30 noviembre

El juzgado de lo Social da un duro varapalo a una Mutua y a la empresa de un trabajador que se lesionó en horario laboral y pretendían hacerlo pasar por enfermedad común

El juzgado de lo Social da un duro varapalo a una Mutua y a la empresa de un trabajador que se lesionó en horario laboral y pretendían hacerlo pasar por enfermedad común: ‘Ocurrió en horario laboral y en su puesto de trabajo, por tanto, es accidente laboral’


El juzgado de lo Social número 7 de Valencia ha dado la razón a un vigilante de seguridad que sufrió una lesión en un codo mientras trabajaba y que tanto la Mutua laboral como la Seguridad Social pretendían hacer pasar por enfermedad común en vez de accidente laboral.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, el vigilante, que prestaba sus servicios en un furgón blindado de transporte de dinero de la empresa Loomis Spain SA, sintió un fuerte pinchazo en el codo del brazo izquierdo mientras cargaba las bolsas de efectivo, cada una de ellas de unos 15 kilos.

Por este motivo, tuvo que dejar su puesto de trabajo y acudir a la Mutua donde fue examinado por una doctora a la que explicó que desde hacía dos meses sentía dolor en el brazo izquierdo, con el que descarga las bolsas de efectivo, pues el derecho lo tiene siempre libre por si tuviera que hacer uso del revolver.

La doctora de la Mutua elaboró un informe en el que señalaba que ‘no se evidencia aumento de volumen en codo izquierdo ni cambios de temperatura en región de epicóndilo radial y trayecto…’ y que ‘la rotación interna y externa despiertan discreto dolor‘.

Por todo ello, la doctora concluyó su informe informando que ‘la sintomatología no es consecuencia del evento referido, sino de patología de tipo crónico, degenerativa u orgánica (epicondilitis lateral)’, por lo que lo derivó a la Seguridad Social, donde se le emitió parte de baja.

Posteriormente, el vigilante se realizó una ecografía que determinó que había sufrido una ‘microrrotura fibrilar 3×4 mm‘, que le mantuvo de baja siete meses, por lo que solicitó al INSS que le fuese reconocido el carácter laboral del accidente, lo que le fue denegado.

Este es el número máximo de días seguidos que puedes trabajar según la ley

Una de las cuestiones más planteadas entre trabajadores de todos los sectores de actividad es el número máximo de días seguidos que se pueden trabajar sin descansar según la ley. 


Pues bien, el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece los derechos de los empleados a disfrutar de periodos de descanso regulares a lo largo del día, la semana y el año. Incluye disposiciones importantes en relación con la duración del trabajo y los tiempos de descanso.

El artículo establece que el descanso semanal debe ser de al menos un día y medio consecutivo para la mayoría de los trabajadores, a excepción de los menores de 18 años, que tienen derecho a dos días. Estos periodos no necesariamente deben darse semanalmente, sino que se pueden acumular en un plazo de 14 días. Esto significa que durante dos semanas, un empleado tiene derecho a un mínimo de tres días de descanso.

«La Sentencia de 9 de noviembre de 2017 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que interpreta la Directiva 2003/88/CE sobre el descanso semanal, se pronunció sobre esta cuestión estableciendo que se pueden trabajar como máximo 12 días seguidos, y que el día de descanso correspondiente puede distribuirse de manera libre por la empresa, es decir, no tiene por qué tener lugar al séptimo día de trabajo obligatoriamente», explica el despacho de abogados Ceballos Gestiona, según recoge el diario ‘La Razón’.

Por otro lado, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores establece que la duración máxima de las horas ordinarias de trabajo no puede exceder las nueve horas al día, siendo ocho horas para los trabajadores menores de 18 años. Sin embargo, la distribución de este tiempo puede variar si se acuerda por convenio o entre los empleados y sus representantes.

En cualquier caso, debe haber un periodo mínimo de descanso de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. Además, si la jornada diaria supera las seis horas consecutivas, se debe incluir un descanso obligatorio de al menos 15 minutos.


28 noviembre

Las empresas pueden controlar el tiempo que tardan los empleados en ir y volver del médico

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha considerado que esta medida, lejos de ser una modificación sustancial de sus condiciones, dota de "una mayor seguridad jurídica" a los trabajadores


Controlar el tiempo que dedican los empleados en acudir al centro médico y en volver a las instalaciones empresariales a través de Google Maps no resulta una intromisión a la intimidad ni supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, según una reciente sentencia publicada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La Justicia ha confirmado esta conclusión al ratificar una sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado de lo Social número 32 de Madrid. Esto ocurrió después de que tres empleados de Bottcher Ibérica, S.A., una empresa con sede en Madrid dedicada a la fabricación de productos químicos, presentaran un recurso de suplicación contra una decisión anterior que desestimaba su demanda contra la compañía. En su escrito, los tres trabajadores, quienes también son representantes sindicales, argumentaron la vulneración de los artículos 1256, 1281 y 1284 del Código Civil.

La queja surgió el 10 de marzo de 2022, cuando la empresa anunció ajustes que, con efecto inmediato, regularían el tiempo que los empleados debían computar al usar las licencias según lo establecido en el Convenio Colectivo. En primer lugar, especificaron que el tiempo indispensable para el desplazamiento de ida al médico sería, como máximo, el tiempo indicado por Google Maps, más veinte minutos para cubrir la búsqueda de estacionamiento. Por otro lado, estipularon que el tiempo de regreso al centro de trabajo se limitaría al tiempo indicado por Google Maps desde el médico. En este sentido, también indicaron que –en caso de requerir acompañamiento– se incluiría el tiempo necesario para llevar de vuelta a los acompañantes al lugar de recogida o a su domicilio.

En caso de excederse del tiempo señalado, la empresa también informó de que «todo exceso tendrá que ser recuperado dentro del mes en el que se haya utilizado o será descontado de la nómina«. Una modificación que los 43 trabajadores de la empresa, representados por los demandantes, consideraron ampliamente «sustancial», pues anteriormente lo único que tenían que hacer para ir al médico era comunicar a la empresa, con carácter previo, la cita sanitaria, así como entregarles un justificante elaborado por algún profesional de la salud con posterioridad.

La magistrada de instancia basó su pronunciamiento desestimatorio en la consideración de que «la mercantil demandada se limitó a implantar un sistema de control y regulación del desarrollo y cumplimiento de la jornada laboral de los trabajadores, en ejercicio del poder de organización y dirección empresarial» , lo que para ella no entrañó modificación sustancial alguna.

Los vigilantes de seguridad de los centros comerciales no pueden actuar en el interior de las tiendas si se producen hurtos

Hurtos, agresiones, vómitos, defecaciones, orines y relaciones sexuales. A estos retos son a los que se tienen que enfrentar los dependientes de las tiendas de ropa que acuden cada día a su jornada laboral con el objetivo de atender al cliente, mantener el local limpio y ordenado, cobrar en caja, reponer o planchar.


Es más, hace unos días se hizo viral un vídeo en redes sociales en el que una mujer perdía los nervios en una tienda de Bershka en Burgos. Comenzó a destrozar todos los expositores con ropa, tiró todo lo que se encontraba a su paso al suelo y fue reducida por los propios clientes. Las dependientas pedían que llamasen a la Policía.

Y aunque en estos asuntos suele intervenir el vigilante de seguridad, lo cierto es que a partir de ahora, aquellos que trabajen en centros comerciales no podrán actuar en el interior de la tienda si se está produciendo un hurto.

