12 marzo

Multas de cientos de miles de euros a las empresas que hagan esto a sus trabajadores: Trabajo lo confirma

Sabemos que hay algunos trabajadores que no están dados de alta por parte de las empresas para las que trabajan o que cobran parte de sus ingresos en “negro”, porque las empresas no declaran por ellos parte de su sueldo para ahorrarse gastos.


Trabajo anuncia que está situación tiene que acabar ya y que los empresarios y autónomos que tengan personas a su cargo están obligados a cumplir las normas, además de dar de alta a sus trabajadores dentro de los términos legales si no quieren pagar multas por no hacerlo.

Y es que muchas veces no se trata solo de personas que no están dadas de alta, sino que algunas empresas hacen contratos a sus trabajadores en los que consta un convenio que no corresponde con el puesto que ocupan por el hecho de que los sueldos pueden ser más bajos para ese sector según este documento.

Estos problemas repercuten a los trabajadores a la hora de la cotización pero, no solo eso, sino que también lo hacen a nivel de percibir menos de lo que tendrían que cobrar según su convenio.

Las multas que tendrían que pagar algunas empresas

Se ha avisado desde Trabajo a las empresas y los autónomos que tengan empleados a su cargo de que ciertas infracciones graves del tipo de las anteriormente mencionadas pueden acarrear multas de hasta 225.000 euros.

Es la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la encargada de velar por los derechos de los trabajadores y, por ende, de establecer el marco legal en el que las empresas y pequeños negocios deben contratar a su personal.

Desde Trabajo insisten en que todos los trabajadores han de estar dados de alta en regímenes legales y que las labores que ejercen en sus puestos de trabajo y la manera en las que las llevan a cabo, también deben estar dentro del orden.

Y es que esto no solo puede afectar a los trabajadores en la cotización y cuando llegue el momento de cobrar su pensión de jubilación, tanto por los años cotizados como por la cuantía cotizada, sino que también puede afectar en situaciones de paro.

Si un trabajador no ha estado cotizando legalmente o es despedido sin haber constado su actividad laboral correctamente y según las bases legales, podría tener problemas a la hora de cobrar su subsidio.

Qué hacer para evitar estas infracciones

Las empresas deben saber que para evitar estos problemas a sus empleados, así como para no verse envueltos en situaciones en las que se vean obligados a pagar estas elevadas multas, su personal ha de estar dado de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social. 

Esto conlleva que lo estén en las condiciones que deben y que no se den irregularidades, lo que también daría lugar a multas.

“No solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido. A estos efectos se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados”, detalla el artículo 2 sobre este asunto.

Existen hasta tres tipos de sanciones, según las infracciones cometidas por los empresarios y pueden ser leves, graves y muy graves.

Por otro lado el artículo 10 puntualiza: “La solicitud de afiliación o del alta de los trabajadores que ingresen a su servicio fuera del plazo establecido al efecto, cuando no mediare actuación inspectora, o su no transmisión por los obligados o acogidos a la utilización de sistemas de presentación por medios informáticos, electrónicos o telemáticos”.

Estas sanciones y normas están recogidas en la Ley 8/2015, General de la Seguridad Social y en el Real Decreto Legislativo 5/2000.


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