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25 marzo

Guía completa para descargar el certificado de IRPF para hacer la Declaración de la Renta

Accede paso a paso a los trámites electrónicos para obtener este documento oficial, asegurando la validez de tus datos fiscales y facilitando gestiones administrativas posteriores


Con el inicio del periodo de la Declaración de la Renta, los contribuyentes españoles deben asegurarse de contar con toda la documentación necesaria para cumplimentar correctamente sus obligaciones fiscales. Entre los documentos más importantes se encuentra el certificado de IRPF, un comprobante oficial emitido por la Agencia Tributaria que recoge información sobre los ingresos percibidos y las retenciones practicadas durante el año fiscal.

Contar con este documento permite verificar los datos antes de presentar la declaración, evitando errores que puedan derivar en requerimientos adicionales o sanciones posteriores. Además, el certificado es útil para otras gestiones administrativas que requieran acreditar la situación tributaria de una persona, como solicitudes de ayudas, becas o trámites ante entidades financieras.

La obtención del certificado de IRPF se ha simplificado notablemente gracias a los servicios digitales de la Agencia Tributaria. Desde la sede electrónica, los contribuyentes pueden solicitar y descargar el documento de manera telemática, sin necesidad de acudir a una oficina física. El sistema permite identificarse mediante diversos métodos electrónicos, como certificado o DNI electrónico, Cl@ve Móvil o número de referencia vinculado a la Declaración de la Renta. Esta variedad de opciones facilita el acceso a personas con diferentes niveles de familiaridad con los medios digitales, y asegura que la información personal y fiscal permanezca protegida durante todo el proceso.

Más allá de su utilidad directa para la presentación de la declaración, el certificado de IRPF es un documento relevante para acreditar ingresos y retenciones ante organismos públicos, bancos o universidades. También resulta necesario para gestionar subvenciones o ayudas que exigen acreditar la situación fiscal. La digitalización de este trámite permite a los contribuyentes disponer de la documentación de forma rápida y segura, con la posibilidad de guardarla en formato electrónico o imprimirla según sea necesario.

Cómo descargar el certificado de IRPF para la Declaración de la Renta

Obtener el certificado de IRPF es un proceso accesible desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para comenzar, el contribuyente debe entrar en la página principal del portal y localizar la sección “Accede directamente”. Dentro de ella se encuentra el apartado “Certificados tributarios”, donde se agrupan los documentos disponibles. Desplazándose hacia abajo, es posible acceder a “Declaraciones Tributarias” y, posteriormente, seleccionar “Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IRPF”, lo que conduce al cuadro de “Gestiones”, donde se muestran los servicios que se pueden realizar.

El siguiente paso consiste en pulsar “Solicitud” para iniciar la petición del certificado. En esta fase, los usuarios deben identificarse mediante alguno de los métodos habilitados: Cl@ve Móvil, certificado o DNI electrónico o Número de referencia. La elección dependerá de los medios electrónicos disponibles para cada contribuyente, pero todos los métodos garantizan que solo el titular pueda acceder al certificado.

Una vez autenticado, se abre un formulario donde se deben revisar los datos relacionados con el trámite y la información del peticionario. En caso de que la solicitud se realice en nombre de otra persona, es necesario indicar también los datos del titular. Como paso obligatorio, se debe seleccionar el año del ejercicio fiscal correspondiente al certificado en el desplegable situado al final de la página. Revisada la información, se pulsa “Validar solicitud” para comprobar que todo es correcto, y a continuación “Firmar y enviar” para confirmar la solicitud ante la Agencia Tributaria.

11 septiembre

Los trabajadores pagarán IRPF por cobrar indemnizaciones por despido adicionales a los 33 días

* Tributos confirma en dos consultas el coste por compensaciones que superen a la legal

* Los empleados con más de dos años de antigüedad sí podrán aplicar una reducción del 30%


Hacienda rechaza que una indemnización adicional por despido esté exenta de IRPF. La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, emitió dos consultas el pasado 25 de junio en el que aclara la tributación de las compensaciones por despido si superan a las que tasa la ley.

La DGT indica que la indemnización percibida por el concepto de despido "tendrá la consideración de renta exenta" por la cuantía que establezca el Estatuto de los Trabajadores para cada tipo de cese, hasta un límite máximo de 180.000 euros. La cantidad que exceda ese umbral sí paga IRPF. No obstante, añade que cualquier otra compensación adicional (puede ser por acuerdo con la empresa o dictada por un juez) que suponga un exceso indemnizatorio "estará sujeto y no exento de IRPF".

Las consultas llegan en un momento en el que la indemnización por despido está en el centro de la polémica. El Tribunal Supremo cerró la puerta el pasado 16 de julio a que los jueces dieran una indemnización por despido improcedente para compensar a los trabajadores superior a la que marca el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, al asunto aún le queda recorrido ya que va camino del Tribunal Constitucional.

Caso distinto son los despidos en los que ha habido vulneración de derechos fundamentales (por género, embarazo, enfermedad...) en los que los tribunales, incluido el Supremo, sí avalan una indemnización adicional para reparar a los trabajadores los daños sufridos por la vulneración de sus derechos fundamentales. Estas compensaciones, al exceder las que marca el Estatuto de los Trabajadores, también tributan en el IRPF.

Blanca Llopart, directora del área de Fiscalidad del despacho CIM Tax&Legal, explica a este diario que toda cuantía por cese o despido que exceda de lo que el marca el Estatuto de los Trabajadores como obligatorio no está exento de IRPF. "Cualquier indemnización que se acuerde adicional a lo corresponde legalmente, no va a quedar exenta y va a tributar como cualquier otro rendimiento de trabajo, como cualquier salario que se obtenga", dice.