Esta decisión es consecuencia de una reunión que mantuvieron profesionales del sector con la Unidad Central de Seguridad Privada de Policía Nacional -que es quien regula lo relativo a las funciones de vigilantes de seguridad- tras las inspecciones realizadas en centros comerciales donde se han levantado diversas actas, explica un comunicado al que ha tenido acceso Confilegal.

Incluso la posible intervención que se pueda dar en zonas comunes deberá ir acompañado de una buena justificación y de pruebas fehacientes de la comisión de un delito, como, por ejemplo, el contenido de las cámaras de seguridad o la intención del local de interponer una denuncia.

HAY EXCEPCIONES

Pero hay excepciones. Podrán actuar si son testigos directos de un delito “in fraganti”, si hay un riesgo real para la integridad de una persona física, una amenaza, una incidencia sanitaria o un aviso de bomba. Por lo que tendrá que modificarse la normativa y la Ley 5/2014, de Seguridad Privada.

Esta nueva forma de actuar se implantará, en principio, en todas las Comunidades Autónomas menos en Cataluña y País Vasco porque tienen delegadas las funciones de seguridad privada en las policías autonómicas.

En caso de que una tienda avise sobre un hurto, tendrán que llamar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y si la persona se da a la fuga por todo el centro comercial, podrán detenerle en las zonas comunes hasta la puesta a disposición de la policía si el comercio tiene pruebas de ese hurto o robo y presenta una denuncia.

Si es necesario, le trasladarán al cuarto de intervenciones para asegurar la integridad física y moral del detenido.

27 noviembre

Los delegados de prevención tienen derecho a acumular el crédito horario, aunque la norma no aluda a ellos

El Supremo falla que se les debe reconocer los mismos derechos, y en los iguales términos, que a los representantes legales y sindicales de los trabajadores


Tribunal Supremo ha dictado recientemente sentencia reconociendo el derecho de los delegados de prevención a acumular el crédito horario en los mismos términos que los representantes legales y sindicales de los trabajadores, pese a que los delegados no aparezca expresamente referenciados en el convenio colectivo de aplicación.

La Sala de lo Social falla que, la remisión que hace el artículo 37.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laboral (LPRL) al bloque normativo del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores (ET), determina que sean extensible a los delegados de prevención los mismo derechos, garantías y prerrogativas contenidos en el mencionado precepto del ET, ya que dicho artículo habilita la posibilidad de que la negociación colectiva permita pactar la acumulación del crédito horario entre los distintos integrantes de los órganos de representación unitaria de los trabajadores, esa misma previsión debe ser igualmente aplicable a los delegados de prevención cuando el convenio colectivo admite la acumulación.

A pesar de que no exista una concreta referencia a los delegados de prevención en la norma convencional, “la integradora interpretación de los artículos 37.1 LPRL y 68 ET conduce a la equiparación de estas figuras, la solución debe ser necesariamente favorable a tal equiparación cuando el convenio colectivo no excluye de manera expresa a los delegados de prevención”.

Asimismo, el Supremo, recordando jurisprudencia, hace mención a la sentencia 956/2016, de 16 de noviembre, dictada por la misma Sala en la que se resolvió que el reconocimiento de las garantías del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores no está exclusivamente vinculado al ejercicio de la acción sindical por parte de los representantes legales de los trabajadores, sino que, por el contrario, es extensible a quienes ejercitan tareas de protección y prevención de riesgos laborales, en aras a evitar que puedan sufrir perjuicios adicionales por el desempeño independiente y reivindicativo de esa actividad que puede llevarles a desencuentros importantes con su empleador.

“Hay identidad de razón en la protección que el art. 68 ET dispensa a los trabajadores que defienden intereses colectivos en su condición de representantes legales, con la tutela que ha de otorgarse a quienes actúan en protección de intereses igualmente colectivos en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, a los que ya hemos visto que los artículos 34 y 35 LPRL califican incluso como representantes de los trabajadores en esta materia, cuando se trata de los delegados de prevención».

Así será la nueva reforma del paro en España y cuando entrará en vigor

* La simplificación de las prestaciones y subsidios de desempleo afectará a 800.000 españoles y permitirá que sean compatibles con un empleo. 
* La reforma del paro impactará en 800.000 personas, en su mayoría de más de 50 años


El nuevo Gobierno de España afrontará en esta legislatura una reforma significativa del sistema de prestaciones y subsidios por desempleo. El Ejecutivo recién configurado que lidera Pedro Sánchez mantiene en las principales carteras económicas a Nadia Calviño (Economía); Yolanda Díaz, que repite al frente de Trabajo, y María Jesús Montero (Hacienda), con categoría de vicepresidentas y serán las que lideren esta transformación en la forma de cobrar el paro que es crucial para que la Unión Europea libere el pago de los fondos Next Generation. 

Qué cambiará con la nueva reforma del paro: de la cuantía del subsidio al IPREM

Esta reforma de los subsidios de desempleo ha sido recomendada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que ha subrayado su urgencia. El objetivo es racionalizar la eficacia del sistema de pensiones, facilitar la compatibilidad con el empleo a tiempo completo, reconfigurar la tasa de sustitución de los subsidios y modernizar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

En el fondo, afectará a más de 815.400 parados españoles que cobran un subsidio de 480 euros al mes (el 80% del IPREM) por no tener trabajo, haber agotado la prestación o no cumplir los requisitos para cobrarla.

En este grupo, los mayores de 50 años son más del 70%. En Aragón, por ejemplo, dos de cada tres parados superan la cincuentena. Estos serán los que se verán beneficiados o perjudicados por el cambio en los subsidios de desempleo. Cambiarán, probablemente, las condiciones, la duración y la cuantía de estas ayudas por no tener trabajo. 

Con la nueva reforma del paro que propone el Ejecutivo, el subsidio no desaparecerá al encontrar trabajo, sino que la prestación se irá reduciendo en relación con los ingresos totales percibidos. De esta forma se evitará el hecho de que haya quienes rechacen ofertas de trabajo por los bajos salarios. La modificación trata de eliminar los incentivos que promueven una larga permanencia en una situación de inactividad. 

El diseño de la reforma no modificará el subsidio total percibido, pero sí las cantidades a cobrar en función del tiempo que se lleva recibiendo el subsidio. Los desempleados recibirán así más dinero al principio y la cantidad se irá reduciendo de forma gradual para incentivar la búsqueda de empleo. El Gobierno espera que esto estimule la participación en el mercado laboral. Quienes no encuentren empleo podrán recurrir al (IMV) Ingreso Mínimo Vital.

Nuevo mordisco en la nómina a partir de 2024: cuánto le quitarán del sueldo a cada trabajador

Esta medida de la Seguridad Social prevé conseguir más de 3.700 millones de euros durante el próximo año


Los casi 21 millones de afiliados a la Seguridad Social notarán el año que viene un nuevo recorte en sus salarios debido a la nueva cuota destinada a fortalecer la reserva de pensiones, más conocida como 'la hucha de las pensiones'.

La medida, que entró en vigor en enero de este año, se incrementará en 2024, cuando será del 0,7 % del salario bruto que percibe cada empleado. Con esta contribución, bautizada como Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), el Fondo de Reserva de la Seguridad Social recibirá 3.702 millones de euros.

Cuánto aportará cada trabajador

La aportación de cada trabajador a la hucha de las pensiones es diferente en función de cuál es su nivel de ingresos. Según datos de Estadística, las contribuciones previstas en 2024, cuando suban hasta el 0,7 % del salario bruto, variarán entre los 48 y los 428 euros al año.

