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28 diciembre

Alternativa Sindical y UGT consiguen que se dote de chalecos antipinchazos a los vigilantes de los hospitales de la Comunidad Valenciana

La Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras de la consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana se ha comprometido a estudiar la actualización de los planes de seguridad y vigilancia de los centros hospitalarios, a fin de que en dichos planes se incluya la dotación de chalecos antitrauma y antipinchazos a los vigilantes de seguridad.


Esta dotación se realizaría siempre tras conseguir la preceptiva autorización por parte de la Dirección General de la Policía y tras el estudio previo de una evaluación de riesgos de cada hospital, según han informado fuentes del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, ASTSP, en cun comunicado.

A este compromiso se ha llegado, según estas fuentes, tras meses de reivindicaciones de este propio sindicato y de la sección sindical de UGT en Clece Seguridad SAU y tras la interposición de una denuncia ante la Unidad Especializada de Prevención de Riesgos Laborales de la Inspección de Trabajo.

«Se ha conseguido dar un paso muy importante ya que va a ser incluido en los pliegos de prescripciones técnicas del concurso con lo que, ninguna empresa de seguridad adjudicataria de cualquiera de los distintos departamentos de salud podrá hacer caso omiso a dicha norma», han añadido desde Alternativa Sindical.

Estas fuentes han agradecido el interés tomado por el director general de Gestión Económica y de todo su equipo en este asunto tan relevante para la seguridad de los trabajadores de seguridad privada y han finalizado señalando que van a intentar que esta medida se implemente a la mayor brevedad, algo que intentarán conseguir los vigilantes de más centros de trabajo de toda España.


Tablas salariales 2024 de personal operativo de seguridad privada y de valor de horas extras de vigilantes de seguridad

 Os dejo las tablas en las que se muestra lo que cobraremos durante el año 2024 por nuestro trabajo




El SEPE confirma la fecha en la que entrará en vigor el nuevo subsidio por desempleo

Ya se conoce la fecha en la que se pondrá en marcha el nuevo subsidio por desempleo en 2024.


El pasado 19 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó los cambios que van a repercutir en el subsidio por desempleo en 2024 que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal. La nueva normativa, que se va a implementar el próximo año, busca simplificar la tramitación, del mismo modo que pretende mejorar el nivel asistencial, proporcionando una mejor protección a las personas que están sin trabajo.

Estos son algunos de los cambios y cuantías que va a introducir la reforma 

La nueva reforma del subsidio por desempleo queda recogida en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. En principio, su implementación va a provocar que las ayudas den una mayor cobertura. Por ejemplo, las personas sin responsabilidades familiares menores de 45 años o las que han cotizado menos de 6 meses, y que hayan agotado el paro, van a poder acogerse ahora al nuevo subsidio.

Las cuantía de estas ayudas también se va a ver afectada, de forma que aumentará a un 95% del IPREM, lo que supondrá un incremento de los 480 euros actuales hasta los 570 euros mensuales. Eso sucederá durante los 6 primeros meses, puesto que los 6 meses siguientes se cobrarán 540 euros y el resto, hasta que se agote la ayuda, 480 euros (80% del IPREM).

El nuevo subsidio por desempleo se impondrá el 1 de junio de 2024 ¿Tendrá carácter retroactivo?

El SEPE ha confirmado en la red social X, antes conocida como Twitter, que el nuevo subsidio por desempleo va a entrar en vigor el 1 de junio de 2024. No obstante, el SEPE aclara que la norma no tendrá carácter retroactivo. Esto quiere decir que si a una persona desempleada se le reconoce la ayuda antes de dicha fecha, cobrará durante todo el tiempo que dure su prestación 480 euros, tal y como sucede ahora.

La paradoja española: hay 18 parados por empleo vacante y aún así no logra cubrirse

España tiene 156.000 puestos de trabajo sin cubrir pese a haber 2,9 millones de parados


Casi 156.000 empleos no se logran cubrir en España pese a haber 2,9 millones de personas desempleadas. Dicho de otra manera, hay 18 parados por empleo vacante y aún así no se cubre. Son datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). 

Las vacantes de empleo se han duplicado en la última década, existen en prácticamente todos los sectores de actividad (aunque destacan en el sector público, donde se concentran el 35%) y han llevado a las empresas a plantear la cuestión como un problema del mercado laboral.

En la última encuesta realizada por el Banco de España, un 42,5% de las empresas españolas reconoce que tiene problemas para encontrar trabajadores. Éstos son especialmente importantes en la hostelería, la agricultura y la construcción, donde la cifra supera el 50%.

¿Motivo de alarma?

De hecho, este déficit de trabajadores ha sido motivo de choque entre la CEOE y el Ministerio de Trabajo, que, tras las alertas emitidas desde la patronal, publicó un informe asegurando que no es un motivo de alarma. “No hay problema de vacantes, ni en la cifra global, ni por sectores”, aseguraron desde Trabajo. 

Este lunes, al ser preguntado por este periódico, el think tank de la patronal, el Instituto de Estudios Económicos (IEE), aseguró que "hay un problema en la economía española" y es que "tenemos una tasa de paro importante pero hay numerosos sectores que tienen problemas para encontrar mano de obra".