Reducción del 30%

No obstante, la experta señala que los contribuyentes que perciban una compensación adicional, aunque tributen por ella en el IRPF, sí pueden beneficiarse de una reducción del 30%. "Si la persona ha trabajado en la empresa más de dos años, la parte que no está exenta se puede beneficiar de una reducción por rendimientos irregulares", indica.

Blanco Llopart explica que este beneficio se aplica para evitar un exceso de tributación, ya que si el trabajador lo hubiera cobrado en varios años, la base imponible sería menor. Sin embargo, al aplicarlo todo en un mismo ejercicio fiscal, le sube la base imponible y con esta, al ser el IRPF un impuesto progresivo, el tipo a pagar. "Permite reducir un poco el tipo medio de tributación", añade al respecto.

11 febrero

Hacienda confirma que no ajustará el IRPF al salario mínimo, que dejará de estar exento

Los detalles: Yolanda Díaz pierde el pulso: parte de los que reciban el salario mínimo sí van a tener que pagar el IRPF. Hasta ahora el SMI y el mínimo exento subían a la par, pero ahora uno aumenta en 50 euros y el otro se queda como está.


Las claves: Desde el Gobierno insisten en que "la mayoría" de los que perciben el SMI seguirán sin tributar

Por primera vez el salario mínimo pagará IRPF. El Consejo de Ministros ha aprobado una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) del 4,4%, lo que deja esta renta mínima en 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas en 2025. El monto anual bruto quedará en 16.576 euros, cifra que ha causado un choque directo entre Hacienda y Trabajo a causa del IRPF. La cartera dirigida por María Jesús Montero había eximido hasta el momento el pago del IRPF al SMI, pero con el incremento de este año Hacienda quiere que esta renta mínima también tribute.

Según fuentes de Hacienda, con este incremento la mayor parte de trabajadores que ganan el SMI "seguirán sin sufrir retenciones por el IRPF". Aun así, hay una minoría que sí sufrirá retenciones, aunque alegan que dicha minoría tendrá que pagar una cuantía mucho menor que "lo que abonaría con el IRPF vigente del Partido Popular".

Desde Sumar critican que el anuncio se ha hecho "de forma unilateral sin consenso con el socio de gobierno". En respuesta a la decisión de Hacienda, Sumar ha presentado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para garantizar que el SMI esté exento de tributación al IRPF.

Además, señalan que Hacienda tiene los mecanismos para evitar esta medida y les instan a cambiar de opinión para garantizar que las personas que están en la parte más baja de la pirámide salarial no sufran mayor presión fiscal. "Desde Sumar siempre hemos mantenido la misma postura, que es que el SMI no debe tributar al IRPF y que debemos ir a un sistema de impuestos de carácter progresivo", ha afirmado la formación.

Una proposición que en el caso de que finalmente avance parece que tiene un claro aliado: el Partido Popular. La formación liderada por Alberto Núñez Feijóo ha criticado duramente la decisión del ministerio de Montero alegando que "hay que revisar el mínimo exento de la renta para que el incremento del SMI no se quede en las arcas del Gobierno".

Díaz critica la falta de comunicación del Gobierno

La ministra de Trabajo ha insistido, tal y como ha defendido en las últimas semanas, en la necesidad de que los trabajadores que perciben el SMI sigan exentos de tributar y ha afeado a Hacienda que no haya habido "ni comunicación" de la decisión "ni deliberación" de la misma en el Consejo de Ministros.

29 enero

El salario mínimo subirá 50 euros en 2025, hasta los 1.184 euros al mes

Trabajo fija un nuevo incremento del 4,41%, que obtiene el visto bueno de las centrales pese a quedarse por debajo de sus demandas, y que vuelve a provocar el rechazo de las patronales


El Gobierno ha tomado la decisión, con el visto bueno de los sindicatos, pero no de las patronales, de aumentar el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2025 en 50 euros, lo que eleva su cuantía un 4,41%, hasta los 1.184 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas (16.576 euros al año). Así lo ha anunciado este miércoles la vicepresidenta segunda y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, una vez finalizada la que ha resultado la última mesa de negociación con los agentes sociales, pese a que la potestad de determinar el sueldo base recae exclusivamente sobre el Gobierno. De esta forma, el departamento que dirige Díaz, que ha capitaneado de nuevo las conversaciones, se ha decantado finalmente por el extremo más elevado de la horquilla que planteaba en su informe el comité de expertos para equiparar así el SMI con el 60% del salario medio.

“El diálogo social funciona en nuestro país, y damos un paso adelante dando una buena noticia a los trabajadores. Quiero agradecer a los agentes sociales su participación, también a la patronal, que esta vez ha presentado propuestas concretas pese a que no ha sido posible alcanzar un acuerdo a tres”, ha señalado Díaz.

Junto con el anuncio de la subida de 50 euros, la vicepresidenta ha señalado que dentro del acuerdo a dos con los sindicatos se ha pactado la convocatoria en el plazo de dos meses de una mesa de diálogo social que evalúe distintas cuestiones como la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos; el lanzamiento de campañas específicas por parte de la Inspección de Trabajo para garantizar el complimiento del SMI en los sectores más afectados, y la definición de medidas dirigidas a la mejora de su implantación.