El sueldo medio en España es de 2.087 euros brutos mensuales; en estos casos, la aportación de los trabajadores con ese salario será de 15 euros al mes, lo que hará un total de 175 euros al año.

El máximo previsto del MEI para el año próximo, los 428 euros anuales, procederán de las nóminas más elevadas, ya que la cuota es escalonada: a más ingresos, mayor aportación. En concreto, aquellos que tengan unos ingresos mensuales de 5.100 euros brutos, entregarán un total de 428 euros al año (36 euros al mes) a la reserva de las pensiones.

Los porcentajes de esta contribución irán creciendo conforme avancen los años. De hecho, el Gobierno planea escalonar la aportación hasta que en el año 2029 sea del 1,2 % del salario bruto mensual (actualmente es del 0,6 % y el año que viene será del 0,7 %).

Sindicatos tachan de "decepcionante" el presupuesto andaluz para 2024 al "no resolver" los problemas de los ciudadanos

Los sindicatos UGT-A, CCOO-A y CSIF-A han tachado de "decepcionante" el presupuesto presentado por la Junta de Andalucía para el año 2024, al "no resolver" los problemas de la ciudadanía andaluza "ni reforzar" los servicios públicos.


Desde UGT-A, el secretario de Institucional de la Unión General de Trabajadores de Andalucía, Rafael Gelo, durante su comparecencia en el Parlamento en la Comisión de Economía, Hacienda y Fondos Europeos relativa al Proyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, ha manifestado que los presupuestos "no cumplen las expectativas de la ciudadanía andaluza".

"Andalucía debe contar con unos presupuestos para el próximo año basados en la equidad, la solidaridad y la justicia social, y estas cuentas no van por ese camino si realmente queremos converger con las regiones más prósperas de España y de Europa", ha expuesto.

De igual forma, Gelo ha subrayado que ante la ralentización de la economía y los efectos negativos de la inflación, el Gobierno andaluz "debe dirigir estas cuentas a sortear sus consecuencias a través de unos presupuestos que trasladen seguridad y tranquilidad a las familias y a los trabajadores", continuando con "el estímulo de las ayudas complementarias en el tramo autonómico para luchar contra la elevada inflación", ha dicho.

En cuanto a las cifras del presupuesto, la organización sindical considera que el aumento en un 2,5% en su dotación resulta "insuficiente" de cara a atenuar los efectos de los recortes del Estado del Bienestar tras las sucesivas crisis sufridas.

Aunque de los 46.753 millones de euros del Presupuesto para 2024, el 30,4% se destinan a la Consejería de Salud, "continuamos estando a la cola de gasto por habitante, a pesar de haber aumentado un 3% con respecto al año pasado". "Y tampoco sirve de nada los 8.866 millones para Educación, con una subida del 4,1%, si nuestros índices de abandono escolar siguen siendo los más altos no ya de España, sino de Europa", ha añadido.

Por todo ello, el líder sindical ha resaltado que la "prioridad" del presupuesto debe ser el fomento del empleo, en especial, el empleo juvenil y la inserción de colectivos vulnerables, junto con un nuevo impulso al trabajo autónomo.

24 noviembre

La asociación Justicia por la Sanidad descubre más corrupción del SAS en conciertos con hospitales de ASISA, Cruz Roja y Orden de San Juan de Dios

Ante la gravedad de los hechos detectados e investigados, la asociación Justicia por la Sanidad ha presentado una denuncia en la Oficina Andaluza Antifraude, aportando los datos y documentos necesarios para que inicie la correspondiente investigación y comprobación, advirtiendo a dicha Oficina que, a la luz de lo hechos manifestados, el Servicio Andaluz de Salud y el gobierno andaluz podrían obstaculizarla.


La asociación Justicia por la Sanidad vuelve a destapar, una vez más, la corrupción existente en el SAS en materia de contratación administrativa. Y en este caso, con conciertos sanitarios con empresas o entidades privadas. En este artículo se destapa sólo una parte de los graves hechos, porque el resto se publicará en siguientes artículos.

Dada la gravedad de los hechos descubiertos, la primera medida que ha adoptado la asociación ha sido denunciarlo en la Oficina Andaluza Antifraude, aportando los documentos y datos necesarios para que actúe con arreglo a sus competencias. La asociación se ha ofrecido a colaborar con dicha Oficina en este caso y en los siguientes casos que se irán denunciando, dado que la asociación considera muy grave la corrupción que existe en el SAS en materia de contratación con empresas privadas, donde la transparencia brilla por su ausencia. Y de todo esto hay claros responsables, aunque Moreno Bonilla mire para otro lado.

Desde 2018, en todos sus informes anuales, el Interventor Provincial de Sevilla ha recordado a la Plataforma Logística Sanitaria de Sevilla, uno de los órganos de contratación del SAS, que la falta de adopción de las medidas concretas de corrección para subsanar las deficiencias observadas en las recomendaciones derivadas de los incumplimientos identificados en los apartados de salvedades de especial relevancia, así como la no tramitación de los reintegros que puedan proceder de las mismas, podrá dar lugar a la emisión de un informe de actuación, tal como figura en una instrucción de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, el Interventor ha reiterado graves incumplimientos cometidos por el SAS en todos los informes anuales (2018, 2019 y 2020), cuyos dictámenes fueron todos desfavorables (ver artículo de mayo de 2023), sin que hasta ahora la Intervención del SAS haya emitido algún informe de actuación, al menos que se conozca. Sería clarificador para la ciudadanía que la Intervención diera a conocer los motivos de la falta de emisión de dicho informe de actuación, a pesar de reiterar cada año los mismos incumplimientos legales de especial relevancia.

A pesar de estos graves incumplimientos reiterados por la Intervención, el portavoz del gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco, manifestó literalmente que “el Servicio Andaluz de Salud es ejemplar siempre a la hora de la tramitación administrativa de los diferentes contratos”, en la rueda de prensa del pasado 24 de octubre, tras la reunión del consejo de gobierno y en respuesta a la pregunta del periodista de este diario, Paco Núñez.

Los sindicatos ven insuficiente la propuesta de CEOE para subir el salario mínimo un 3% y Trabajo baraja el 3,7%

CC OO y UGT creen que es prioritario elevar la cuantía hasta el 60% del salario medio y desvincularla de parámetros ligados a la inflación


Los sindicatos CC OO y UGT han rechazado este jueves a la propuesta de las patronales CEOE-Cepyme para elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 3% en 2024 hasta los 1.112 euros mensuales, como propusieron este miércoles las organizaciones empresariales. Ambas centrales sindicales “valoran positivamente la voluntad manifestada por los empresarios”, pero consideran que la subida del SMI tiene que garantizar el cumplimiento del mandato de la Carta Social Europea —60% del salario medio del país)— tal y como se recoge en el acuerdo de investidura. Dicho acuerdo también incluye que esta renta debe garantizar que sus beneficiarios no pierden poder adquisitivo.

En cualquier caso, la propuesta de la patronal quedaría también por debajo del umbral del que ha hablado este jueves la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien ha recordado que la inflación media anual con datos hasta noviembre —con la que se subirán las pensiones— oscilará entre el 3,7% y el 3,8%, como clara referencia a la que podría tener Trabajo para elevar el salario mínimo. El ministerio, que deberá tomar una decisión sobre cuánto subir esta renta en las próximas semanas y tras escuchar las propuestas de los agentes sociales, aún no ha convocado a patronal y sindicatos a la reunión pertinente, si bien esto podría producirse de un día para otro, según fuentes de la negociación.

