04 junio

El Gobierno plantea que los trabajadores puedan volver de una baja a media jornada y sin perder salario durante el primer mes

La Seguridad Social se ofrece a pagar la mitad de la nómina de los empleados que se reincorporen tras una incapacidad temporal de seis meses o más y la empresa debería pagar la otra mitad


La Seguridad Social plantea que los trabajadores que estén de baja médica y se reincorporen al trabajo tras recibir el alta puedan hacerlo de manera progresiva durante el primer mes. Concretamente, desde el Ministerio de Inclusión pretenden que el empleado pueda escoger volver a su puesto a media jornada, pero cobrando el 100% de salario y siempre que vuelva de una baja de seis meses o más de duración. La empresa le pagaría la mitad de esa nómina y el Estado la otra mitad. Así lo recoge la propuesta trasladada por escrito desde el Ministerio a patronales y sindicatos y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

La ministra Elma Saiz va perfilando poco a poco su propuesta de "altas progresivas", tal como la ha bautizado, para reformar las condiciones de reingreso de los empleados de baja. Ante el progresivo incremento de las incapacidades temporales entre la población trabajadora, desde el Gobierno quieren intervenir con una batería de medidas. Una de ellas es esa posibilidad de reincorporación paulatina tras una baja, algo que ya existe en otros países europeos y que ahora España pretende incorporar a su normativa.

Actualmente, cuando un trabajador está de baja y recibe el alta debe presentarse a su puesto de trabajo y volver a ejercer al 100% de su jornada. Únicamente si lo pacta con su empresa puede acordar una modificación de jornada y reducirla temporalmente. Si no hay acuerdo, la compañía puede exigir a un empleado que ha recibido el alta médica que se reincorpore y haga las mismas horas que hacía antes de su incapacidad temporal.

Ahí quiere intervenir la Seguridad Social y dar un plazo de hasta 30 días para que el empleado no tenga que pasar de 0 a 100. La propuesta traslada por los negociadores del Ministerio a los agentes sociales precisa que ese tiempo de gracia solo se aplicaría a bajas superiores a los 180 días. En este aspecto el Ministerio ha modificado su primera propuesta, haciéndola más restrictiva, ya que se ceñía a las bajas de 90 días o más. Y plantea actuar solo en "determinadas patologías", sin llegar a concretar más allá.

Para dar un incentivo al empleado para que coja esa reducción de jornada momentánea, la Seguridad Social se ofrece a darle la parte proporcional del salario que dejaría de percibir durante ese primer mes a media jornada. "Durante el periodo de duración de la reincorporación progresiva el trabajador trabajaría la mitad de su jornada habitual, recibiendo la parte correspondiente del salario. A la vez, recibiría una prestación equivalente al 50% de la prestación por IT por la mitad de la jornada que no trabaja", recoge la propuesta del Ministerio.

Bajas parciales para pluriempleados

Otro elemento que quiere regular el Gobierno es la vuelta progresiva al trabajo para aquellos empleados que estén en pluriactividad, es decir, que tienen en paralelo dos o más trabajos. Puede haber enfermedades o dolencias que incapacitan a un empleado para desempeñar una, pero no otra y ahí la Seguridad Social quiere permitir "cuando se encuentren en situación de IT, puedan continuar desempeñando, en su caso, aquella actividad para la que, a juicio médico, no se encuentren impedidos", según recoge el borrador.

La Seguridad Social quiere limitar esas bajas parciales "cuando en el momento de la baja inicial se emita un parte de baja médico para una actividad y para otra no" y "cuando en el momento del hecho causante se emita un parte de baja médico para todas las actividades, pero, posteriormente, se emita un parte de alta que afecta únicamente a alguna de estas".

Investigan a tres vigilantes de seguridad por la muerte de un delincuente en Alcalá de Guadaíra

* El avance de la autopsia reveló que el ladrón había muerto por asfixia tras ser sorprendido robando cables en un polígono industrial

* Los vigilantes fueron detenidos y quedaron en libertad provisional con cargos


Un juzgado de Alcalá de Guadaíra está investigando a tres vigilantes de seguridad de una empresa privada por su presunta relación con la muerte de un delincuente. A los tres se les imputa en principio un delito de homicidio y se encuentran en libertad provisional, después de que fueran detenidos la semana pasada y puestos a disposición judicial. El fallecido es un ciudadano de 49 años de nacionalidad marroquí y con numerosos antecedentes, la mayoría de ellos por robos con fuerza y hurtos.