“Lo que había sucedido con el decreto ómnibus merecía un mayor esfuerzo de responsabilidad en lo que a nosotros nos corresponde. Hemos cedido parte de nuestras reivindicaciones, porque nos ha parecido mucho más importante alcanzar un acuerdo. Los interlocutores sociales arrimamos el hombro”, ha defendido Fernando Luján, vicesecretario general de Política Sindical de UGT.

Mari Cruz Vicente, secretaria confederal de Acción Sindical de CC OO, por su parte, ha matizado que algunas de las cuestiones que su sindicato planteará en esa futura mesa programada para dentro de los dos meses tendrán que ver con la imposibilidad de que las subidas del SMI se absorban por medio de complementos o pluses; que los convenios colectivos ajusten automáticamente sus tablas salariales con cada una de las subidas (lo que evitaría tener que recurrir a la justicia en cada ocasión); y actualizar los rangos de hora trabajada ―fundamentales en sectores como el de las empleadas del hogar― si finalmente se produce la reducción de jornada.

Pese a haberse acordado este miércoles, al filo de que concluya el mes de enero, el nuevo salario mínimo se aplicará de forma retroactiva una vez sea aprobado en el Consejo de Ministros. Un formalismo que desde el Ejecutivo trasladan al próximo 11 de febrero, dentro de dos semanas. “Vamos a hacer todo lo posible para que se haga con carácter inminente”, ha apuntado Díaz. Como ya ha sucedido con anteriores retoques, los cerca de dos millones y medio de trabajadores que cobran este salario (la mayoría de ellas mujeres en el sector servicios) verán actualizada en su nómina de febrero la diferencia respecto de la del mes precedente.

Aunque ya se ha definido la nueva cuantía ―que se ha incrementado un 60,91% desde 2018, cuando estaba en 735,9 euros―, sigue sin conocerse si este nuevo suelo salarial estará exento de tributación en la declaración de la renta, como venía sucediendo hasta ahora. Una premisa fundamental para UGT, que había amenazado incluso con borrarse del acuerdo si esto no sucedía. Fuentes del Ministerio de Hacienda han venido rechazando pronunciarse al respecto (aunque han dejado caer que podrían no modificar el límite en esta ocasión) hasta que la negociación no hubiera terminado. Consultados por este periódico tras la resolución de esta mañana, siguen sin dar una respuesta concreta.

“Nuestra posición respecto a la exención es la misma que hemos defendido todos estos años: que el SMI quede exento, pero esto es una competencia que no radica en este ministerio”, se ha limitado a decir Díaz. Los sindicatos, por su parte, también han indicado que presionarán para que este “salario de supervivencia” siga manteniéndose libre de cargas.

13 enero

UGT dice que no apoyará un acuerdo para subir el SMI si no queda exento de IRPF

Si Hacienda no actualiza el impuesto, los trabajadores pagarán en torno al 42% del alza. Trabajo rechaza el cambio


En los últimos años, el salario mínimo interprofesional (SMI) ha experimentado una gran evolución, un 54% más desde 2018. Con cada incremento, el Ministerio de Hacienda hacía una revisión posterior del IRPF para aumentar el mínimo exento a partir del cual hay que pagar. De esta forma evitaba que los perceptores del SMI tuvieran que tributar como consecuencia de la subida. Por ejemplo, el año pasado el límite para tributar por el IRPF se subió hasta los 15.876 euros, el actual salario mínimo anual. Sin embargo, como ha adelantado este viernes EL PAÍS, Hacienda avanza que en esta ocasión se baraja no realizar esa corrección. Según cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) esto obligaría a los beneficiarios del SMI a pagar en el IRPF alrededor del 42% de la subida prevista, sea cual sea. Al sindicato UGT no le gusta esta posibilidad y ha marcado una posición contundente al respecto: si no se hace lo mismo que los años anteriores, incrementar el mínimo exento, no participarán en el acuerdo. Al Ministerio de Trabajo tampoco le satisface, y por ello reclama que Hacienda vuelva a elevar el mínimo exento.

“La Ejecutiva ha reafirmado que UGT se opone a un acuerdo que no contemple la exención del IRPF al nuevo SMI. La prioridad del sindicato es garantizar que el importe del SMI llegue neto a las personas trabajadoras que lo perciben, quienes representan a las capas más desfavorecidas de la población y requieren un mayor apoyo institucional”, indica el sindicato en un comunicado remitido a la prensa este viernes. Asimismo, como ya hizo el secretario general Pepe Álvarez el miércoles, el sindicato lanza el mensaje de que el Gobierno es uno, no varios: “Este objetivo implica también una responsabilidad directa del Ministerio de Hacienda para asegurar que estas medidas se implementen adecuadamente”.

“Para la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores, la prioridad sigue siendo mejorar las condiciones de vida de las personas trabajadoras, con atención a los más desfavorecidos, para lo que para fijar su cuantía mínima se debe de seguir en la senda de alcanzar el 60% del salario medio tal y como marca la Carta Social Europea, y cualquier decisión sobre el SMI debe estar orientada a ese objetivo”, añade UGT, que propone un incremento para los sueldos más bajos de entre el 5% y el 6%, como CC OO.

Por su parte, desde el otro gran sindicato mayoritario no condicionan su hipotético apoyo a una subida del SMI a lo que haga Hacienda. La secretaria confederal de Acción Sindical de CC OO, Mari Cruz Vicente, dice a este periódico que en la mesa de negociación van a “exigir” que se garantice que el SMI “sea el 60% del salario medio neto (después de impuestos)”. No entran a valorar el anuncio de Hacienda sin conocer los detalles, se limitan a requerir que la menor retribución posible se sitúe en la proporción a la que se comprometieron PSOE y Sumar en su pacto de Gobierno. Según los cálculos de Trabajo, en 2024 el SMI ya se situaba en ese 60% del salario medio neto. Además, Vicente reclama que España transponga la directiva europea de salarios mínimos.