Si bien, los responsables sindicales se han mostrado contrarios a la disposición patronal a vincular la subida del salario mínimo a lo acordado entre los máximos dirigentes de CC OO, UGT y CEOE-Cepyme para subir los salarios del sector privado un 3% en 2024 y otro 3% en 2025, como quedó recogido en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) firmado en mayo pasado. El argumento sindical para no replicar las subidas de los salarios pactados en los convenios en el alza del salario mínimo es que lo acordado en el AENC “recoge cláusulas vinculadas a la evolución de la inflación, habituales en los convenios colectivos, pero de difícil aplicación en el SMI”. Aunque la propuesta de Díaz también vincula el incremento del SMI al IPC, en este caso al promedio anual de noviembre de 2023 sobre diciembre de 2022.

En lugar de esta vinculación al IPC general, los sindicatos consideran que la cuantía del salario mínimo debe “garantizar los estándares europeos de dignidad y suficiencia”. Para ello, han introducido un nuevo elemento a tener en cuenta para determinar el alza de la renta mínima: la evolución de los precios de los productos básicos, como la alimentación, que constituyen la parte fundamental de la cesta de la compra de quienes perciben la renta básica, para garantizar que este salario cubre las necesidades básicas de las personas trabajadoras y sus familias.

En cualquier caso, CC OO y UGT manifiestan su disposición a negociar, “como siempre”, el incremento del SMI y, en ese sentido, solicitan al Gobierno que cuanto antes proceda a convocar a los interlocutores sociales para abordar este proceso, “con la voluntad de llegar a un acuerdo sobre una cuestión tan importante para las personas trabajadoras”.

23 noviembre

Actas de la 9° reunión del pleno del Comité de empresa de Trablisa Sevilla (22/11/23)

Os dejo las actas de la 8° reunión del pleno del Comité de empresa de Trablisa Sevilla, celebrada el miércoles 22 de noviembre de 2023.


Actas de la 9° reunión del pleno del Comité de empresa de Trablisa Sevilla (22/11/23) by Ugt Trablisa Sevilla on Scribd



22 noviembre

El Gobierno pone en venta un tercio de los edificios de los sindicatos por poco uso

Hasta 220 inmuebles, de un total de 558, están en gestión de venta. Algunos están abandonados


Los cambios en el mercado laboral, la caída de la afiliación, el empuje de los sindicatos profesionales, además de la necesidad de reorganizar el ingente patrimonio del Estado han propiciado que a día de hoy hasta 217 inmuebles sindicales -solares, viviendas, edificios y locales- estén a la espera de ser vendidos.

Los datos a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE proceden del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del de Hacienda y Función Pública y muestran que hasta 157 edificios del Patrimonio Sindical están en gestión de venta o permuta. Esto supone uno de cada tres edificios de un total de 519.

Algunos de ellos todavía permanecen activos y gestionados por los sindicatos. Otros tienen un deficiente estado de conservación. El resto está vacío u ocupado. El principal problema es que la venta de estos inmuebles -salvo excepciones- no resulta fácil. Algunos llevan décadas en la cartera de enajenación del ministerio. Las provincias de Barcelona (19) y la de las Asturias (11) desindustrializada, envejecida y sin minería son las que más inmuebles tienen en oferta.

Según los datos de Trabajo, hay tres edificios emblemáticos -en Madrid, Igualada (Barcelona) y Betanzos (La Coruña)- que ya tienen avanzado su proceso de venta -a través de subasta- o permuta. Se trata de la sede de la calle Cristino Martos, en el centro de Madrid, que gestionó, Comisiones Obreras. Lleva años en venta y su estado es de total abandono. Cuenta con una superficie de 5.357 metros cuadrados y estuvo ocupado por la organización de ultraderecha Hogar Social. Trabajo ha cerrado el plazo de presentación de ofertas para su permuta, pero lleva intentando vender el edificio desde 2009.

Operaciones en marcha

Mientras, está prevista la subasta de un sede de Comisiones Obreras en la localidad de Igualada. Está en la calle Jacinto Verdaguer, 122. Cuenta con 1.800 metros y su estado también es de abandono. El último edificio con una operación de venta en marcha está localizado en Betanzos y su estado de deterioro es importante. Su venta al Ayuntamiento lleva gestionándose desde hace cuatro años.

21 noviembre

La campaña de la Inspección de Trabajo sobre fijos discontinuos detectó contratos irregulares en la mitad de los casos

Los planes de choque a través del envío masivo de cartas a empresas tienen una elevada detección de fraude: este alcanzó a 90.200 relaciones laborales y “se han regularizado 44.284 contratos”


La Inspección de Trabajo convirtió “más de 55.000 contratos fijos discontinuos” en indefinidos ordinarios hasta octubre, anunció hace unos días el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey. De estos, gran parte fueron objeto del Plan de Choque lanzado por el organismo público este año, consistente en el envío masivo de cartas a empresas ante presuntos incumplimientos detectados por el cruce masivo de datos. Presuntos que se confirmaron en muchos casos: la mitad de los contratos investigados se saldaron con regularizaciones, “44.284 contratos”.

La detección de fraude a través de estas campañas masivas de cartas sigue obteniendo altos ratios de detección de irregularidades, como ha ocurrido con las que se han centrado en la contratación temporal fraudulenta, iniciadas en 2018. “En este Plan de Choque se enviaron 26.667 cartas que afectan a casi 90.200 relaciones laborales”, responden en el Ministerio de Trabajo. “Por esa vía se han regularizado 44.284 contratos”, añaden, es decir, el 49% del total analizados.

Además, por la actuación ordinaria de la Inspección se han convertido en indefinidos ordinarios “otros 11.149 contratos” fijos discontinuos, añaden en el departamento de Yolanda Díaz. En total, esas más de 55.000 conversiones entre enero y octubre.

469.000 euros en multas

Las multas a las empresas por estos contratos fijos discontinuos irregulares alcanzan “cerca de 469.000 euros” en 2023, responden en Trabajo, “que se enmarcan dentro de la actuación ordinaria”. En el Plan de Choque, las empresas no son multadas de inicio, sino que la Inspección da una oportunidad a las empresas de regularizar “de manera voluntaria” a través de este primer aviso con cartas informativas.

“No podemos hablar de un fraude generalizado”, precisó no obstante el secretario de Estado de Empleo, que afirmó que “en términos generales este contrato se está usando para lo que se tenía que usar”. Se trata de un contrato que hasta hace un año era bastante desconocido, utilizado principalmente en actividades turísticas muy estacionales, pero que se ha extendido fruto de la reforma laboral de la pasada legislatura.

Buenas noticias para los trabajadores con la nueva jornada laboral de 37.5 horas semanales

Estos serán los beneficios que tendrá la reducción de la jornada de 40 a 37,5 horas semanales pactada por el PSOE y Sumar


PSOE y Sumar han propuesto una nueva jornada laboral de 37,5 horas por semana, un punto polémico en su acuerdo para formar Gobierno. Sorpresivamente, esta medida solo entraría en vigor si Pedro Sánchez obtiene los apoyos necesarios. Aunque la reducción no afectaría los sueldos, se espera que estos aumenten.

Se estima que esta modificación beneficiará a más de 12 millones de trabajadores del sector privado que actualmente trabajan 40 horas semanales. Hasta ahora, solo un 16,7% de los empleados del sector privado gozan de una jornada de 37,5 horas o menos. El plan se implementaría de manera progresiva, proponiendo una jornada máxima de 38,5 horas en 2024 y consolidándose en 37,5 horas en 2025. Esto implicaría una reducción de 150 horas al año para los empleados, pasando de las 1.950 actuales a las 1.800 propuestas por ambos partidos.