Por sectores, y más allá de la administración pública, las vacantes se concentran sobre todo en el sector del comercio (un 9% del total); la sanidad (8%); las actividades profesionales, científicas y técnicas (7%); la hostelería (6%) y la industria manufacturera (5%), según los datos que difunde el INE. 

En opinión del Instituto, estas rigideces se solucionarían con "formación" y "un diseño adecuado del sistema de protección de desempleo que haga más énfasis en las políticas activas y no tanto en las pasivas".

26 diciembre

Novedades fiscales en 2024: se pagarán más impuestos por IRPF, autónomos y Sociedades

* Los trabajadores verán minorado su sueldo a partir de enero...
* ... los autónomos harán la declaración de la Renta sí o sí y pagar más por módulos...
* ... y las grandes empresas verán nacer el impuesto mínimo del 15%


El año 2024 arranca con novedades en materia de fiscalidad que afectan a particulares, autónomos y empresas. Los cambios van desde la subida del impuesto sobre la nómina, la obligación de declarar por primera vez criptoactivos en el extranjero, el regreso de Patrimonio a Madrid y Andalucía, la menor deducción general por el alquiler de vivienda o la mayor presión fiscal para los autónomos. Estos son los principales cambios.

Impuesto sobre la nómina

El impuesto sobre la nómina, oficialmente llamado MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) empezó a aplicarse en 2023 para financiar la hucha de las pensiones. En su primer año ha gravado la nómina en un 0,6%, del que el 0,5% lo asumía la empresa y el 0,1% el trabajador. De cara a 2024 sube el tipo al 0,7%, del que la compañía asume el 0,58% y el trabajador el 0,12%. Este impuesto grava la base de cotización, es decir, la remuneración mensual bruta incluidas las pagas extras prorrateadas. A modo de ejemplo, una empleado que cobre 1.200 euros netos al mes, tendrá una base bruta de entorno a 1.900 euros al mes. Ahí se aplica el 0,7%, que serán unos 13 euros, de los que la empresa pagará unos 11 euros y el trabajador, unos 2,2 euros. El tipo de impuesto se irá incrementando un punto básico cada año (0,8% en 2025; 0,9% en 2026; 1% en 2027...) hasta alcanzar el 1,2% en 2029. Se aplicará hasta 2032, año en el que el Gobierno lo revisará.

Criptomonedas en el extranjero

Los contribuyentes tendrán que rendir cuentas con Hacienda a partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de marzo sobre los activos digitales que tienen fuera de España, siempre que su valor supere los 50.000 euros. El Gobierno aprobó en abril de 2023 el Real Decreto que obliga a declarar a los particulares y compañías que residan en España los criptoactivos en el extranjero, una obligación que ya recogía la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal de junio de 2021. La norma obliga a los tenedores de estos activos a informar al fisco de su saldo. Los obligados tributarios tendrán que presentar una declaración anual, a través del modelo 721, de la totalidad de los criptoactivos que tengan a 31 de diciembre de cada año y de los que hayan tenido en cualquier momento del ejercicio. Una vez reportada la información, deberán tributar las ganancias o pérdidas en el IRPF y el valor de los activos a través de Patrimonio y Grandes Fortunas. Por otro lado, las empresas gestoras de estos activos digitales o custodios en España deberán informar a Hacienda del saldo de sus clientes a través de los modelos 172 y 173.

Deducción por alquiler

La Ley por el derecho a la vivienda, aprobada en mayo de 2023, dejó para el 1 de enero de 2024 la entrada en vigor de los nuevos incentivos fiscales por el alquiler de inmuebles para uso residencial (no para alojamiento turístico). Así, a partir del nuevo año baja del 60% al 50% la deducción en el IRPF de los ingresos netos. Es decir, el propietario podrá deducirse en la renta hasta el 50% de la diferencia entre los ingresos y los gastos por el alquiler. No obstante, esta deducción del 50% aplica a los contratos de alquiler realizados a partir del día 1 de enero, mientras que los firmados hasta el 31 de diciembre de 2023 para atrás, mantienen la deducción del 60%.

Andalucía dispara un 55% las listas de espera tras revelarse que sus contratos para derivar pacientes a la privada no tenían anclaje legal

36.000 pacientes rebasaron el plazo máximo legal para operarse en junio -último dato publicado-, pero el Sistema Andaluz de Salud llegó a registrar 56.000 en octubre. El repunte acelerado en esos cuatro meses se explica porque, en junio, la Junta tuvo que cancelar los contratos de emergencia con la privada que prorrogó durante dos años usando el marco legal de la pandemia ya derogado


Las listas de espera en el Sistema Andaluz de Salud (SAS) se dispararon un 55% desde junio de 2023 hasta el pasado octubre, es decir, desde la última fecha con datos publicados hace tres semanas por la Consejería de Salud del Gobierno de Juan Manuel Moreno, después de año y medio sin actualizar.