Los hechos ocurrieron la madrugada del pasado miércoles 28 de mayo en la calle Fridex Tres, del polígono industrial Fridex. Se trata de uno de los muchos polígonos ubicados en el término municipal de Alcalá de Guadaíra, pero muy cercano al límite con Sevilla y al barrio de Torreblanca. En la citada calle, los vigilantes sorprendieron a un ladrón cortando unos cables de una arqueta. Todo ocurrió en la calle, no en el interior de ninguna nave o empresa del lugar. La intervención de los vigilantes terminó con un resultado fatal.

La Policía Nacional recibió una llamada sobre la una y cuarto de la madrugada, que informaba de que los vigilantes de seguridad tenían retenido y reducido en el suelo a un hombre al que habían sorprendido cometiendo un robo. Un patrullero de la comisaría de la Policía Nacional en Alcalá de Guadaíra llegó al lugar cinco minutos después, sobre la una y veinte. Allí se encontró con un hombre que estaba tendido en el suelo boca abajo con los grilletes puestos. Dos vigilantes estaban encima de él y un tercero de pie al lado.

Un segundo patrullero llegó dos minutos más tarde. Con los policías en el lugar, los vigilantes procedieron a retirar los grilletes. Acto seguido, los agentes le dieron la vuelta a la persona que se encontraba en el suelo, reducida, y observaron que no respondía a ninguna advertencia ni estímulo por parte de los policías. Éstos se dieron cuenta de que tampoco tenía pulso, por lo que dos policías iniciaron una maniobra de reanimación cardiopulmonar (RCP).

Los policías empezaron esta práctica a la 1:23 y la mantuvieron durante 18 minutos, hasta que llegó una ambulancia medicalizada. El personal sanitario continuó con la reanimación durante casi media hora más. Todo fue en vano. La responsable del dispositivo sanitario certificó la defunción del hombre a las 2:05. Como es habitual en estos casos, se activó el protocolo judicial para los fallecimientos en la vía pública, que conlleva el aviso a la Policía Científica, a la Policía Judicial y al forense de guardia.

La comisión judicial ordenó el levantamiento del cadáver sobre las cuatro de la mañana del día 28. El cuerpo fue trasladado al Instituto de Medicina Legal, donde se le practicó la autopsia a la mañana siguiente. El informe preliminar de la prueba forense reveló que el hombre murió por asfixia mecánica, probablemente por una compresión extrínseca del cuello, es decir, por un estrangulamiento. Todo apunta, por tanto y a la espera de que avance la investigación, a la relación de la muerte con la intervención de los vigilantes de seguridad.

03 junio

Condenada por agredir a dos vigilantes de seguridad con el tacón de su zapato en una discoteca de Palma

La mujer, nacida en Guinea, aceptó un año de prisión por dos delitos de lesiones e indemnizar a las víctimas con más de 2.000 euros


Un juzgado de lo Penal de Palma ha condenado a un año de prisión a una mujer, nacida en Guinea en 1989, por agredir a dos vigilantes de seguridad de una discoteca con el tacón de su zapato en diciembre de 2022. 

La acusada, que reconoció los hechos ante la jueza, tendrá que indemnizar a los perjudicados con 1.852 euros y 322 por las lesiones que sufrieron ambos tras ser atacados por la procesada.

Los hechos tuvieron lugar en un local de Can Pastilla el 3 de diciembre minutos antes de las 6.00 horas. Un incidente en el local entre varios clientes obligó a intervenir a los empleados de seguridad del negocio. 

En un momento dado, y mientras intentaban calmar la situación, una de las implicadas se quitó uno de los zapatos que portaba y golpeó a los trabajadores con el tacón. Uno de ellos sufrió, entre otras cosas, un traumatismo craneoencefálico. El otro, una herida en la ceja que requirió puntos de sutura.

La Policía Nacional acudió al lugar y arrestó a la sospechosa por dos delitos de lesiones. Los agentes vieron a uno de los perjudicados con una herida sangrante en la cabeza. 

La magistrada, dado el acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes, dictó sentencia en el mismo acto.


Detenido por romperle la mandíbula y varios dientes a un vigilante en Calvià

La Guardia Civil ha detenido a un hombre británico de 33 años como presunto autor de un delito de lesiones graves tras agredir violentamente a un vigilante de seguridad durante esta madrugada en un hotel de Calvià.


Brutal agresión a un vigilante de seguridad de un hotel de Calvià. Los hechos ocurrieron cuando tres hombres, que no se encontraban registrados como huéspedes, intentaron entrar a la habitación de una joven alojada en el establecimiento. 

