08 mayo

La ITSS actuará ante Pycseca por las horas extras de 2022 y la falta de fines de semana para parte de su plantilla

En su momento, la representación legal de SPV puso en conocimiento de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla el reparto irregular de horas extras por parte del coordinador de Servicios de Pycseca en el centro de trabajo del Excmo. Ayto. de Dos Hermanas, beneficiando a ciertos trabajadores en detrimento de otros.


Tras la correspondiente actuación inspectora, la Inspección de Trabajo ha constatado que la empresa de seguridad Pycseca Seguridad S.L. ha superado el límite anual de horas extras en el ejercicio 2022, infringiendo lo estipulado para esta materia en la legislación vigente, e informando a la citada mercantil que se procederá reglamentariamente.


De igual forma, la representación legal de SPV denunció ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla que la mercantil Pycseca Seguridad S.A. no garantizaba para la totalidad de la plantilla en su centro de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas el disfrute de, al menos, un fin de semana libre al mes.

Esta denuncia venía motivada por la queja de parte de la plantilla sobre la actitud imparcial del coordinador del servicio, que daba un trato diferente a los trabajadores que no se mostraban de acuerdo con su gestión del servicio En su momento, nos plantamos a las puertas del consistorio nazareno para denunciar que los trabajadores afectados estaban soportando condiciones infrahumanas en sus lugares de trabajo, con continuos cambios de servicios, siempre en los peores sitios, denegación de derechos fundamentales, trato discriminado y modificación de las condiciones de trabajo, reparto irregular de horas extras, incumplimientos del convenio, etc.

Tras la correspondiente investigación ante los hechos denunciados, la Inspección de Trabajo ha requerido a la empresa para que se garantice el disfrute de al menos un fin de semana al mes para la totalidad de la plantilla, tal y como marco el art. 52 del convenio colectivo estatal para empresas de seguridad privada, salvo caso de adscripción voluntaria.

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