En junio de 2023, según los datos que la Junta remitió al Ministerio de Sanidad, había más de un millón de pacientes pendientes de una operación o de una cita con el especialista, 45.000 llevaban más de un año esperando una intervención quirúrgica, y 36.004 habían rebasado ya el plazo legal establecido por el SAS para operarse. Este último dato es el que más alarma al Ejecutivo andaluz: representa un 227,5% más de los que había un año atrás, en junio de 2022: 10.992 pacientes.

Sin embargo, desde entonces esa cifra se ha incrementado otro 55,5% hasta rozar los 56.000 pacientes a fecha de 31 de octubre, revelan a este periódico dos fuentes distintas de la Consejería de Salud con acceso a estos datos. “Es un dato que fluctúa por días. Hubo un aumento, como los hay todos los años en septiembre por las vacaciones, pero luego baja”, confirman desde el entorno de la consejera Catalina García. En la actualidad la cifra de pacientes que ha superado el plazo legal de espera para una intervención quirúrgica está en “menos de 50.000”.

El número de andaluces fuera del plazo legal para operarse en Andalucía ha aumentado, por tanto, de forma más acelerada en los últimos cuatro meses que en todo el año anterior, esto es, entre junio de 2022 y junio de 2023, el periodo que aparece publicado en la página web del SAS y del Ministerio de Sanidad. ¿Por qué? Una de las razones es el “parón” en la asistencia sanitaria de los dos meses de verano. El otro factor es que el pasado junio se produjo un cambio significativo en la gestión de las listas de espera: el Gobierno andaluz canceló el sistema de contratación a dedo con clínicas privadas para la derivación de pacientes, que venía utilizando desde hacía dos años acogiéndose a un decreto para contratos covid derogado en 2021.

Andalucía publica las listas de espera con la cadencia que mantiene el Ministerio de Sanidad. El último corte oficial es el de junio de 2023, que se hizo público hace tres semanas con un año y medio de retraso. Preguntada por el repunte brusco de los pacientes en espera que ha registrado el SAS desde entonces, desde la consejería explican que “los datos del registro de demanda quirúrgica son oscilantes, no sólo mensualmente, sino diariamente”. “La lista cambia de viernes a lunes y de martes a viernes, como es lógico con el elevado volumen de actividad de los hospitales andaluces, que alcanzarán 400.000 intervenciones quirúrgicas antes de finalizar el año”, abundan estas fuentes.

25 diciembre

Todos los trabajadores pueden disfrutar desde este pasado jueves 21 de la extensión del permiso de lactancia hasta 28 días

La modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores para que todos los trabajadores puedan disfrutar del permiso de lactancia hasta un total de 28 días entró en vigor este jueves 21 de diciembre, después de su publicación en el BOE el pasado miércoles.


Según expone el documento, consultado por Europa Press, esta modificación se lleva a cabo "con la finalidad de mejorar los términos del ejercicio del derecho" y apunta que "a la vez se refuerza y complementa el recientemente reconocido permiso parental".

Así, señala que en la actualidad el derecho a ausentarse quedaba condicionado a las previsiones de la negociación colectivo o al acuerdo al que llegase la persona con la empresa. Mientras, tras la modificación del artículo 37.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se eliminan estas restricciones "convirtiendo todas las posibilidades de disfrute, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, en un derecho de todas las personas trabajadoras".

Por lo tanto, señala que "en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses". Igualmente, añade que "la duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples".

El Gobierno extiende el permiso de lactancia hasta un total de 28 días para todos los trabajadores

También expone que quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.

"La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación", agrega.

Finalmente, precisa que cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, "el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses".

Cuando fichar ya no sirve para controlar la jornada laboral: 6,8 millones de españoles asegura que no trabaja las horas que declara

Las horas extra siguen siendo la tendencia predominante, mientras que un 33% asegura que trabaja menos horas de las que registra


Llevar un control sobre la jornada laboral de la plantilla es una asignatura pendiente en nuestro país. Un tercio de los españoles que se encuentra en el mercado laboral asegura que las horas que declara a la empresa no son las que trabaja realmente. Dentro de este grupo, el 42% afirma que echa ‘horas extra’ mientras que un 33% trabaja menos horas de las que se reflejan en su horario.

La afiliación lleva meses apuntando al alza. Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, noviembre ha finalizado con 20.751.338 personas afiliadas, lo que supone un incremento de 10.350 en comparación con el mes anterior. La variación interanual de la afiliación ha sido del 2,6%, con 522.443 personas más que en 2022. Por otro lado, y con el debate actual sobre la reducción de jornada laboral a 37,5 horas semanales, además de las cifras de ocupación, hay que fijarse en otro factor: cuánto tiempo efectivo trabajan esos empleados.

Este verano, el Banco Central Europeo ya alertaba de una caída de las horas trabajadas en todos los países de la Unión Europea. En el caso de España, el Instituto Nacional de Estadística (INE) muestra que, en el tercer trimestre, las horas efectivas semanales trabajadas por todos los ocupados sumaron 607,89 millones -la cifra más alta desde 2008 para este periodo-, sin embargo, el número medio de horas efectivas semanales (29,5) es el más bajo para un tercer trimestre desde el mismo ejercicio.

