El Ejecutivo está trabajando en la transposición de la Directiva 2023/2225/CE relativa a los créditos de consumo.
"Llevo desde el año 2014 pagando una cuota de 105 euros, por un préstamo de 3.300 euros (...) y todavía me dicen que me quedan 45 cuotas". "Muy fácil de contratar sí, pero te hacen recargos que no deberían". "Cuidado como te retrases en alguna cuota, llaman a tus padres, amigos o vecinos para reclamar". "Mala experiencia. Te cobran dos veces la mensualidad y tienes que esperar 15 días para que te hagan el abono".
Estos son solo algunas de las reseñas que podemos encontrar en Google publicadas por usuarios sobre su experiencias con diferentes empresas que ofrecen créditos al consumo, que son aquellos que permiten al consumidor la posibilidad de financiar un determinado servicio o la compra de un bien a cambio de devolver posteriormente la cantidad prestada en un plazo determinado junto con los intereses acordados. La cuantía de estos créditos suele oscilar entre los 200 y los 75.000 euros.
Para intentar evitar que se produzcan situaciones de engaño y prevenir el sobreendeudamiento de los consumidores, entre otras cuestiones, la Unión Europea aprobó el pasado año la Directiva 2023/2225/CE relativa a los contratos de crédito al consumo, que debe aplicarse ya en España en noviembre de 2026.
La directora general del Tesoro Público, Carla Díaz Álvarez de Toledo, organismo perteneciente al Ministerio de Economía, ha confirmado recientemente que el Ejecutivo está trabajando en la transposición de la directiva que incluye la obligación de registro de todas las entidades que ofrecen créditos al consumo, obligaciones en materia de publicidad y evaluación de solvencia para prevenir el endeudamiento excesivo, la prohibición de aprobar crédito no solicitado o la introducción de medidas para evitar tipos de interés excesivos, entre otros.
En España, los créditos al consumo se agrupan fundamentalmente en tres categoría: el préstamo personal, el crédito rápido y la línea de crédito. Pero es el crédito rápido el que ha generado más polémica en los últimos tiempos. Estos préstamos, en términos generales, tienen altos intereses y se conceden casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a un sobreendeudamiento.
Organizaciones de usuarios financieros, como Asufin o Adicae, han advertido de que "el peligro de estos productos aflora con el impago, algo muy frecuente en la medida es que se otorgan muchas veces sin el debido estudio de solvencia del cliente". Ese tipo de créditos, subrayan, "empujan al consumidor a una espiral de sobreendeudamiento de la que es muy difícil salir".
Bajo la lupa del Defensor del Pueblo
También el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, tras recibir quejas de varios ciudadanos alertando de posibles abusos, anunció que investigaría de oficio junto al Banco de España y el Ministerio de Economía el nivel de protección que ofrecen a los consumidores las entidades de concesión de créditos rápidos y, en especial, los elevados intereses y los breves plazos impuestos para la devolución de las cantidades prestadas
