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29 agosto

Los abogados lo tienen claro: esto es lo que tienes que saber si tienes jornada flexible y te despiden

El despido será tratado como improcedente


La Ley de Paridad ha generado un error técnico que elimina temporalmente la protección contra el despido de trabajadores que solicitan o disfrutan de una adaptación de jornada para conciliar y cuidar de sus hijos. Este fallo se produjo al intentar corregir una omisión previa en la Ley Trans, tomando como base un texto desactualizado que no incluía los cambios realizados por el Ministerio de Trabajo en junio de 2023. Como resultado, desde el 22 de agosto, el despido de estos trabajadores ya no es automáticamente nulo, aunque el Ministerio de Igualdad ha prometido subsanar la situación lo antes posible.

A pesar de la eliminación temporal de esta protección, los trabajadores afectados pueden seguir argumentando en juicio que su despido es un acto de discriminación, lo que podría llevar a su readmisión. Además, la Inspección de Trabajo actuará con rigor para evitar abusos, y el Ministerio de Trabajo insiste en que los derechos de conciliación seguirán estando protegidos. Sin embargo, el proceso judicial podría volverse más complicado para los empleados en esta situación hasta que se corrija el error legislativo.

Nueva normativa en el Estatuto de los Trabajadores

La entrada en vigor de la Ley de Paridad ha provocado un error técnico que permite el despido de trabajadores que soliciten permisos de conciliación o adaptación de jornada, como el permiso de cinco días por cuidado de familiares. El Ministerio de Igualdad ha reconocido este error, que se produjo al introducir una enmienda sobre violencias sexuales en un texto del Estatuto de los Trabajadores que no contemplaba las modificaciones recientes introducidas por el Real Decreto Ley 5/2023.

Hasta ahora, los trabajadores que solicitaban permisos por motivos de conciliación o cuidados familiares estaban protegidos contra el despido, el cual era declarado nulo de manera automática. Sin embargo, con la nueva normativa, esta protección ha desaparecido, lo que significa que el despido ya no será considerado nulo de forma automática, sino que será tratado como improcedente. En estos casos, el trabajador afectado tendrá que demostrar que el motivo del despido está relacionado con la solicitud de estos derechos para que se considere nulo en un juicio.

Legálitas, una asesoría jurídica, ha explicado que, en caso de despido, los trabajadores tendrán que acudir a la vía judicial para probar que la causa del despido está vinculada a la solicitud de permisos o adaptación de jornada. Si el trabajador logra demostrarlo, la empresa deberá pagar la indemnización por despido improcedente, que corresponde a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Sin embargo, este despido no será declarado nulo automáticamente, y la empresa no estará obligada a readmitir al trabajador, salvo que se pruebe específicamente que el despido se debe a la solicitud de esos derechos, tal y como recoge El Debate.

El Ministerio de Igualdad ha calificado este error como «indeseable» y está trabajando en subsanar la situación lo antes posible para restaurar las protecciones legales. Mientras tanto, los trabajadores que soliciten estos permisos o adaptación de jornada quedan en una situación de vulnerabilidad ante un posible despido, hasta que la normativa sea enmendada y se restablezcan las garantías previas.

23 agosto

Ley de paridad, ¿a quiénes se aplica y cuál es su cuota mínima?

El pasado 2 de agosto se publicó en el BOE la Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres en órganos de decisión.


El objetivo de esta ley es garantizar un equilibrio y una representación efectiva e igualitaria de mujeres y hombres en diversos ámbitos de la vida económica y política, en línea con la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo.

A continuación, examinamos las principales novedades que trae consigo su aplicación y las modificaciones que introduce en el Estatuto de los Trabajadores.

Ley de paridad: ¿a quiénes se aplica y cuál es la cuota mínima?

La Ley de Paridad es una normativa diseñada para reducir las desigualdades de género en todos los ámbitos, incluidos organismos públicos y entidades donde se toman decisiones económicas y políticas.

Su propósito es asegurar la igualdad en grandes empresas, el sector público estatal, colegios profesionales y listas electorales.

Esta ley traslada a la legislación española la Directiva 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, que promueve un mejor equilibrio de género en los consejos de administración de las sociedades cotizadas y establece medidas conexas.

La Ley de Paridad se propone garantizar la equidad de género en políticas, empresas y administraciones.

Según lo establecido en la Ley de Paridad:

* Ningún sexo puede superar el 60% ni ser inferior al 40% de la representación en los órganos de decisión.
* La ley abarca órganos constitucionales y de relevancia constitucional, como el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial.

Esta normativa complementa otras obligaciones de igualdad, como la creación de un Plan de Igualdad o la necesidad de contar con un Registro Retributivo.