Según el último estudio de Infojobs sobre Productividad y horas trabajadas, uno de cada tres trabajadores -esos 6,8 millones teniendo en cuenta los datos de afiliación- afirma que sus horas declaradas no son reales. De estos, el 42% indica que suelen ser inferiores a la realidad, mientras que, el 33% está registrando un mayor número de horas de trabajo de las que realmente desempeña.

En lo que respecta al control horario, el 66% de los trabajadores aseguran que no registran la realidad de sus horas trabajadas, ya que encuentran limitaciones en el sistema de registro de su empresa. En contraposición, existe un 34% que declara que se debe a una preferencia de no reflejar la realidad. Si se entra en el detalle, la gran mayoría (74%) de quienes registran un menor número de horas responsabilizan al sistema que utiliza su compañía, mientras que el 36% de aquellos que declaran más horas de las reales admiten hacerlo por decisión propia.

Las empresas no evalúan la productividad

En términos generales, España no sale especialmente bien parada en productividad laboral. Según los últimos datos proporcionados por Eurostat, una hora de trabajo en nuestro país tiene menos valor productivo que otros países vecinos europeos como Alemania o Francia. La encuesta de InfoJobs muestra que, tan solo un 46% de los empleados asegura que su empresa cuenta con sistemas de medición de la productividad, siendo la principal el control de calidad de las tareas que realizan. Por lo tanto, más de la mitad de los trabajadores afirma que su compañía no evalúa en la actualidad el rendimiento.

21 diciembre

Andalucía a la cola por tercer año en PIB per capita

El Gobierno andaluz defiende que la Comunidad converge y que la sequía es la que lastra el crecimiento mientras la oposición carga contra la "propaganda" económica del Ejecutivo.
      

El recetario neoliberal de bajos impuestos y competencia fiscal, con el modelo de Madrid en el horizonte, que aplica desde enero de 2019 el PP de Juan Manuel Moreno Bonilla en una Comunidad con tasas de paro estructural y bolsas endémicas de pobreza y miseria, no termina de funcionar.

Por tercer año consecutivo, Andalucía aparece en las estadísticas del INE como la última Comunidad Autónoma –ha sido superada por Extremadura y solo Melilla está peor– en términos de Producto Interior Bruto per capita, que divide el PIB (un sistema de cómputo discutido por alguna escuela económica, pero predominante) por el número de habitantes.

Cuando el PP llegó al Gobierno andaluz –de la mano de Ciudadanos y Vox– tras las elecciones autonómicas de diciembre de 2018, el PIB per capita en Andalucía era 19.103 euros, el 74,1% respecto a la media del Estado, y estaba por encima del extremeño que era de 18.829 euros.

La brecha económica entre Andalucía y el resto del Estado sigue igual que hace 20 años

A finales de 2022, había mejorado, tanto en términos absolutos como relativos respecto a la media del Estado y ascendía a 21.091 euros, el 74,9% de la media. Sin embargo, Extremadura superó a Andalucía a finales de 2020. Y desde ese año, Andalucía es la última Comunidad Autónoma en la tabla. Extremadura está ahora en los 21.343 euros.

La consejera andaluza de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Carolina España (PP), ha achacado que el hecho de que Andalucía ocupe la última posición en el incremento de la población. "Andalucía tiene un modelo económico que atrae población mientras que ésta se reduce en otros territorios", dijo, según recoge Europa Press.

Convergencia

A un dato se aferró el Gobierno andaluz. España defendió: "Que Andalucía está mejor de lo que nos la encontramos en 2019 es una realidad. Los datos son incontestables. Estamos avanzando en convergencia y estamos dando pasos firmes. El problema es el lastre".

Multados dos hombres por ejercer de vigilantes de seguridad en Guareña sin serlo

Cada trabajador tendrá que pagar 6.000 euros de multa, mientras que la sanción de la empresa que les contrató es de 20.000 euros


Dos hombres han sido multados con 6.000 euros por prestar servicios de seguridad en Guareña sin estar habilitados para esta labor. Concretamente, los dos trabajadores ejercían de vigilantes en un festival de la localidad pacense de Guareña. Además, la empresa organizadora del evento también ha sido sancionada con 20.000 euros por contratarlos para desempeñar ese trabajo.

Fueron los agentes de la Policía Nacional, adscritos a la Comisaría Provincial de Badajoz, los que procedieron a la incoación del expediente.

Del hecho se tuvo conocimiento tras recibir una denuncia en la Unidad de Seguridad Privada en Badajoz, donde se narraba la posibilidad de contratación de personal de seguridad sin permisos, concretamente en un festival en la localidad de Guareña.

Los agentes se hicieron cargo de las investigaciones, localizando a dos personas que sin estar habilitadas por Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía, se encontraban realizando funciones de seguridad en dicho evento. Por este motivo, ambas fueron propuestas para respectivas sanciones administrativas, incluyendo en la misma a la propia empresa que realizó la contratación, en virtud a la Ley de Seguridad Privada y remitidas a la Delegación del Gobierno en Extremadura.

Dicha sanción ha obtenido la resolución de la propia Delegación del Gobierno como infracción muy grave, con un importe de 6.000 euros para cada trabajador y de 20.000 euros para la empresa que realizó la contratación.