CC OO y UGT han respaldado todos los incrementos del SMI que ha llevado a cabo el Gobierno de coalición, pero el Ejecutivo no necesita estos apoyos para aplicarlo, ni el visto bueno del Parlamento.

En breve se abrirá la mesa de diálogo del salario mínimo, una vez conocida la propuesta de los expertos de Trabajo: recomiendan un incremento del 3,4% o del 4,4% para que el SMI siga acompasado con ese 60% del salario medio neto (UGT calcula que aún no se ha alcanzado esa proporción). En el primer escenario el SMI subiría hasta 1.173 euros brutos al mes (16.422 al año, 546 más) y en el segundo, hasta 1.184 (16.576 en cómputo anual, 700 más). Si Hacienda no actualiza el impuesto, los trabajadores pagarán 233 o 300 euros, el 42% del alza. Esta recomendación fija el punto de partida de la negociación de Trabajo con sindicatos y patronales, en la que se concretará la cifra definitiva.

12 diciembre

Adiós al IRPF: el cambio en la declaración de la Renta 2025 confirmado por Hacienda

Las novedades para la declaración de la Renta en 2025 y quiénes van a estar exentos de hacerla


La declaración de la Renta 2025 no se tiene que presentar hasta dentro de unos meses, pero lo cierto es que será mejor estar preparados, ya que llega con cambios significativos que transformarán la forma en que millones de contribuyentes hacen su declaración. Uno de los puntos más destacados es la introducción de nuevas medidas relacionadas con el IRPF, que afectan tanto a las personas desempleadas como a diversos grupos que, hasta ahora, no tenían obligación de realizar este trámite. Estos ajustes, aprobados mediante el Real Decreto-Ley 2/2024, buscan alinear las normativas con los desafíos económicos actuales y las necesidades de simplificación y modernización.

En particular, quienes perciben prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar la declaración, independientemente de sus ingresos anuales, algo que representa un cambio drástico respecto a años anteriores. Por otro lado, algunos colectivos gozarán de exenciones específicas, eliminando su obligación de pagar el IRPF. Además, se introducen medidas que facilitan el pago, como el uso de Bizum, en línea con los esfuerzos de digitalización de la Agencia Tributaria. A continuación, desglosamos los principales cambios, sus implicaciones y cómo afectarán a los contribuyentes en el próximo ejercicio fiscal, y en especial nos centramos en el cambio más destacado de todos y que como mencionamos, tiene que ver con aquellos que están desempleados y que a partir de ahora tendrán que hacer su declaración de IRPF.

El cambio en la declaración de la Renta 2025

Uno de los aspectos más impactantes de la declaración de la Renta 2025 es que los desempleados estarán obligados a realizar este trámite, aunque no superen el umbral mínimo de ingresos establecido. Según el Real Decreto-Ley 2/2024, no presentar la declaración supondrá la pérdida automática del derecho a percibir la prestación por desempleo. Este cambio marca una diferencia respecto a años anteriores, cuando sólo se requería declarar si los ingresos anuales superaban los 22.000 euros, o los 15.000 euros en caso de contar con más de un pagador.

Esta medida busca garantizar un control más estricto sobre las ayudas públicas y asegurar que todos los beneficiarios cumplan con sus obligaciones fiscales. Sin embargo, también podría representar un reto adicional para muchas personas desempleadas, quienes deberán familiarizarse con los procedimientos de la Agencia Tributaria si desean conservar sus prestaciones.

El nuevo umbral del IRPF: alineación con el SMI

Otra novedad importante es la modificación del umbral mínimo de ingresos exentos de realizar la declaración, que se incrementará hasta los 15.876 euros anuales, equiparándose al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto representa un ligero aumento respecto a ejercicios anteriores, en los que el límite estaba fijado en 15.000 euros. De este modo, quienes no alcancen esta cifra estarán exentos de declarar, salvo que perciban prestaciones por desempleo o se encuentren en alguna situación específica que les obligue a hacerlo.

Con este ajuste, la Agencia Tributaria pretende aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con menores ingresos, facilitando a su vez el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Grupos exentos de declarar en 2025

A pesar de las nuevas obligaciones, un amplio conjunto de colectivos seguirá estando exento de presentar la declaración de la Renta en 2025. Entre ellos se encuentran:

05 noviembre

Este simulador de IRPF de Hacienda te dice cuánto te tienen que quitar de tu nómina: el objetivo es pagar menos en la Renta

Calcula cuánto debes pagar de IRPF durante cada mes para pagar menos en la declaración de la renta


Uno de los momentos más temidos para muchos está a punto de llegar: hacer la declaración de la renta correspondiente al año 2024. Un momento en el que se tratan de cuadrar las cuentas en lo que al IRPF se trata. Un impuesto que vamos pagando de manera adelantada en cada nómina con un porcentaje que va variando.

El objetivo siempre es que "nos quiten" en la nómina un porcentaje de IRPF que nos permita posteriormente en la declaración de la Renta no tener que pagar cientos de euros, y tampoco que nos devuelvan mucho. Precisamente porque si nos devuelven mucho dinero es que hemos pagado mucho en las nóminas, y al final es un dinero que no hemos disfrutado al haberlo adelantado innecesariamente.