La propuesta ha sido bien recibida por los sindicatos, ya que se mantendría el mismo salario a pesar de la reducción de horas laborales. Tanto los trabajadores a tiempo completo como los de medio tiempo se verían beneficiados en términos de sueldo.

Además, la medida aumentaría el valor de cada hora trabajada. Aunque la patronal muestra cierta preocupación, destacando la posibilidad de posibles cambios por parte del gobierno, el Salario Mínimo Interprofesional se mantendría inalterado. Actualmente fijado en 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas (15.120 euros brutos anuales) y 1.260 euros brutos mensuales con las pagas extra, el valor de cada hora pasaría de 8,45 euros a 9,04 euros con la nueva propuesta.


20 noviembre

"Vivía en condiciones infrahumanas": juicio a una de las grandes firmas de la seguridad privada

Tras diez años de instrucción, este martes debe dar comienzo en Lugo el proceso judicial contra los responsables de Alcor Seguridad S.L., una compañía que prestó servicios en grandes infraestructuras del país


Durante el tiempo que trabajé en las obras de la Y vasca, mi jornada laboral era de 24 horas durante 15 días seguidos. Vivía en una caseta de obra en condiciones infrahumanas e insalubres". "Me entregaron 20 o 30 folios en blanco para que los firmase. Cuando me quejé, me dijeron: 'Esta es la diferencia entre trabajar o estar en el paro'". "Me comunicaron que cambiara la firma y el tipo de letra para simular ser otro vigilante". "En un servicio en Barcelona, en la zona del Tibidabo, estuve trabajando 10 semanas seguidas sin descansar".

Estos son algunos de los testimonios recogidos por investigadores del Grupo Operativo de Fraudes de la Policía Nacional entre trabajadores de Alcor Seguridad S.L., y que en parte han sustanciado una acusación que a partir del próximo martes sentará a algunos responsables de esta empresa en el banquillo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo. Un caso que guarda numerosos paralelismos con el que derivó en el procesamiento del actual presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, y en el que se abordará la comisión de delitos contra el derecho de los trabajadores.

Según la documentación a la que ha tenido acceso El Confidencial, el juicio contra cinco directivos se celebra tras diez años de una instrucción que arrancó el 19 de julio de 2013 con la denuncia de un exempleado de esta mercantil que prestaba servicios de seguridad privada en distintas partes del país y en infraestructuras tan importantes como las obras del AVE Madrid-Galicia.

Este testigo aportó 62 folios que contenían información sobre los cuadrantes de trabajo de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2012 y enero de 2013, cuando ejercía como jefe de equipo de Gerona para la compañía investigada, así como una hoja utilizada como "certificado de percepción salarial" con el anagrama de Alcor Seguridad S.L. correspondiente a octubre de 2012. Según explicó a los agentes, no firmó ningún contrato y, cuando se presentó en su puesto en Mondragón (Guipúzcoa), comprobó que las jornadas de trabajo "eran muy superiores a lo permitido en la legislación vigente". Había turnos de 24 horas durante 15 días y se descansaban 12 horas cada cinco jornadas, se recoge en su declaración adjuntada al sumario. Este empleado relató que "el pago de las horas extras se hacía en metálico y fuera de la nómina mensual". "La empresa obligaba a los trabajadores a entregar facturas que pudieran ser deducibles por Alcor Seguridad S.L.", para lo que se les proporcionaba "el CIF de la propia mercantil para que lo consignasen" en los comprobantes. Y afirmó que algunas de las compañías en las que prestaban sus servicios "eran conscientes y conocedores" de estas supuestas irregularidades.

Dinero en un sobre

Los investigadores aportaron a la autoridad judicial un total de 72 testimonios que coincidían en relatar estos presuntos comportamientos delictivos dentro del marco de las relaciones laborales y ponían de relieve una forma de actuar sostenida en el tiempo, según se desprende de sus comparecencias ante los agentes. La mayoría insistió en que las horas extraordinarias se les abonaban con transferencias, un talón nominativo o dinero en efectivo guardado en un sobre, "sin realizar las pertinentes cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), ni las retenciones del IRPF". Y los testimonios explicaron que esta práctica era una "imposición": quejarse contra ella implicaba ser "apercibidos con el despido" o quedarse sin cobrar estos emolumentos.

Bruselas lleva a España ante la Justicia europea por la directiva de conciliación

* Los 27 aprobaron en 19 una normativa sobre conciliación que debían transponer antes de agosto de 2022. 
* La Comisión Europea ha pedido al TJUE que imponga sanciones económicas a España, Irlanda y Bélgica.


Tras varios ultimátums, la Comisión Europea finalmente ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por incumplir su normativa sobre conciliación familiar. Según ha informado este jueves, Bruselas ha pedido a la Justicia europea que imponga "sanciones económicas" a España y a otros dos Estados miembros —Irlanda y Bélgica— por no haber comunicado dentro del plazo la transposición de las medidas contempladas en una directiva adoptada en 2019. 

España tenía hasta agosto de 2022 para comunicar la plena transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Esta recoge una serie de permisos —de paternidad, parental, para cuidadores o fórmulas de trabajo flexible— que los 27 debían reconocer en sus territorios tras haber ratificado hace cuatro años la normativa unida a la Estrategia Europea de Cuidados. 

Pero en septiembre de ese mismo año todavía había 19 países que no habían trasladado a Bruselas los detalles de esa trasposición. Entre ellos, España, que recibió una carta de la Comisión emplazándole a que cumpliera con su normativa. Meses después, en abril de 2023, volvió a llamar la atención a los 11 Estados miembros que seguían sin notificar las medidas nacionales de plena transposición, dándoles un último aviso.

"Estos países disponían de dos meses para tomar las medidas necesarias de acatamiento del dictamen motivado", explica la Comisión Europea en un comunicado. Pero a día de hoy, Bélgica, Irlanda y España todavía no han comunicado las medidas de transposición, por lo que Bruselas ha pedido al TJUE que "imponga sanciones económicas a dichos Estados miembros".

Un marco común de conciliación

La directiva aprobada en 2019 establece normas mínimas para el permiso de paternidad, el permiso parental y el permiso para cuidadores, y recoge también el derecho a solicitar fórmulas de trabajo flexible para el cuidado de dependientes. "Estas nuevas normas pretenden facilitar el desarrollo de la carrera profesional y de la vida familiar sin tener que sacrificar ninguna de las dos cosas", defiende la Comisión. 

19 noviembre

Sanción de hasta 600.000 euros para una empresa por prestar servicios de seguridad sin autorización en Palma

Los supuestos infractores utilizaban carteles con un logo donde indicaban que la obra estaba protegida por ellos


La Policía Nacional ha propuesto para sanción, en virtud de la ley de Seguridad Privada, a una empresa de servicios, a una constructora y a dos trabajadores de la empresa de servicios por realizar en Palma actividades relacionadas con la seguridad privada sin la autorización correspondiente.

La empresa ha sido propuesta para una sanción de entre 30.000 € a 600.000€, mientras que las constructoras pueden enfrentar sanciones de entre 20.000 € y 100.000 €. Los individuos que realizaron funciones propias de vigilantes de seguridad sin la habilitación requerida se pueden enfrentar a sanciones de entre 6.000 € y 30.000 €.

Durante la investigación, se determinó que la empresa investigada ofrecía servicios de controladores de acceso a una constructora en horarios en los que no se trabajaba en las obras, cuando no era necesario controlar el acceso.