20 diciembre

El TSJM valida la instalación de cámaras ocultas en la empresa para identificar al trabajador que estaba robando

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha validado la instalación de cámaras ocultas en la mercantil Sucesores de Rivadeneyra, S.A., empresa de impresión y artes gráficas, con 141 empleados y 104 años de antigüedad en el sector, que despidió a uno de sus empleados tras descubrir que estaba robando cartuchos de toner.


El empleado era un oficial de máquinas con contrato indefinido, una antigüedad de 18 años y un salario bruto mensual de 2.518,34 euros, incluyendo pagas extraordinarias. Se le aplicó un despido disciplinario con efectos de 15 de septiembre de 2022.

Fue el jefe de la Sección de Preimpresión de la empresa el que descubrió que en tres ocasiones previas faltaban cartuchos de toners del almacen donde se guardaban. Concretamente, en un cuartito al que se accedía desde el área de preimpresión, que no tenía cerrojo. Lo que puso en conocimiento del director de informática, responsable de videovigilancia y seguridad.

Con el visto bueno de la dirección de Sucesores de Rivadeneyra, S.A., que tenía su sede en Getafe, localidad al sur de la capital, se instaló una videocámara en el citado almacén durante 4 o 5 días del mes de septiembre.

CÁMARAS OCULTAS

En la madrugada del 14 de septiembre, el empleado ladrón, que cumplía el turno de entre la 1:15 y las 7:15 de la madrugada, se introdujo en el almacén a las 4.15 a.m. La cámara grabó cómo tomaba tres tóneres, los metía en un sobre y se marchaba con ellos.

La empresa verificó que faltaban tres cartuchos de tóner tras lo cual el trabajador fue citado a las 17 horas de ese mismo día por el departamento de personal para exigirle explicaciones sobre estos hechos. Allí se le confrontó con la grabación. Negó ser él.

En ese momento fue despedido.

El trabajador interpuso una demanda alegando vulneración de derechos fundamentales. El Juzgado de lo Social 3 de Madrid ratificó el despido, en una sentencia de 17 de abril de 2023.

La medida adoptada, según el juez de primera instancia, de instalar la cámara de vídeo «fue idónea y necesaria. Fue adecuada a la finalidad pretendida. La cámara se instalo días previos al despido, 4 o 5 días antes de que se grabasen los hechos, por lo que no estuvo instalada por un largo periodo de tiempo. Y se colocó en una estancia en la que habitualmente no hay nadie o no permanece nadie, nada más que para depositar o retirar material».

El Gobierno aprobará nuevas medidas laborales antes de fin de año: jornadas más previsibles y rebaja de la exclusividad

La norma también obligará a fijar en el contrato las condiciones de paro y actividad de los fijos discontinuos, pondrá fin a los contratos que no determinan la distribución de la jornada y regulará más la disponibilidad de los trabajadores parciales


El Consejo de Ministros aprobará una nueva normativa incluida, previsiblemente, en un real decreto ley con más asuntos que modificará varios apartados del Estatuto de los Trabajadores (ET) y que responde a la transposición de la directiva de condiciones laborales transparentes de 2019. Según la última versión compartida con los agentes sociales y de la que ha tenido conocimiento Infobae España, el texto amplía la información mínima que deben tener los contratos para hacer las jornadas más previsibles, rebaja las exigencias de exclusividad y da más concreción a los periodos de paro y actividad de los trabajadores fijos discontinuos.

Se trata de una norma que el Gobierno ya presentó a información pública como anteproyecto de ley en 2022 y que fue dictaminado por el Consejo Económico y Social (CES), pero no llegó a aprobarse antes de las elecciones del 23J. Una cuestión llamativa teniendo en cuenta que la directiva ya debería estar transpuesta, de hecho, la Comisión Europea envió un dictamen motivado a España en el verano de 2023 iniciando un procedimiento sancionador por la tardanza.

Las discrepancias que pudiera haber en el seno del Gobierno se han resuelto en este aspecto, ya que fuentes del Ministerio de Trabajo confirman que el texto ya se ha enviado al Consejo de Estado. Cuando llegue su informe preceptivo, la norma estará lista para ser aprobada en Consejo de Ministros, algo que el Gobierno espera hacer antes de que termine el año. El texto no ha sido negociado en un proceso formal con los agentes sociales mediante una mesa específica, como criticó el CES en su dictamen, pero la patronal y los sindicatos han hecho alegaciones en las últimas semanas.

Una de las modificaciones con mayor impacto será que las condiciones laborales, incluidas las relacionadas con la jornada, tienen que estar fijadas en el propio contrato y, en el caso de que sean imprevisibles, la empresa debe determinar el patrón por el cual irá fijando dichas condiciones (motivos de estacionalidad, producción, etc.). Esto afecta fundamentalmente a los trabajos a tiempo parcial, modalidad en la que se encuentran 2,7 millones de trabajadores.

