio por desempleo. Los sindicatos comenzaron a lanzar advertencias de que no firmarían nada que no tuviera visos de ser aprobado, depositando en Trabajo la responsabilidad de atar los apoyos parlamentarios. Si bien, la oposición de los empresarios también ha frenado estas iniciativas dentro del Consejo de Ministros, algo que explica gran parte de estos retrasos.

Dentro de los asuntos pendientes, la aprobación del Estatuto del Becario es el que acumula mayor retraso al ser suscrito en 2023, a las puertas de las elecciones generales. CCOO y UGTya habían llegado a un acuerdo al respecto (mucho más restrictivo) casi un año antes, sin embargo, Trabajo decidió reabrir la mesa para intentar sumar aCEOE. El texto no gustó a la parte socialista del Gobierno y tres años más tarde, sigue sin haberse aprobado. El Ejecutivo envió al Congreso de los Diputados en marzo. Este texto no ha avanzado desde entonces, ya que no cuentan con los apoyos suficientes para sacarlo adelante.

No obstante, la materia que más preocupa a los sindicatos es el retraso en la aprobación de los cambios que tienen que ver con el SMI. En concreto, con la posibilidad que tienen las empresas de recortar o eliminar los pluses que recibía el trabajador para acoplarse al nuevo mínimo legal sin experimentar un mayor incremento de los costes laborales. Es un compromiso que el Gobierno ya había asumido en los dos años anteriores, pero que en la última negociación para elevar el salario más bajo a 1.221 euros al mes reflejaron por escrito. El pacto además contó con la firma del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, lo que consideran más grave.

La intención de Trabajo es incluir esta reforma en la transposición de la directiva de salarios mínimos, si bien, los empresarios denunciaron que de hacerse el cambio a través de un reglamento se vulneraría el Estatuto de los Trabajadores, una preocupación que hicieron llegar al Ministerio de Economía, que se mostró sensible a sus preocupaciones.

El cuarto de los asuntos que están en esta lista de pendientes, en cambio, surgió por interés del propio Ministerio de Trabajo. Se trata de la ampliación de los permisos por fallecimiento de un familiar de los dos días (ampliables a cuatro) que existen hoy en día hasta 10, la creación de un permiso remunerado por cuidados paliativos de 15 días y de otro de un día para las personas que sean elegidas como acompañantes por una persona que se somete a una eutanasia. Por la naturaleza de los cambios, estos tienen que materializarse a través de una ley, por lo que el Gobierno tendría que encarar la ausencia de respaldo en el Parlamento a un acuerdo ampliamente cuestionado por la patronal.

17 julio

"La Inspección de Trabajo está detectando los acuerdos para cobrar el paro": un abogado alerta a los trabajadores

Un abogado laboralista explica el modus operandi de muchas empresas con sus empleados para cesar la relación y conceder el derecho a prestación al trabajador


La Inspección de Trabajo se ha convertido en una pieza clave para vigilar el cumplimiento de las normas laborales y proteger los derechos de trabajadores que pueden encontrarse en situaciones irregulares. Su labor permite detectar prácticas que perjudican a los empleados, corregir incumplimientos y garantizar que las relaciones entre empresas y trabajadores se ajusten a la legislación vigente. Detrás de cada actuación hay situaciones concretas que afectan a personas que, en muchos casos, desconocen que sus condiciones laborales no cumplen con lo establecido.

En este sentido, los datos más recientes muestran la dimensión de este trabajo. Durante 2025, la Inspección de Trabajo realizó alrededor de 1,2 millones de actuaciones, una cifra que refleja un crecimiento del 37% respecto a 2020, según la información difundida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. En ese mismo periodo se llevaron a cabo más de 281.000 visitas a centros de trabajo, que permitieron sacar a la luz 122.146 empleos que no estaban reconocidos correctamente, detectar 47.143 casos de falsos autónomos y recuperar más de 51 millones de euros en salarios que no habían sido pagados a los trabajadores.

La vigilancia de la Administración no se limita únicamente a controlar las condiciones durante la prestación de servicios, sino que también pone el foco en los procesos que afectan al final de una relación laboral. Los despidos, las bajas voluntarias y los acuerdos entre empresas y empleados forman parte de las situaciones que pueden ser revisadas cuando existen indicios de irregularidades. En este contexto aparece una práctica que está llamando la atención de los inspectores y que un abogado laboralista ha advertido en redes sociales, los acuerdos entre empresas y trabajadores para simular un despido y poder acceder al cobro de la prestación por desempleo.

Un abogado alerta sobre los acuerdos de baja definitiva

Sebastián Ramírez, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de "Leyes con Sebas", ha explicado en uno de sus vídeos una situación que, según señala, se repite con más frecuencia de la esperada. El especialista advierte de que algunos trabajadores y empresas llegan a acuerdos para facilitar la salida del empleado y permitirle cobrar el paro, una práctica que puede tener consecuencias económicas y legales importantes. Según explica, una de las frases que más escucha en su despacho es la intención de "salir bien de la empresa" y conseguir que la compañía "arregle los papeles del paro".

El abogado recuerda que, desde el punto de vista legal, esta fórmula no es válida. La situación que genera derecho a cobrar el desempleo debe producirse por una causa reconocida por la normativa, como un despido real, mientras que una baja voluntaria no permite acceder a esta prestación. Simular una situación laboral distinta a la que realmente existe puede considerarse una actuación irregular y, si la Inspección de Trabajo detecta estos acuerdos, las consecuencias pueden afectar tanto al trabajador como a la empresa. El empleado podría verse obligado a devolver las cantidades cobradas en concepto de paro o subsidio, mientras que la compañía podría enfrentarse a responsabilidades por participar en una práctica fraudulenta.

Cuidado si pactas el "despido" con tu empresa para cobrar el paro

Según Ramírez, esta es una de las situaciones que la Inspección de Trabajo mantiene bajo vigilancia y que está analizando en distintas empresas. El aviso del abogado pone el foco en una realidad que puede parecer una solución sencilla para ambas partes, pero que puede terminar generando problemas cuando se revisa la documentación y se comprueba que la extinción de la relación laboral no se ajustaba a la realidad. La recomendación para trabajadores y empresas es clara, conocer los límites legales antes de alcanzar cualquier acuerdo para evitar consecuencias posteriores.