03 junio

Trabajo modificará la indemnización por despido improcedente según el riesgo de cada trabajador

El Gobierno quiere que sea "disuasoria" para evitar el despido

No cobrará lo mismo un despedido de 58 años que uno de 30

Crearán un algoritmo para detectar las horas extra fraudulentas



El Ministerio de Trabajo quiere dar un cambio copernicano al concepto de la indemnización por despido procedente. Así, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, desveló ayer tras su comparecencia en el Congreso que su equipo está trabajando en la modificación de las indemnizaciones. UGT ha pedido reabrir la negociación con los agentes sociales para subir la indemnización improcedente de los actuales 33 a 45 días por año trabajado.

Díaz explicó que la idea es ligar la indemnización a las circunstancias de cada trabajador que ha sido despedido y no centrarla en una cifra monolítica en función de una serie de días (33 o 45) por año trabajado. Como ejemplo, la ministra dijo que no se debe indemnizar de la misma manera una trabajadora de 58 años con dificultades para reincorporarse al mercado laboral.

La vicepresidente aclaró que se está produciendo un fuerte debate en el seno de la Unión Europea sobre la conveniencia de modular la indemnización según las circunstancias personales del trabajador que se queda sin empleo.

26 mayo

Las empresas de seguridad privadas no podrán requerir los antecedentes penales a sus empleados

 El Tribunal Supremo recuerda que la Administración ya comprueba esos datos al conceder la habilitación profesional.



El Tribunal Supremo ha fijado que las empresas de seguridad privadas no podrán requerir a los trabajadores de nueva incorporación el certificado de antecedentes penales porque se trata de una práctica contraria a derecho. Según ha recordado, la expedición o extinción de la habilitación profesional a los vigilantes es competencia de la Administración y con ello se acredita que el empleado carece de antecedentes penales, por lo que no es necesario que la compañía solicite estos datos.


En su sentencia, la sala de lo social ha explicado que "los antecedentes penales son datos de carácter personal que están sujetos al deber de confidencialidad". Así, ha insistido en que su conocimiento "no es público" y se trata de datos protegidos por el derecho fundamental a la protección de datos que emana tanto del artículo 18.4 de la Constitución como del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.


En 16 folios, los magistrados han recordado que el tratamiento de los antecedentes penales para fines distintos a la prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales "sólo puede realizarse cuando esté amparado por una ley".


09 febrero

COMUNICADO ANTE EL AUMENTO DE AGRESIONES A VIGILANTES DE SEGURIDAD

 Ante el alarmante aumento de agresiones al personal de seguridad privada durante el ejercicio de sus funciones, os dejo un comunicado de UGT.


01 enero

CONVENIO COLECTIVO DE SEGURIDAD PRIVADA 2022

 Os dejo el texto completo del convenio colectivo que regirá nuestra actividad laboral en 2022


TABLA SALARIAL Y HORAS EXTRAS PARA 2022

 Aquí os dejo las tablas de salario y horas extras para el año 2022. Como siempre os diré, hay que revisar que cobramos lo que nos pertenece, que ya de por si es muy poco.