Según explica Raúl Olmos, de la secretaría de Acción Sindical de CCOO, la directiva obliga a que la disponibilidad se debe fijar o bien de manera inicial en el contrato de trabajo o, al menos, se deben recoger qué criterios la determinan y con cuánta antelación se ejecutan. Esto implica modificar el artículo 4 del ET y el artículo 8. En consecuencia, se acaban los contratos con disponibilidad completa durante la semana sin determinar la distribución de la jornada, algo que afecta especialmente a los contratos a tiempo parcial, a los que también se añade una nueva regulación sobre las horas complementarias.

19 diciembre

ACS arranca la venta de su filial de servicios Clece en un único proceso

La multinacional reparte el 'infomemo' entre fondos y grupos industriales


ACS ha arrancado formalmente el proceso de venta de su filial de servicios Clece. Los bancos que ha contratado el grupo para pilotar la desinversión, Bank of America (BofA) y Société Générale, distribuyeron la semana pasada el cuaderno de venta (infomemo) entre los potenciales interesados en adquirir la compañía, según indican fuentes del mercado. Entre los receptores figuran tanto fondos como grupos industriales especializados en actividades de servicios.

La empresa que dirigen Florentino Pérez, como presidente, y Juan Santamaría, como consejero delegado, ha planteado la venta de Clece completa y en un único proceso. De este modo, replicará el camino que en un inicio tomaron Ferrovial y Sacyr. Ahora bien, será el interés del mercado el que dictamine si es posible una única transacción o si, como hicieron las firmas que lideran Rafael del Pino y Manuel Manrique, respectivamente, ACS tiene también que trocear la desinversión por actividades y/o geografías.

ACS ha lanzado el cuaderno de venta de Clece después de que sus bancos de inversión hayan testado en las últimas semanas el apetito del mercado a través de una due diligence financiera adelantada sobre el negocio de la firma. La estructura planteada confirma la prioridad del grupo de infraestructuras de ejecutar el proceso en una única transacción.

La operación se valora en el mercado en el entorno de los 600-700 millones de euros, aunque en función del perímetro recurrente que se incluya podría ser inferior a estos importes.

Tras la presentación de los resultados del grupo en los nueve primeros meses del año, su consejero delegado, Juan Santamaría, confirmó que la compañía valora la desinversión en su área de servicios, tal y como avanzó elEconomista.es el pasado 19 de octubre.

Grandes fondos

El tamaño de Clece propicia que los compradores con más opciones, inicialmente, respondan a grandes fondos que ahora sí encuentran en el sector de los servicios la visibilidad que antes de las transacciones de Ferrovial y Sacyr no encontraban.

Red azul informa: Refuerzo de las medidas de seguridad antiterroristas

Os dejamos una publicación de seguridad privada para el refuerzo de las medidas antiterroristas durante estas fiestas


Refuerzo Medidas Antiterroristas Red Azul by Ugt Trablisa Sevilla on Scribd


18 diciembre

Esta es la forma en la que cambiaría tu sueldo si vuelve a subir el salario mínimo

Una subida del 4% llevaría el SMI desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.123,2 euros al mes


El Ministerio de Trabajo y Economía Social es favorable a que la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) de 2024 ronde el 4%, que sería el porcentaje de incremento que pactaron sindicatos y empresarios en el acuerdo de negociación colectiva 2023-2025. Una subida del 4% llevaría el SMI desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.123,2 euros al mes. En todo caso, para Trabajo, el suelo de la subida del salario mínimo para 2024 es la inflación.

En primer lugar, debemos recordar que el salario mínimo es el salario “más bajo” que por ley cualquier empresa puede pagar a sus empleados. Por tanto, la subida solo repercute a aquellos trabajadores que reciben unos ingresos menores al legalmente establecido. Es decir, la subida del salario mínimo no afecta a todos los trabajadores, por lo que no todos verán incrementado su sueldo.

De hecho, el Estatuto de los Trabajadores establecen su artículo 27 que “la revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel”. La subida del salario mínimo podría beneficiar a los trabajadores cuya relación laboral no está regida por un convenio colectivo, puesto que su regulación salarial anual en algunos casos se rige por el SMI.

Por otro lado, la subida del salario mínimo también afectará en el cobro de subsidios a los desempleados mayores de 45 años con cargas familiares, la prestación para mayores de 52 años o la paga extraordinaria por desempleado.

Teniendo en cuenta que la media de inflación del periodo diciembre 2022-noviembre de 2023 fue del 3,8%, el 4% cumpliría el objetivo de no perder poder de renta. La intención de Trabajo es la de servir de mediador entre sindicatos y empresarios para lograr un acuerdo a tres bandas, que no fue posible en los últimos años, ya que sólo se consiguió el respaldo sindical.

Salario mínimo no es lo mismo que salario base

Sin embargo, hay que tener en cuenta una serie de apreciaciones, ya que un empleado que tenga un salario base por debajo de los 1.123 euros -hasta los que se estima que suba- no quiere decir que vaya a experimentar esta subida. El salario mínimo interprofesional tiene en cuenta todos los conceptos de la nómina, incluidos los complementos salariales. Por tanto, a un trabajador que cuenta con 1.000 euros de salario base, pero también ingresa 100 en concepto de complemento salarial, no le afectaría esta subida del salario mínimo en España, puesto que el SMI y el salario base de la nómina no son lo mismo.