La Ley de Seguridad Privada dispone que es sancionable: en relación a la empresa investigada, que la prestación de servicios de seguridad privada a terceros sin autorización es una infracción muy grave. De igual manera, las constructoras pueden haber incurrido en una infracción muy grave de la citada ley por la contratación o utilización de servicios de empresas de seguridad privada sin autorización específica, que también es una infracción muy grave; y los trabajadores incurren en otra infracción muy grave por realizar funciones de seguridad privada sin la habilitación necesaria.

Los supuestos infractores utilizaban carteles con un logo donde indicaban que la obra estaba protegida por ellos.

Esta investigación es la continuación de las investigaciones que se llevaron a cabo en el mes de mayo por parte de la Unidad Territorial de Seguridad Privada en Illes Balears en la que ya se sancionó a otras empresas de servicios y varias constructoras por infracciones similares.

La Unidad territorial seguirá vigilante en este tipo de actuaciones y no dudará en sancionar todas aquellas que infrinjan los preceptos de la Ley de Seguridad Privada.

Así serán las obras para reducir a la mitad los atascos entre el Aljarafe y Sevilla en 2025

* Dos carriles Bus-VAO exclusivos para agilizar la circulación del transporte público y de vehículos con dos o más ocupantes en el Aljarafe central y Norte aliviarán el colapso actual con una inversión de 30 millones

La consejera de Fomento, Rocío Díaz, asegura que en 2024 se inician las obras de estas dos plataformas reservadas   


Los atascos entre el Aljarafe y Sevilla se han convertido en la gran pesadilla para los conductores de los municipios de la corona metropolitana que acceden a la capital. Para abordar con urgencia una solución, la administración andaluza ha activado una alternativa a corto plazo: construir dos carriles reservados de paso exclusivo para el transporte público (autobuses metropolitanos) y para vehículos con dos o más ocupantes en el Aljarafe central (Mairena-San Juan-Coria) y en el Aljarafe Norte (Camas-Castilleja de Guzmán). 

Es lo que se conoce como carriles Bus-VAO (vehículos de alta ocupación), plataformas que se han sacado a licitación en Sevilla por parte de la consejería de Fomento de la Junta y que funcionan con éxito en Madrid, Barcelona, Valencia y Granada. 

En 2025 deberían estar operativos, ya que el plazo de obra, una vez se adjudiquen, es de 19 meses (Aljarafe central) y 15 meses (Aljarafe Norte), aunque dependerá de cómo se resuelven las pequeñas expropiaciones de suelo que se requieren en San Juan y Camas. 

El del Aljarafe Norte será reversible y semaforizado, al estilo del que había en el puente del Centenario, y tendrá una parada intermedia en los centros comerciales de Camas.

Ambos carriles se construirán con una inversión superior a 30 millones de euros cofinanciados con fondos europeos Next Generation. La Consejería de Fomento de la Junta asegura que estas infraestructuras que favorecen la movilidad reducirán a la mitad los atascos actuales entre el Aljarafe y Sevilla.   

Estos carriles exclusivos son una alternativa rápida mientras se espera al Metro de Sevilla y a nuevos tramos de obra de la SE-40. La Junta prometió estudiar la prolongación de la línea 2 del Metro por la autovía A-49 a propuesta de Sevilla Quiere Metro.

"Las obras se inician en 2024"

La consejera de Fomento, Rocío Díaz, ha asegurado que será en el próximo año 2024 cuando se inicien las obras de estas dos plataformas reservadas “que van a suponer una verdadera alternativa de movilidad y de apuesta por el transporte público que pretende ayudar a reducir los atascos que se producen a diario en el Aljarafe”. “Tener un corredor exclusivo que reduzca los tiempos de espera es la mejor forma de animar a usar el autobús, que será mucho más competitivo, o emprender prácticas más sostenibles y respetuosas con el medio ambiente como el coche compartido”, ha remarcado.

17 noviembre

UGT confía en que su denuncia ante la UE abra la puerta a una indemnización mínima por despido de seis meses

Un estudio del sindicato expone que España ha devaluado su protección frente al despido individual en las últimas décadas, por lo que pide recuperar medidas anteriores a la reforma laboral de 2012, como la indemnización de 45 días por año trabajado y los salarios de tramitación


UGT ve factible una reforma de la regulación del despido como consecuencia de la resolución que esperan en el primer trimestre de 2024 a su denuncia ante el Comité de derechos sociales de la UE por el precio del despido en España. Según ha afirmado el secretario general del sindicato, Pepe Álvarez, en una rueda de prensa este lunes, las resoluciones de dicho órgano “no están sujetas a la legislación del país, sino que tienen imperativo legal supranacional europeo”. Por ello, considera que en caso de fallo favorable “es una legislación que se ha de aprobar” aunque suscite críticas entre los empresarios e incluso en una parte del Gobierno.

La reclamación de UGT se efectuó el 24 de marzo de 2022, después de la aprobación de la reforma laboral de 2021, y alegaba que España incumple el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT. El resultado es que la indemnización por despido actual no sería lo suficientemente reparadora ni proporcional al daño que se produce en la persona trabajadora. El sindicato confía en una sentencia favorable porque ya se han producido cuatro en este sentido, dos en Italia, una en Francia y otra en Finlandia.

Cuando se produzca la resolución, UGT pedirá abordarlo en el diálogo social y pondrá encima de la mesa sus propuestas de reforma, siendo la principal volver a una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses, algo que ya estuvo recogido en una ley española de 1976. Según ha defendido Álvarez, “esto no es algo extraordinario en España” y existe además en otros países de nuestro entorno, como Italia.

La indemnización por despido improcedente es, desde la reforma laboral de 2012, de 33 días por año trabajado, y la reforma de 2021 no lo modificó, algo que provocó que ERC y Bildu no votaran a favor de la norma en el Congreso. Por ello, la segunda reivindicación del sindicato es volver a la indemnización anterior, de 45 días por año trabajado, establecida en 1980. La indemnización mínima de seis meses actuaría en los casos en los que los trabajadores despedidos de manera improcedente no alcanzaran este umbral aplicando los 45 días. Esto afectaría sobre todo a los empleados más jóvenes, con poca antigüedad en la empresa.

UGT pide incidir también en las causas del despido, de manera que si la indemnización mínima y la aplicación de los 45 días “no resarce completamente los daños tras el despido” se pueda aplicar una indemnización adicional decidida por los jueces. “Queremos endurecer la causalidad, que los despidos tengan una causa cierta y justa, no solo abordar los improcedentes”, ha aclarado el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján.

Los despidos rompen todas las marcas en 2023, pero los despachos avisan: lo peor está por llegar

* Los ceses por causas económicas o productivas se disparan por encima de los 300.000  
Los disciplinarios sin indemnización se revelan como una fórmula para 'emular' temporales 
Los expertos detectan un auge de las consultas sobre despidos colectivos 


A falta de conocer los datos de los tres últimos meses del año, ya se puede dar por hecho que 2023 cerrará como el ejercicio con mayor número de bajas de afiliación por despido de la última década. Hasta septiembre se habían registrado 735.416, un 28% más que en 2022, superando con creces los peores momentos de la pandemia. Pero los despidos objetivos por causas económicas crecen aún más, un 35% y superan el umbral de las 300.000: una señal clara de que la incertidumbre hace cada vez más mella en las plantillas. Pero según avisan los despachos de abogados, lo peor está por venir.