Calcula el IRPF ideal en tu nómina
Pero... ¿Qué porcentaje de IRPF se tiene que aplicar en la nómina para que nos salga un modelo 100 más ajustado? Esta es la gran pregunta que nos hacemos cuando entramos a trabajar en una empresa y nos consultan la cantidad de IRPF que queremos pagar en nuestras nóminas.

Para hacerlo es necesario tener en cuenta diferentes factores como la edad o la unidad familiar con la que se cuenta. Dependiendo de esto vamos a tener que abonar más o menos impuestos. La propia Agencia Tributaria cuenta con un simulador para calcular este porcentaje del que ya nos hicimos eco. Pero con un cambio en la legislación tributaria este simulador se actualizó.

Fue el pasado 28 de junio cuando en el BOE se publicaron nuevos cambios que afectaban a la forma de tributar el IRPF. Y esto obligó también a actualizar esta calculadora a la que se puede acceder a través de la web de la Agencia Tributaria.

En esta los datos que hay que introducir son muy sencillos. Si se tiene discapacidad, la situación familiar, la situación laboral, el tipo de contrato, la cantidad de hijos que se tienen y también el dinero que se recibe de manera anual. Esto será suficiente para hacer una estimación del tramo de IRPF donde te vas a poder ajustar.

Al final del proceso se podrá generar un informe que se entrega a la empresa con este valor de IRPF que se ajusta a la legislación actual. Obviamente, luego durante el modelo 100 en el caso de que existan deducciones fiscales de relevancia, nos vamos a encontrar con que al final se va a devolver algo más de dinero. Pero lo importante es que no se pague de más.


31 octubre

Los efectos de eliminar la declaración de IRPF conjunta

Pese a que aún quedan muchos meses para la nueva campaña de la Declaración de la Renta, la nueva polémica que orbita en torno al Gobierno está relacionada con la eliminación de la tributación conjunta del IRPF. De este modo, aquellas familias en las que algún integrante fuese desempleado, pagarían más impuesto. Lejos de ser una medida social, es un método acumulativo.

Un artículo de Sergio Delgado @sergio_informa en El blog salmón

Y es que, con la supresión de la declaración conjunta del IRPF, el Gobierno conseguirá generar una media de más de 2.000 millones de euros al año, viéndose afectadas tres millones de familias de clase media-baja. Si bien es cierto que es parte del plan estructural para rebajar la deuda pública y el déficit, pero acaba asfixiando a las clases más desfavorecidas del país.

Ya en 2021, el ‘Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia’ contemplaba esta medida para poder recibir los fondos europeos Next Generation. Por aquel entonces, el Gobierno frenó esta acción para intentar competir, en materia fiscal, con el gobierno de la Comunidad de Madrid.

Un plan muy elaborado por el Gobierno

Pero tras un estudio detallado de la AIReF, se llegó a la conclusión que existían numerosos beneficios fiscales si se suprime la tributación conjunta en el IRPF.

Ahora que se han decidido a dar el paso en firme hacia delante, se concluye que la reducción de 3.400 euros en la base imponible desincentiva la participación laboral de las mujeres. No obstante, acaba afectando a aquellos miembros de la familia que, o no perciben rentas o son demasiado bajas.

El Gobierno califica esta medida como ‘régimen transitorio’, ya que genera un desincentivo a la participación laboral del segundo perceptor de la renta (en un 87% mujeres). No obstante, es una medida populista, si se tiene en cuenta que la situación de cada hogar es bien distinta y que es una realidad a la que se recurre, en la mayoría de los casos, más por necesidad que por picaresca.

Ahora, Moncloa quiere apostar por un plan fiscal estructural con reformas e inversiones en un plazo de siete años, en lugar de acumularse en cuatro. No obstante, aún no se es lo suficientemente claro, ya que el Gobierno asegura que no se plantea eliminar la tributación conjunta, simplemente un beneficio fiscal por parte de la AIReF.

El Fisco español estimó que, en la Declaración de la Renta 2023 (presentada en 2022), se beneficiaron de la reducción unos 3,2 millones de contribuyentes. El alcance dependerá del tipo de unidad familiar implantado. En términos económicos, esto se tradujo en un coste adicional de 2.400 millones de euros según los cálculos de AiReF.

Lo cierto es que, en la mayoría de los países de la OCDE y del entorno, está desapareciendo la declaración conjunta del IRPF. En Austria, Canadá, Italia o Reino Unido es obligatorio realizar la declaración individual del IRPF.

Ventajas de hacer la declaración conjunta

No hay que olvidar que la declaración conjunta del IRPF beneficia a matrimonios en los que un miembro no recibe ingresos o son inferiores a 3.400 euros anuales, o bien, en familias monoparentales con hijos sin rentas.

07 julio

Ventajas e inconvenientes de cambiar la retención de IRPF en la nómina

La retención de IRPF es una parte muy relevante dentro de la nómina. Es la aportación que el trabajador está obligado a realizar mensualmente a Hacienda por los rendimientos obtenidos en su trabajo u ocupación laboral. 


Normalmente, el porcentaje retenido en el sueldo representa un adelanto de lo que al contribuyente le toca pagar al fisco, lo cual se realizará a la hora de presentar Renta. Sin embargo, ¿Es conveniente cambiarlo?

Así se determina la retención del IRPF en una nómina según los ingresos y la situación familiar

El porcentaje del salario que se queda el fisco en una nómina varía de una persona a otra dependiendo de sus ingresos y situación familiar. Por este motivo, los empleados tienen que rellenar el Modelo 145 que les facilita la empresa que los tiene contratados. Dicho documento informa de los datos personales al pagador, conforme especifica al artículo 88 del Reglamento del IRPF.

