02 junio

Un complemento a su pensión del 25% si optan por la jubilación flexible, trabajando durante mínimo 6 meses

El envejecimiento de la población y el aumento constante del número de pensionistas están obligando a replantear el equilibrio del sistema público en España. En este contexto, la jubilación flexible gana protagonismo como una vía para compatibilizar pensión y actividad laboral.


El envejecimiento de la población y el aumento constante del número de pensionistas están obligando a replantear el equilibrio del sistema público en España. En este contexto, la jubilación flexible gana protagonismo como una fórmula para que quienes ya se han retirado puedan seguir vinculados al mercado laboral mientras compatibilizan empleo y pensión.

Como novedad, el Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que modifica la regulación de este modelo de jubilación,  una fórmula que permite a los pensionistas seguir en el mercado laboral compatibilizando empleo y pensión. La medida, que entrará en vigor el próximo 28 de agosto, busca incentivar la reincorporación voluntaria de jubilados para mejorar sus ingresos, según ha informado Europa Press.

Nuevos incentivos en la pensión

La principal novedad es la creación de complementos adicionales en la pensión. Según la nueva norma, las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% de la jornada ordinaria incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional.

Aquellas jornadas que sean iguales o superiores al 33% pero inferiores al 55% verán un aumento del 15% adicional.

Por ejemplo, un trabajador con una pensión de 1.600 euros mensuales que, ocho meses después de jubilarse, vuelve a trabajar con un contrato a tiempo parcial del 60%, cobraría el 40% de su pensión (640 euros). Con la nueva regulación, al superar el 55% de la jornada y haber pasado más de seis meses, se le aplicaría un incremento del 25% sobre esa cuantía (160 euros), elevando su pensión a 800 euros mensuales mientras dure la actividad laboral.

Pero ojo porque cuando el trabajador se jubile definitivamente, dejará de percibir dicho incremento.

Ampliación a los autónomos

Una de las grandes novedades de la reforma es la inclusión de los trabajadores autónomos, que hasta ahora estaban excluidos de esta modalidad. 

Según la nueva regulación, en su caso, el pensionista podrá percibir hasta el 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible

Para acogerse a esta opción, los autónomos deberán cumplir una condición específica: no haber estado de alta en dicho régimen en los tres años anteriores a la fecha de la jubilación. Esta medida busca evitar un uso indebido de la jubilación flexible.

Otras mejoras y cambios

La reforma también amplía la horquilla de la jornada laboral permitida para los trabajadores por cuenta ajena, que ahora se sitúa entre el 33% y el 80% (antes era del 25% al 75%). Además, se elimina el periodo de espera, por lo que se podrá solicitar la jubilación flexible en cualquier momento una vez reconocida la pensión.

Asimismo, la norma mejora la situación de quienes accedieron a una jubilación anticipada involuntaria. Cuando regresen a la jubilación plena desde la flexible, su pensión inicial se verá mejorada, ya que las cotizaciones realizadas durante este periodo se usarán para recalcular y mejorar la cuantía de su prestación definitiva.

Complemento  a las pensiones

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Esta reforma se enmarca en un contexto de envejecimiento de la población y aumento del número de pensionistas en España, que en enero de 2026 alcanzó los 10.452.674, según datos de la Seguridad Social. Aunque la pensión media se sitúa en 1.363 euros, muchos beneficiarios no alcanzan las cuantías mínimas establecidas.

En estas situaciones, el Estado cuenta con un mecanismo clave: el complemento a mínimos, una ayuda económica dirigida a los pensionistas cuya prestación continúa por debajo de la cuantía mínima fijada por ley incluso después de la subida de las pensiones aprobada el pasado 3 de febrero.

Este complemento sirve para elevar la pensión hasta el mínimo legal establecido, aunque su concesión no es automática y está sujeta a determinados requisitos, por lo que no todos los jubilados con pensiones bajas pueden beneficiarse de él.

Uno de los requisitos es que los ingresos adicionales del pensionista, si superan los 9.442 euros al año, se pierde el derecho a percibir el complemento.

En este sentido, existen otros mecanismos para complementar las prestaciones. El experto y funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz Cuenca, aclara que "todos los pensionistas que han tenido hijos y cuya pensión se ha generado a partir de 2016 tienen derecho a un complemento económico por sus hijos", conocido como complemento para la reducción de la brecha de género, que se suma incluso si se supera la pensión máxima.



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