La resistencia del mercado laboral en los últimos dos años ha rebatido con contundencia los pronósticos más pesimistas. Ni la inflación, ni las subidas del SMI, ni, por supuesto, los cambios introducidos en la reforma laboral parecen haber hecho mella en el empleo, que ha seguido creciendo de manera intensa, si bien insuficiente para que nuestro país deje de registrar la mayor tasa de paro de la Unión Europea y la segunda mayor tasa de temporalidad. Aunque en este balance hay que tener en cuenta el fuerte rebote de la actividad tras la crisis sanitaria y el fin de los confinamientos, que podría haber compensado cualquier hipotético efecto adverso de estas medidas.

En este sentido, hay varias estadísticas que no parecen casar con un saldo tan positivo de la evolución del empleo como el que presenta el Gobierno. La más chocante es la de las bajas de afiliación por despido, que en 2022 y 2023 se han disparado a niveles inéditos en los últimos diez años (hasta donde se remonta la serie histórica de la Tesorería General de la Seguridad Social) sin que su incremento parezca tocar techo.

El Gobierno ha ninguneado estos datos porque no parecen estar teniendo impacto en las cifras de desempleados. Aunque, como ya explicamos en elEconomista.es, buena parte de los afectados por despidos pasan directamente a la inactividad y renuncian a buscar activamente un trabajo; es decir, 'desaparecen' de la población activa y con ello de las estadísticas de paro.

Pero la explicación principal a la aparente 'irrelevancia' de este incremento de las bajas por despido puede estar en la volatilidad del empleo que, tras la reforma laboral, parece haberse trasladado de los temporales a los indefinidos. Muchos analistas destacan que las empresas recurren a las bajas por no superar el periodo de prueba (que se han disparado hasta alcanzar una cifra similar a la de los despidos) para 'emular' lo que antes hacían con los eventuales, especialmente los contratados bajo la desaparecida modalidad de obra y servicio. Pero esto también se estaría produciendo en los despidos, como muestra la evolución de los justificados como disciplinarios, también sin indemnización.

Esta una fórmula que permite prescindir de trabajadores tras un periodo de varios meses (más tiempo del que permite el periodo de prueba), si bien la empresa corre el riesgo de que el despido acabe siendo declarado improcedente y con ello se logre la indemnización máxima de 33 días por año trabajado. Sin embargo, pocas veces se llega a este extremo y la compensación se pacta en un acuerdo extrajudicial. Con un coste bajo, además, ya que se trata de empleos de corta duración que de reclamarse supondría el 'peor' de los casos (para la empresa, se entiende) abonar una indemnización reducida.

16 noviembre

'Man in the middle', la ciberestafa que tiene alerta a la Policía Nacional

Agentes especializados lograron detener a un hombre por suplantar los datos de una empresa y recibir en su cuenta bancaria cerca de 105.000 euros


'Man in the middle', así se llama en el argot policial la nueva estafa que consiste en suplantar los datos de otras empresas o personas, para que un ingreso de dinero se haga en la cuenta que el timador, ya que literalmente alguien se interpone entre el pagador y el receptor de una transacción económica obteniendo mediante manipulaciones informáticas los datos de las empresas y aportando sus datos bancarios.

Agentes de la Policía Nacional han detenido en la localidad valenciana de Mislata a un varón por la presunta comisión de una estafa cometida mediante este modus operandi por un importe de casi 105.000 euros.

La investigación tuvo su inicio tras la denuncia interpuesta en el mes de septiembre del año 2022 por parte de un varón, en representación de una empresa alicantina, que había sido víctima de la citada estafa.

El denunciante manifestó a los agentes que la empresa que representa tenía que realizar un pago de casi 105.000 euros a otra empresa por unos servicios prestados. Durante el intercambio de correos electrónicos en los que ambas empresas acordaron el pago del dinero no sospecharon en ningún momento de nada, ya que desde la cuenta de correo de la otra empresa le enviaron facturas que tan solo las dos empresas debían de conocer, por lo que le pareció todo correcto.

Ante estos hechos los agentes iniciaron una investigación en la que comprobaron en un primer momento que el correo electrónico desde el que se pusieron en contacto con la víctima para realizar el pago era una cuenta que no pertenecía a la empresa que tenía que recibir el dinero, y que era una dirección de correo electrónico suplantada. Además, a los pocos días también interpuso denuncia la otra empresa, ya que también habían mantenido contacto con la empresa de la víctima descubriendo que igualmente alguien había suplantado también esa dirección de correo electrónico, por lo que habían enviado documentación a alguien desconocido que había suplantado la dirección de correo electrónico.

Durante la investigación, llevada a cabo por agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía Nacional adscritos a la Brigada Provincial de Policía Judicial de Alicante, los agentes comprobaron que la cuenta bancaria en la que había sido ingresado el dinero, y que había sido aportada por el suplantador en la comunicación por correo electrónico, pertenecía a una empresa localizada en la provincia de Valencia. Además, al día siguiente de recibir el dinero, el titular de la cuenta bancaria desvío todo el dinero a otras cuentas bancarias que figuran a su nombre realizando para ello ocho transferencias bancarias con la intención de dificultar a los agentes la investigación intentando de esta manera diluir la trazabilidad del dinero estafado.

Nos ha dejado un gran compañero y mejor persona

Lamentablemente tenemos que informaros del fallecimiento del compañero Manuel Gálvez Morán, que prestaba servicio en Metrocentro. No podemos mas que mandar desde aquí todo nuestro apoyo a su familia, con la que compartimos su enorme dolor. Su hermoso recuerdo permanecerá siempre en nuestros corazones.

Descansa en paz amigo



14 noviembre

Denuncian vulneración de derechos laborales y de igualdad en la vigilancia privada del aeropuerto

La obligada paridad hombre-mujer en los filtros de pasajeros no se cumple, lo que genera colas y retrasos, y las mujeres vigilantes soportan más carga de trabajo, afirman responsables sindicales.


Vigilantes de seguridad del aeropuerto de Granada han denunciado una nueva vulneración de derechos laborales e incumplimientos tanto del convenio como de la normativa seguridad por parte de la empresa concesionaria de la seguridad privada, Grupo Sureste, que se suma ya a una larga lista de antecedentes que han llevado en varias ocasiones a protestas y concentraciones de la plantilla en los últimos años. 

Una de las quejas, denunciada ante la Inspección de Trabajo, es la falta de paridad en los filtros de control de pasajeros, donde debe haber el mismo número de vigilantes hombres que mujeres, puesto que las inspecciones o 'cacheos' cuando la persona a registrar es una mujer deben llevarlo a cabo, por ley, mujeres. "Pero no se cumple la paridad, casi siempre hay más hombres", denuncia Lucía Gutiérrez, secretaria de Igualdad de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP) del sindicato USO Andalucía. 

A menudo se dan situaciones, por ejemplo, en las que hay tres vigilantes hombres y una sola mujer, afirma Jesús Camacho, responsable provincial de Seguridad Privada de USO. Cuando a la vigilante le toca estar en el escáner de rayos X que inspeciona los bolsos y objetos de viaje, si hay que hacer una inspección personal a una mujer, la viajera tiene que esperarse a que la vigilante termine su turno de escáner (20 minutos), lo que origina colas y retrasos. 

La desigualdad en la distribución de vigilantes en los filtros de control provoca sobrecarga de trabajo a las mujeres guardias de seguridad, hasta el punto de que "no pueden ni ir al servicio a hacer sus necesidades", asegura Luicía Gutiérrez, lo que origina problemas de salud y estrés laboral. 