En concreto, la normativa a la que nos referimos, está recogida en la disposición del Real Decreto 439/2007, la cual dice de forma textual: “los contribuyentes deberán comunicar al pagador la situación personal y familiar que influye en el importe excepcionado de retener, en la determinación del tipo de retención o en las regularizaciones de este, quedando obligado asimismo el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada”.

Las 3 situaciones familiares que determinan el porcentaje de IRPF 

La retención de IRPF en nómina va a depender de estas 3 situaciones familiares del trabajador, aunque también se tiene en consideración si el mismo, padece algún tipo reconocido de discapacidad:

* Soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente con hijos solteros menores de 18 años.

* Casado/a y no separado/a cuyo cónyuge no obtiene rentas anuales superiores a 1.500 euros.

* Situación familiar diferente a las anteriores.

Tramos de retención de IRPF en los sueldos establecidos para 2024

Estos son los tramos de renta que determinan actualmente en España el porcentaje de retención que hace la Agencia Tributaria en los sueldos de los trabajadores, sumando el tipo estatal y el autonómico.

10 mayo

Así puedes comprobar si tu empresa está reteniendo el IRPF que te corresponde en la nómina

Es muy importante que las empresas hayan retenido el IRPF correspondiente en la nómina de sus trabajadores, sobre todo ahora que la campaña de la declaración de la Renta ya ha comenzado. Desde el día 3 de abril y hasta el próximo 1 de julio, los contribuyentes tendrán que presentar sus impuestos a Hacienda y cumplir con su debido importe de IRPF.


El porcentaje de IRPF que hay que retener en concepto de rendimientos de trabajo depende en cada caso y es mayor cuanto mayor es la nómina. En el caso de los empleados, es la empresa quien tiene que ocuparse de retener el porcentaje y reflejarlo en la nómina cada mes. 

Sin embargo, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena o empresarios, son ellos los que se encargan de presentar sus facturas indicando el porcentaje de IRPF que se retienen de ellas. En muchos casos los autónomos cuentan con un gestor que lleva los trámites por ellos trimestralmente y que también suele realizar la declaración de la Renta.

Ajustes del IRPF en la nómina: la Renta

Para ajustar el IRPF que tiene que pagar cada contribuyente, está la cita anual de la declaración de la Renta. El hecho de que la empresa tenga que retener el IRPF de las nóminas mensualmente y presenten el impuesto trimestralmente, al igual que lo hacen los autónomos, es un seguro para Hacienda de que se pagará el impuesto.

Es por eso que la Renta puede salir a devolver si el porcentaje de IRPF que se ha retenido es más del debido y, a pagar, si nos hemos retenido menos o la empresa no ha retenido lo que debía en nuestra nómina.

El hecho de que la Renta salga a pagar parece a priori, mejor a que salga a pagar. Sin embargo, aunque recibir dinero de la Agencia Tributaria de vuelta pueda suponer una alegría instantánea y tener que pagarlo, al contrario, no es tanto así.

Hemos de tener en cuenta que en un periodo inflacionista como el que atraviesa España el dinero se devalúa con el tiempo. Esto quiere decir que con el mismo dinero hace un año se podían comprar más cosas.

Esto significa que los contribuyentes que retuvieron más IRPF y ahora Hacienda les devuelve dinero, han perdido poder adquisitivo y capacidad de compra para con esa cuantía.

Problemas por no retener el IRPF

El IRPF que retiene la empresa para cumplir con la Agencia Tributaria mensualmente a través de la nómina no es el mismo para cada contribuyente. Depende de los sueldos, pero también de las condiciones personales como los hijos a cargo.

17 enero

Hacienda sube el mínimo exento en el IRPF a 15.876 euros para eximir al SMI y reduce las retenciones hasta los 21.000 euros

* Los beneficiarios del salario mínimo no estarán sujetos a retención
* Las rentas entre 15.876 y 19.747,5 euros netos tendrán menos retenciones
* El umbral sube en función del estado civil del contribuyente y el número de hijos


Hacienda subirá el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) desde los 15.120 euros actuales hasta los 15.876 euros, un euro por encima del cómputo anual del del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tras la subida de 2024, y además reducirá las retenciones de este tributo para todas las rentas del trabajo inferiores a 21.000 euros brutos.

El paso ya se confirmó la semana pasada y así aparece en el borrador del real decreto sometido a información pública por el Ministerio de Hacienda, donde se indica que el alza del 5% del salario mínimo interprofesional hasta 15.875 euros anuales en catorce pagas (1.132 euros mensuales) acordada entre Gobierno y sindicatos para este año obliga a revisar la regulación del Reglamento del IRPF para evitar que estos contribuyentes soporten retención o ingreso a cuenta. Con este aumento del mínimo exento, los beneficiarios del SMI, que el Gobierno estima en 2,5 millones, no estarán sujetos a retención dado que ese mínimo coincidirá con la cuantía anual que el SMI.

¿Qué pasa con los salarios más cercanos al salario mínimo? 

Según el documento, la mejora se extenderá también a estos para evitar "un claro error de salto" que les haría tener que asumir retenciones mucho más elevadas. Para evitarlo, los contribuyentes con rendimiento netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales (21.000 euros brutos) verán reducidas sus retenciones o ingresos a cuenta.

Esto se traduce en que a las rentas del trabajo comprendidas entre los 15.876 euros y los 19.747,5 euros netos se les practicarán menos retenciones de las que les corresponderían y menos de las que se aplican ahora, que ya están rebajadas. A efectos del cálculo de retenciones, el rendimiento neto del trabajo se reducirá 7.302 euros para rentas inferiores a 14.852 euros, una cuantía que se reduce a medida que aumenta la renta.

