23 enero

Modifican sus condiciones laborales sin consentimiento, denuncia y el juzgado dicta sentencia: 15.000 euros de indemnización

Además de ello, la empresa deberá devolver al trabajador a su puesto de trabajo previo y pagarle las diferencias salariales devengadas.


Un empleado de Prosegur, desde el año 2017, trabajaba en el Centro de Educación de Menores Can Llupià. Sus condiciones de trabajo eran las siguientes: turnos rotatorios, jornadas de entre ocho y doce horas y 12-14 días de descanso al mes. Unas condiciones que, de buenas a primeras, fueron cambiadas por la empresa sin el consentimiento del trabajador.

La relación entre ambos, previamente, tampoco era la mejor. Mantenían varios litigios, principalmente económicos, como una sanción grave impuesta por la empresa en el año 2023. Su papel como delegado sindical, además, no ayudaba en esta relación. Entre sus funciones sindicales estaban las de actuar como enlace y canal informativo, facilitando la defensa de los derechos de sus compañeros.

Hasta que, por iniciativa propia, la empresa decidió cambiarle de puesto de trabajo y de condiciones: en mayo de este año, Prosegur le informó del traslado, a partir del mes de junio, como parte del Servicio de Seguridad del Metro de Barcelona. Pasaría a trabajar entre 20 y 22 días al mes, con jornadas de ocho horas y 9-10 días de descanso. Además, con este cambio, dejaba de percibir un complemento específico durante sus vacaciones.

Un cambio que la empresa justificaba por razones productivas y organizativas, además de alegar divergencias personales entre el empleado y una compañera, después de la instrucción de dos protocolos de acoso. Sin embargo, ahora la justicia da la razón al trabajador. Según informa Confilegal, el Juzgado de lo Social nº1 de Barcelona ha estimado de forma íntegra la demanda del vigilante de seguridad, declarando como nula la modificación de sus condiciones de trabajo.

Vulneración de derechos

En su sentencia, el magistrado considera que hay vulneración de los derechos fundamentales del trabajador a la indemnidad y a la libertad sindical. Según determina, hay una falta de justificación real de las causas del traslado, considerando que las demandas presentadas por el trabajador, así como su condición de representante sindical, llevaron a la empresa a tomar represalias contra él.


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