De hecho, la Audiencia Nacional se pronunció en relación a este aspecto en 2018, desestimando la demanda de un sindicato que solicitaba aplicar el “derecho a que el salario incluya 900 euros mensuales por 14 pagas, más los complementos salariales de convenio y la prima de producción, aunque la suma de dichos conceptos supere 12.600 euros anuales (el tope del SMI en 12 pagas fijado en ese momento)”. Es decir, tras la subida, tanto el salario base como los complementos y las pagas extra deben ser iguales (o superiores) al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.


Guía de consultas más frecuentes en materia de conciliación y corresponsabilidad

Esta guía, elaborada en el marco del Proyecto para la adopción de medidas de formación, sensibilización y asesoramiento para la promoción de la conciliación y la corresponsabilidad, financiado por la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género mediante el mencionado Plan Corresponsables, pretende 
ofrecer la información relativa a los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar de forma clara y concisa; mediante la respuesta a preguntas frecuentes en la materia.


Proyecto ARTEMISA - Guía de consultas más frecuentes en materia de conciliación y corresponsabilidad by Ugt Trablisa Sevilla on Scribd


Dos divisiones de INV presentan declaración de concurso de acreedores

La empresa de seguridad ha solicitado la entrada en el concurso de acreedores de dos divisiones de su grupo: INV Protección S.L. e INV Soluciones y Sistemas de Seguridad S.L.


El pasado 27 de noviembre advertimos que INV estaba preparando su "sálvese quien pueda" y denunciamos su situación de la mano de exdirectivos y empleados del grupo de seguridad.

Según nos comentaron, la propiedad se encontraba en plena "huida hacia adelante", hasta el punto de que el pasado verano, y con todas las facilidades por parte de las entidades crediticias, un fondo estuvo a punto de comprar su división de alarmas y sistemas de seguridad. Las previsiones de nuestras fuentes no eran nada alentadoras, ya que apuntaban que INV estaba preparando, en colaboración con un fondo experto en liquidación de empresas, una suspensión de pagos o quiebra a su medida para salvar parte de la sociedad, y que también estaba llevando la parte aún con valor a otra empresa de su grupo.

Entrada en concurso de acreedores

Este mismo viernes hemos vuelto a tener noticias sobre este asunto y vienen a confirmar las sospechas de nuestras fuentes. Y es que, según nos han hecho saber, INV ha puesto de manifiesto su situación de insolvencia solicitando la entrada en el concurso de acreedores de dos de sus divisiones, concretamente de INV Protección S.L. y de INV Soluciones y Sistemas de Seguridad S.L.

Siguiendo la información de los exdirectivos y empleados, la firma presentó esta solicitud hace al menos dos meses, adelantándose al 17 de octubre que era la fecha en la que una parte de su negocio escindía a favor de INV Soluciones Integrales de Seguridad. Ahora está a la espera de conocer la resolución, que se espera se desvele antes de acabar el año, exactamente el próximo 27 de diciembre, y que presumiblemente dará luz verde a la entrada en el concurso de acreedores de las dos filiales del grupo.

Y es que INV lleva tiempo atravesando problemas económicos y sus intentos para remontar el vuelo están resultando en vano. Uno de ellos fue vender INV Vigilancia y tres de sus empresas de servicios a RH Spania, un fondo del que apenas se saben detalles, pero del que desvelamos que está liderado por Mario Conde y el empresario navarro Luis Oliver. Esta operación supuso una inyección económica para el grupo INV, aunque continúa a la deriva y cada vez más cerca del abismo. RH Spania, por su parte, también está viviendo unos momentos complicados con su reconversión de INV Vigilancia, Norvik Security Services, cuyos inicios están marcados por reiterados impagos a su plantilla que denotan sus apuros financieros y que han llegado a poner en entredicho al Ayuntamiento de Barcelona.  

Publicadas en el BOE las Convocatorias para Pruebas de Vigilante de Seguridad y Escolta para 2024


Convocatoria Pruebas Vigilante de Seguridad y Escolta 2024 by Ugt Trablisa Sevilla on Scribd

15 diciembre

Libertad limitada en Andalucía, los ricos tendrán que volver a pagar impuestos

Moreno Bonilla recupera ahora el impuesto autonómico a las grandes


Los ricos andaluces podrán volver a tributar en Andalucía si lo desean. El Impuesto de Patrimonio volverá a funcionar en 2024, afectando a las fortunas superiores a 3,7 millones de euros acaba de ser restablecido. El PP andaluz ha interpuesto una enmienda a la propia Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía.

El impuesto a las grandes fortunas vuelve a estar activo en Andalucía, donde los populares habían izado la bandera liberal para construir el definido como paraíso fiscal. Los populares restablecen el impuesto que suprimieron anteriormente tras el varapalo del Tribunal Constitucional (TC) que falló a favor del impuesto estatal a las grandes fortunas.

“Andalucía está en contra de este impuesto”, ha dicho la portavoz popular, Maribel Torregrosa, argumentando que por ello la Junta decidió bonificar el impuesto. “Qué casualidad que automáticamente después el Gobierno de España creó el impuesto de las grandes fortunas para llegar a aquellas comunidades en las que no estaba el Impuesto de Patrimonio”.