El vigilante, un hombre de 29 años, intervino para impedir el acceso no autorizado. En ese momento, uno de los intrusos le propinó un puñetazo en la mandíbula, causándole lesiones graves.

A consecuencia del golpe, el trabajador sufrió la fractura de la mandíbula y la rotura de varios dientes. Los tres individuos huyeron del lugar a la carrera tras la agresión. Tras recibir el aviso, agentes de la Guardia Civil de Calvià se personaron en el hotel e iniciaron una rápida investigación. 

Gracias a las gestiones realizadas con otros establecimientos de la zona, lograron localizar al presunto agresor, que se encontraba alojado en un hotel cercano.

DETENCIÓN

La detención fue llevada a cabo por agentes de la Guardia Civil de Calvià con el apoyo de una patrulla del Grupo de Reserva y Seguridad (GRS) de Zaragoza, desplazados a Mallorca con motivo del refuerzo estival habitual. El arresto se produjo en la misma habitación donde se encontraba el sospechoso.

Mientras tanto, la víctima tuvo que ser trasladada a un centro hospitalario, donde fue intervenida quirúrgicamente debido a la gravedad de las lesiones. El detenido será puesto a disposición judicial durante la tarde de este lunes.


02 junio

Hasta 3 años de cotización añadidos para todos los que cumplan esta condición

La jubilación se ha convertido en una preocupación creciente en España, tanto para quienes ya piensan en dejar de trabajar como para los jóvenes que ven el futuro con incertidumbre. 


El modelo de reparto en el que se basa el sistema público de pensiones afronta tensiones importantes debido al envejecimiento de la población y al descenso de la natalidad. Para asegurar su viabilidad, se han puesto en marcha reformas que intentan ajustar derechos y deberes.

La realidad económica del país también juega un papel clave en las expectativas de quienes quieren jubilarse. A pesar de que la economía española ha comenzado a estabilizarse tras años de inflación e incertidumbre internacional, muchos trabajadores siguen atrapados en la precariedad, con contratos temporales o largos periodos sin empleo. Esta situación complica reunir los años de cotización exigidos, especialmente para acceder a la jubilación anticipada, lo que alimenta el debate sobre medidas más flexibles.

En este contexto, el Estado ha implementado algunas medidas para facilitar el acceso a la jubilación, incluso en situaciones complicadas. Y es que el Gobierno permite que la Seguridad Social reconozca ciertos periodos de excedencia por cuidado de hijos o familiares como cotizados, lo que beneficia a los trabajadores en el cálculo de sus futuras pensiones.

¿Quién puede beneficiarse?

Los trabajadores que hayan disfrutado de una excedencia para el cuidado de:

* Hijos: ya sea por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente.

* Familiares: hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, abuelos, hermanos, nietos, etc.) que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen una actividad retribuida.

Es importante destacar que esta medida no aplica a trabajadores autónomos ni a los incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Estos serían algunos beneficios de posponer la jubilación

Requisitos para acceder a los tres años de cotización

* Excedencia formalizada: haber solicitado y disfrutado de una excedencia conforme al artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores.

* Duración máxima computable: hasta tres años por cada hijo o menor acogido. Hasta un año por cada familiar hasta el segundo grado que requiera cuidados.

El cambio de la Seguridad Social que afecta a las bajas y altas de los trabajadores a partir del 1 de junio

La novedad afecta a la tramitación electrónica y entrará en vigor el próximo 1 de junio de 2025.


El próximo 1 de junio de 2025 entrará en vigor una nueva norma en materia de Seguridad Social que afectará directamente a la tramitación electrónica de las altas y bajas de los trabajadores. Así lo ha establecido la la Resolución del 9 de abril de 2025 de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que se establece todo el procedimiento que se tiene que llevar a cabo.

Gestión del sello electrónico

A través de la nueva Resolución, se podrá utilizar el sistema de firma electrónica para la realización de actuaciones, trámites o procedimientos relacionados con la Seguridad Social que se encuentren incorporados en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. Además, también se podrá emplear este método para cualquier proceso de la Tesorería que requiera de autentificación online.

Todas las notificaciones que supongan la resolución de los trámites de altas y bajas de trabajadores, pueden solicitarse mediante dos vías. 

* En primer lugar, a través del Sistema de remisión electrónica de datos en materia de la Seguridad Social, siempre y cuando la resolución resulte estimatoria de la solicitud presentada. 

* En segundo lugar, por medio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en efectos de las actas de liquidación.