Hacienda calcula que con la subida del mínimo exento y la rebaja de retención de salarios cercanos al mismo dejará de recaudar 1.385 millones de euros que se distribuirían entre las administraciones territoriales y la Administración General del Estado al estar el IRPF parcialmente cedido a las comunidades.

Varía según el estado civil, el número de hijos...

El cambio en las retenciones en el IRPF se aprobará en el mismo Consejo de Ministros en el que se dará 'luz verde' a la subida del SMI para después pasar a modificar la normativa del IRPF, probablemente en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2024.

03 enero

Esta calculadora de Hacienda te dice cuál debe ser el IRPF que te quiten en tu nómina de 2024 para aprovechar las ventajas fiscales

2024 ya está aquí, y con este nuevo año también llegan diferentes cambios fiscales que son realmente interesantes de cara sobre todo a la futura campaña de la renta que arrancará en primavera. Y es que cuando un trabajador recibe una nómina es importante fijarse en la retención de IRPF que se aplica y que se va a terminar ajustando en la futura Renta.


Todo el mundo quiere tener un IRPF lo más bajo posible, del 0%, para tener un sueldo más elevado. Pero el problema llega con la Renta, donde todo se regulariza y estas nóminas son duramente "castigadas" con el pago de un alto impuesto. Esto no ocurre si durante todo el año se ha ido pagando poco a poco el IRPF con un porcentaje adecuado con el objetivo de que en la Renta no tengamos que pagar casi nada o incluso nos devuelvan un poco de dinero.

En este 2024 han cambiado algunas rentas fiscales. Únicamente van a estar obligados a presentar la Renta aquellos trabajadores que hayan ganado 15.000 euros o más cuando se tiene dos o más pagadores (antes era de 14.000 euros), además de otras deducciones y también la obligación de presentar la renta online.

La calculadora de Hacienda que te permite conocer el IRPF de tu nómina de 2024

Es por ello que se hace muy importante saber la cantidad de IRPF que nos tenemos que desquitar en cada nómina. Para saberlo, se tendrá que acceder al nuevo simulador en la web de la Agencia Tributaria en su Sede Electrónica. Este se ha actualizado hace pocos días para ajustarse a los cambios fiscales del 2024.

En esta web simplemente se van a tener que introducir los datos personales, de discapacidad, de situación laboral y familiar. En este último es importante destacar que la situación 1 es para aquellas personas que tengan hijos a su cargo, pero que no están casados, mientras que la situación 2 es para casados legalmente. La situación 3 queda únicamente para los solteros, viudos o separados que no tienen hijos

En la parte izquierda se encuentran los diferentes apartados de este simulador para introducir los descendientes y ascendentes que se tienen en casa (haciendo hincapié en los menores de edad) y también los datos económicos. Con respecto a estos últimos, es importante tener las nóminas a mano para introducir el sueldo bruto (sin quitar impuestos) de todo un año. Se pueden tomar las nóminas del año anterior como referencia si es el mismo puesto de trabajo.

Igualmente, también se pueden introducir otras reducciones y gastos del trabajador como el pago a la Seguridad Social o la mutualidad de los funcionarios. Y por último, si se cumple algún dato de regularización como adquirir una residencia en Ceuta, Melilla o La Palma, haber perdido la residencia habitual en estas ciudades o haber cambiado de situación familiar, se podrán ver los resultados finales.

08 diciembre

Cuánto dinero se queda Hacienda de tu sueldo: esta es la tabla de retenciones del IRPF

El departamento dirigido por María Jesús Montero se queda con una parte de lo que gana el trabajador por su actividad laboral a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estos son los más perjudicados


El año termina en un mes y, con él, se cierra el ejercicio de 2023. En lo que respecta a la Declaración de la Renta es el momento clave para reducir el gravamen fiscal del IRPF que hay que presentar entre abril y junio de 2024 sobre el año anterior trabajado, es decir, el de 2023. Aunque muchos deudores pretenden reducir el importe a pagar, e incluso buscar trucos de última hora que te devuelvan dinero en la declaración de la Renta, la realidad es que Hacienda se va a quedar un porcentaje de lo que pagamos sí o sí, pero ¿de cuánto dinero hablamos?

Para empezar, este dinero que nos descuenta Hacienda de nuestro sueldo como trabajador se destina a complementar las cotizaciones necesarias para cobrar una pensión de jubilación en el futuro. En el caso de no haber generado ningún ahorro, esta es la hucha que, desde hace años, pagan los ciudadanos españoles a través del IRPF.

Por otro lado, a la hora de buscar un nuevo trabajo, hay que tener en cuenta que cuánto más alto es el salario del trabajador, mayor es el porcentaje que recauda la Agencia Tributaria. En este sentido, también es importante tener en cuenta las retenciones del IRPF que realiza Hacienda.

La tabla de retenciones del IRPF

Estas se denominan retenciones, ya que, de alguna manera, Hacienda guarda ese dinero para que, a la hora de hacer la Declaración de la Renta, tengas que pagar menos. No obstante, en la medida de lo posible, intentan aproximarse al pago que deberás hacer entre abril y julio del año que viene, sí, cuando pagarás a la Agencia Tributaria. Sin embargo, esta estimación no siempre corresponde y cuadra con cada trabajador, y por ello hay que ir con cuidado.

