Trabajo el día de las elecciones pero quiero ir a votar. El permiso retribuido
Permiso para poder ejercer el derecho al voto
Votar es un derecho fundamental reconocido en la Constitución, por lo que los trabajadores que trabajen el día de las elecciones tienen un permiso especial para poder ir a votar.
El trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo necesario para votar.
Este es un permiso retribuido. No se cobrará menos por haber ido a votar y haber faltado ese tiempo al trabajo. El trabajador tiene que avisar a la empresa de que va a usar este permiso y debe justificarlo.
En el momento de la votación pedirá un justificante en la mesa electoral y se lo deberá entregar a la empresa para acreditar que efectivamente ha ido a votar. Si el domingo trabaja, pero no va a votar y por lo tanto no puede aportar el justificante, no tendrá derecho a ningún permiso.
Para poder ejercer este derecho es necesario hacer llegar a la empresa con suficiente antelación la solicitud que os dejo a continuación debidamente cumplimentada.
Solicitud de Relevo Para Poder Ejecer El Derecho Al Voto en Las Elecciones Municipales El 28 de Mayo de 202... by Ugt Trablisa Sevilla on Scribd
Distribución del permiso
El permiso es de hasta 4 horas, debemos tener en cuenta que esto dependerá de la jornada y se verá reducido en las jornadas parciales.
Vemos algunos ejemplos:
Caso A) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (de 9:00 a 20:00 horas) o que coincida por menos de 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.
Caso B) Cuando el horario de trabajo coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas de trabajo: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.
Caso C) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida más de 4 horas pero menos de 6 con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.
Caso D) Si el horario de votación y trabajo les coincide en 6 o más horas: tienen derecho a un permiso de cuatro horas.
En el caso de trabajadores a tiempo parcial, se reducen los tiempos de permiso en proporción a las horas trabajadas.
Derechos de los miembros de las mesas electorales
Si te han designado miembro de una mesa electoral, debes saber que tiene la obligación de formar parte de la mesa. Es un deber legal y no acudir puede ser incluso un delito sancionado con penas de privación de libertad o multas.
El hecho de tener que trabajar, salvo en los casos mencionados al final del artículo, no exime del cumplimiento de este deber, pero los trabajadores que tengan que prestar sus servicios el día de las elecciones tienen una serie de derechos.
Los trabajadores que sean Presidentes o Vocales de Mesas electorales e interventores de un partido político tienen estos derechos:
* Tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa. Es decir, que si tienen que trabajar el domingo, no tendrán que acudir, ya que se tiene permiso por tener que formar parte de la mesa.
* Tienen derecho a una reducción de la jornada de trabajo del lunes (el día posterior a las elecciones) de 5 horas. Es necesario, eso sí justificar ante la empresa este permiso, pidiendo un justificante a la Junta Electoral de Zona.
Los apoderados tienen derecho a permiso retribuido durante el día de la votación.
Si eres miembro de la mesa y trabajas la noche antes, puedes pedir a la empresa que te cambie el turno.
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