Andalucía, al igual que Madrid y la Xunta de Galicia, llevaron al TC un recurso contra esa medida fiscal de Moncloa, alegando que la medida impulsada por el Ministerio de María Jesús Montero vulneraba la autonomía financiera de las comunidades autónomas… pero sin éxito alguno. Ahora, la Junta vuelve a poner este impuesto para dar “oportunidad a los andaluces” de que el dinero se quede en Andalucía “y no se vaya fuera”, dando a entender que lo que recauda el Estado se pierde.

Torregrosa afirma que cuando el Estado elimine el impuesto a los millonarios, Andalucía hará lo mismo, definiendo al tributo como “malo y pernicioso” para las grandes fortunas e inversores. El PP sigue defendiendo su política de reducción fiscal que ha llevado a Andalucía a estar, solo detrás de Madrid, como la segunda comunidad con menos impuestos.

La política fiscal en el avispero

Moreno Bonilla anunció en el Parlamento de Andalucía, a pesar de este restablecimiento tributario, que en 2024 los impuestos seguirán bajando en Andalucía. El argumento es que con menos impuestos hay más contribuyentes y se recauda más. “En los últimos custro años los ingresos han aumentado en 7.700 millones” afirma Moreno, destacando el aumento de declaraciones de IRPF.

Anulada la sanción a una vigilante de seguridad del aeropuerto que no detectó un fallo en el detector de metales

El Juzgado de lo Social de Málaga ha declarado que la empleada "de ningún modo era responsable de verificar la conexión correcta de los arcos de seguridad"


Uno de los elementos de seguridad indispensables en todo aeropuerto son los detectores de metal, clave para detectar y evitar el acceso de materiales prohibidos, peligrosos o ilegales dentro de las instalaciones y de las propias aeronaves. Por ello, el hecho de que uno de los arcos del aeropuerto de Málaga permaneciera apagado durante cerca de dos horas, tiempo durante el cuál accedieron al recinto alrededor de 500 pasajeros, terminó degenerando en una sanción de suspensión de empleo y sueldo de dos meses para varios vigilantes que, el pasado 2022, prestaron sus servicios en el lugar. Ahora, gracias a una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 14 de Málaga, se ha declarado que una de las empleadas penalizadas «de ningún modo era responsable de verificar la conexión correcta de los arcos de seguridad».

Los hechos se remontan al 15 de septiembre de 2022, cuando entre las 08.52 horas y las 10.20 horas uno de los detectores de metal (ADM) de la Terminal 3 del aeropuerto de Málaga permaneció apagado mientras accedían por él centenas de personas. Durante ese tiempo, cuatro vigilantes de seguridad —que trabajaban por parejas para turnarse entre ellos el control de la máquina de rayos X y el registro del equipaje y vestimenta de los pasajeros— ignoraron que el ADM se encontraba inoperante. En este sentido, cabe señalar que el aparato se encontraba apagado desde la noche anterior, cuando el personal de seguridad privada «lo desconectó por incidencia técnica no reportada».

A juzgar por ello, la compañía AENA procedió a interponer una penalización de 11.371 euros a la empresa Sureste Seguridad SL, al ser esta la adjudicataria del servicio de seguridad del aeropuerto de Málaga, quien a su vez notificó a una de los cuatro vigilantes de seguridad una sanción de suspensión de empleo y sueldo de dos meses por «no comprobar al inicio de su servicio que los medios técnicos que se encuentran a su disposición están plenamente operativos», incumpliendo con ello el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.

En la carta previa a la de sanción, que se le entregó a la actora en fecha 16 de octubre de noviembre, la empresa le comunicó que en esas dos horas en las que la máquina estuvo apagada, ella «desarrolló sus funciones de cualquier manera y sin verificar que los equipos necesarios de trabajo se encontraban activados«, concediéndole dos días hábiles para justificar su actuación. A continuación, el 4 de noviembre de ese mismo año, la empresa le notificó mediante escrito que «puesto que dicho arco permaneció apagado, la inspección de seguridad a la que debían de ser sometidos los 480 pasajeros aproximadamente que atravesaron el mismo durante el tiempo que permaneció inactivo no se realizó», incumpliendo de este modo el protocolo establecido y calificando la infracción como «muy grave», según el artículo 74.22 del ya mencionado convenio estatal.

«La sanción vulnera el derecho sindical»

La empleada, no conforme con la sanción interpuesta contra ella al considerarla «excesiva» dado que fue ella misma la que se dio cuenta de la avería y alertó a las 10.20 horas del fallo del sistema, solicitó entonces la ayuda de Francisco Damián Vázquez, socio de Vázquez Abogados y letrado del sindicato AUJE (asociación de vigilantes del aeropuerto de Málaga). Tal y como se puede leer en la sentencia, la parte actora argumentó que «el fallo de los equipos y la necesidad de solventarlos son imputables a los propietarios y encargados del mantenimiento de los equipos y no por culpa de los vigilantes» y en ningún modo su proceder fue ocasionado «por descuido ni mucho menos con la intención de poner en peligro la integridad de los pasajeros».