En el caso de que las retenciones del IRPF en la nómina sean menos de lo que nos corresponde a pagar en la Renta, a la hora de hacer la declaración nos sale a pagar. Pero, de lo contrario, si estas han sido más altas de lo que corresponde, nos sale a devolver y Hacienda nos ingresará ese dinero que se pagó en algún momento.

18 octubre

¿Cuál es la retención de IRPF mínima permitida por Hacienda en las nóminas?

Las retenciones son un adelanto en base a la estimación de rendimientos. Pero, de abril a junio se debe presentar la declaración de la Renta para ajustar lo pagado respecto a lo que realmente corresponde.


Al analizar la nómina de un trabajador se pueden observar, entre otros datos, el concepto por retención de IRPF. Cada mes, del salario que paga la empresa, debe descontar el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es un concepto clave para la fiscalidad del trabajador, ya que dependiendo de la retención que se aplique después tendrá que ajustar cuentas con Hacienda en la declaración de la Renta. Pero, ¿cuál es la retención mínima que se puede aplicar en las nóminas?

En concreto, el IRPF es un tributo de carácter personal y directo que grava sus ingresos de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares. Así, el objeto de este impuesto es la renta del contribuyente, que, según indica la legislación, es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales.

Se trata de un impuesto que no se paga de manera puntual, sino que se aplican retenciones y la declaración de la Renta sirve para ajustar cuentas, tanto si se ha pagado de más como de menos. Es decir, las retenciones suponen un adelanto en base a la estimación de ingresos y rendimientos que se prevén para cada contribuyente. Pero, de abril a junio los contribuyentes deben presentar la declaración de la Renta para ajustar lo pagado respecto a lo que realmente les corresponde.

Retención del IRPF mínima permitida

En el caso de los rendimientos del trabajo, la retención de IRPF que se aplicará dependerá del sueldo bruto que se va a recibir cada mes, el tipo de contrato y su duración o las circunstancias familiares de cada trabajador. Además, la Agencia Tributaria realiza una estimación a partir de un algoritmo que tiene en cuenta la edad del contribuyente, la situación familiar, la situación laboral o su retribución para fijar el mínimo correspondiente a cada tramo de ingresos.

Pero, con independencia de las circunstancias de cada trabajador, existe una retención mínima que se deberá aplicar siempre. Está fijada en el 2%. Este importe mínimo se aplica, por ejemplo, a los contratos temporales, de duración inferior a un año, en prácticas, convenios con becarios, actividades agrícolas y ganaderas y actividades forestales. Se puede solicitar un incremento, pero no rebajar la retención por debajo del mínimo que corresponde a cada trabajador.

Es posible que la empresa aplique la retención mínima, pero eso no le interese al trabajador porque si tiene más ingresos probablemente deberá pagar al presentar la declaración de la renta. Si el trabajador quiere evitar que la declaración de la Renta salga ‘a pagar’, puede pedir un incremento de la retención del IRPF a su empresa. De esa manera, pagará más cada mes en concepto de IRPF. En ese sentido hay que tener en cuenta que este cambio no implica pagar menos impuestos, se pagará lo mismo, pero de esta forma se distribuye el importe mes a mes.

25 marzo

Los contribuyentes pagarán entre 9 y 550 euros menos en el IRPF en función de su renta y región

Las regiones utilizan su capacidad normativa para deflactar o modificar los tramos


Los españoles pagarán este año en el impuesto sobre la renta de la personas físicas (IRPF) entre 9 y 550 euros menos que lo abonado en el ejercicio anterior, una vez se liquide la Renta de 2022. Los motivos se encuentran en los ajustes que el Gobierno central fijó recientemente para las rentas inferiores a 21.000 euros, en las subidas de las cotizaciones sociales, en las deflactaciones y rediseños autonómicos de las tarifas del impuesto y, por último, en la actualización de los tipos mínimos regionales.

Este compendio de medidas –sobre todo la impulsada por el Ministerio de Hacienda– beneficiará principalmente a las rentas bajas de 16.000 y 20.000 euros, que podrán ahorrarse entre 540 y 300 euros en función de cada comunidad autónoma, con la única excepción de las forales. Por su parte, los contribuyentes de más ingresos, a partir de los 100.000 euros, dejarán de pagar una media de 150 euros. Los menores alivios los tendrán los contribuyentes de 30.000 euros, con descuentos medios inferiores a los 10 euros. Todo dependerá, no obstante, de cada región.

Los datos están recogidos en el Panorama de la fiscalidad autonómica y foral para 2023, presentado ayer por el Consejo General de Economistas y el REAF. Según explicó el presidente de los asesores fiscales, Agustín Fernández, las comunidades autónomas han utilizado su capacidad normativa para adoptar medidas con las que paliar la inflación. En este contexto, ocho regiones han deflactado o bajado la tarifa del IRPF, mientras que otro grupo ha modificado al mismo tiempo los mínimos personales y familiares.

Llegado este punto, y teniendo en cuenta que ninguna autonomía tiene una tarifa similar a la estatal, el ahorro general que habrá en 2023 varía sustancialmente entre comunidades. En este contexto el REAF ha tomado como ejemplo para sus simulaciones el caso de un contribuyente soltero, menor de 65 años y sin hijos que obtiene únicamente rentas del trabajo.

Este perfil, en el caso de unas rentas de 16.000 euros, tendrá la tributación más favorable en la Comunidad Valenciana, con una cuota a pagar de 314 euros. La factura más elevada estará en País Vasco, con 1.207 euros. En el caso de unos ingresos de 20.000 euros, la mejor situación fiscal estará en Madrid y la peor en Navarra. Para 30.000 euros, País Vasco es la región más barata y Cataluña la más cara.