"No se tiene en cuenta a las mujeres"

No se trata solamente de un problema de falta de mujeres vigilantes en la plantilla de Grupo Sureste en el aeropuerto de Granada, aunque ellas son menos. De 36 vigilantes, 16 son mujeres. Y en el personal asignado a filtros de control, de 21 en total, hay 10 mujeres, una ligera mayoría de hombres pero que no debería ser impedimento para una mejor distribución hombres-mujeres en los filtros, pero "el servicio está muy mal organizado y no se tiene en cuenta a las mujeres", critican los representantes sindicales. 

El sueldo de un policía antidisturbios en España: frente a los CDR en Cataluña y los ultras antiamnistía en Ferraz

* Las Unidades de Intervención Policial son órganos móviles de seguridad pública con la misión de actuar en todo el territorio nacional
* El sueldo de un antidisturbios oscila entre los 1.500 y los 2.600 euros al mes y viene dado por lo determinado en la tabla de retribuciones del personal funcionario del Estado


Se han enfrentado a radicales de extrema izquierda o extrema derecha, miembros de los CDR en Cataluña, protestas que incendiaron Barcelona alimentadas por el separatismo o neonazis y ultras antiamnistía a las puertas de Ferraz en Madrid y otras ciudades españolas. Son cerca de 2.500, pero siempre están ahí. Han participado en las Olimpiadas de Barcelona 92, la Expo de Sevilla en el 92, la celebración de Cumbres internacionales, y eventos deportivos, y ahora se les ve en Ferraz intentando frenar a los ultras infiltrados en las manifestaciones en contra de la amnistía. Son los antidisturbios. Los Sindicatos Policiales son los que los defienden ante posibles causas judiciales. El jefe de cada unidad se pone en contacto con delegación del Gobierno antes de cualquier actuación.

Son los miembros de las Unidades de Intervención Policial. Se crearon en 1990, mediante el Real Decreto 1668/1989 de 29 de diciembre. Las Unidades de Intervención Policial son órganos móviles de seguridad pública con la misión de actuar en todo el territorio nacional, principalmente en los supuestos de prevención y de peligro inminente o grave de alteración de la seguridad ciudadana.

Dichas Unidades tienen las siguientes misiones:

a) Colaboración en la protección de SS. MM. los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras.

b) Prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana.

c) Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito público, manifestaciones y espectáculos públicos.

d) Actuación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas.

e) Actuación en situaciones de alerta policial, declarada, bien por la comisión de delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento de controles y otros dispositivos policiales.

f) Protección de lugares e instalaciones en los supuestos en que así se determine.

g) Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad.

Cuánto cobra un antidisturbios

El Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (BOE de 30 de julio) regula el salario de los miembros de la Policía Nacional. La nómina final de cada agente depende de la suma de las retribuciones básicas y complementarias.

Yolanda Díaz convocará “de inmediato” a los agentes sociales para negociar una nueva subida del salario mínimo

La ministra de Trabajo en funciones, que previsiblemente repetirá en el cargo, arrancará la legislatura con uno de los compromisos del acuerdo de Gobierno de PSOE y Sumar


La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo en funciones, Yolanda Díaz, ha asegurado este lunes que entre sus planes más urgente está convocar “con carácter inmediato” a los agentes sociales para negociar una nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI). Así lo ha anunciado Díaz este lunes en su discurso oficial ante el grupo parlamentario de Sumar, dando a entender también que seguirá al frente de las responsabilidades de Trabajo.

Con este anuncio, Díaz adelanta cuál será una de sus prioridades si como todo parece apuntar sigue sentada en el Consejo de Ministros del futuro Gobierno, tras la investidura que se llevará a cabo esta semana. Así, sindicatos y patronal recibirán una llamada para arrancar la nueva legislatura negociando otra subida del salario mínimo, fijado actualmente en 1.080 euros al mes en catorce pagas, tras haberse incrementado un 47% desde 2018.

La cuantía actual de este salario mínimo se produjo tras un fuerte incremento del salario mínimo del 8% desde enero de 2023, que no fue respaldado por las patronales CEOE-Cepyme, quienes solo estaban dispuestas a que subiera un 4%. Estas reticencias patronales se repetirán previsiblemente en la nueva negociación que se abra próximamente —que será no vinculante, como las anteriores, ya que la ley solo prevé que el Gobierno “consulte” a los interlocutores sociales en esta materia— ya que la actual predisposición de los empresarios a negociar con el futuro Ejecutivo nace un tanto empañada por su desacuerdo con los pactos de investidura alcanzados con los nacionalistas catalanes y vascos. De hecho, esta misma tarde CEOE-Cepyme tienen previsto celebrar un comité ejecutivo “extraordinario y urgente” para arremeter contra el contenido de estos acuerdos.

De esta forma, Díaz pretende arrancar su nuevo mandato poniendo en marcha una de las medidas incluidas en el acuerdo de Gobierno alcanzado entre el PSOE y Sumar donde se recoge que “el SMI seguirá creciendo a lo largo de la legislatura para asegurar su poder adquisitivo, garantizándose en el Estatuto de los Trabajadores que aumentará acompasado al 60% del salario medio”. Los expertos apuntan que el incremento de precios en 2023 estará en torno al 4%, así que resulta previsible que la subida del SMI ronde esa cifra.

Los responsables de Trabajo también abordarán próximamente otro de los acuerdos de dicho pacto para el Ejecutivo de coalición, que es la reforma del nivel asistencial de desempleo, que está también incluido en los compromisos del Gobierno español con Europa. Así lo ha indicado también este lunes el secretario de Estado de Empleo en funciones, Joaquín Pérez Rey, quien ha precisado que dicha reforma “esta recogida en el componente veintitrés, que es el componente que lidera el Ministerio de Trabajo y Economía Social y es una reforma en la que estamos trabajando para llevarla a cabo cuanto antes”. Se trata de un diseño que aún no está cerrado pero que, en teoría, tendría que haber estado en marcha a finales del pasado año, según los compromisos con Bruselas.


UGT pide volver a la indemnización de 45 días por despido improcedente y un mínimo de seis meses de salario para todos los casos

* Piden que los trabajadores recuperen los sueldos no percibidos entre el cese y la sentencia de improcedencia.
* Reclaman que sean los empleados y no la empresa quien decida si quiere recuperar su contrato en esos casos. 


El sindicato UGT ha presentado este lunes una propuesta para recuperar la indemnización de 45 días por despido improcedente. Este era el marco que aplicaba la legislación laboral española hasta que ese periodo se redujo a 33 días tras aprobarse la reforma laboral de 2012. Así lo ha defendido este lunes el secretario general del sindicato, Pepe Álvarez, y el vicesecretario general de política sindicato, Fernando Luján, en una rueda de prensa en la que han presentado un informe sobre el coste del despido injustificado en España.

Los líderes sindicales han señalado que "no es cierto que en España sea más caro despedir que en el resto de países de la OCDE" y consideran que el sistema de indemnización actual "no puede disuadir a nadie". "Para un contrato temporal la indemnización media está en 1.500 euros. Para un parcial indefinido en 4.642, para un fijo discontinuo está en 4.493 euros, para un indefinido en 9.512 euros...", ha enumerado Luján. "Hay que dar un paso más y empezar a proteger realmente el contrato de trabajo", ha añadido.

Además de recuperar la indemnización de 45 días por año trabajado, UGT reclama establecer una "indemnización mínima" de seis meses de salario que garantice que los trabajadores que sean despedidos por razones improcedentes y que hayan acumulado compensaciones inferiores a medio año puedan mejorar su indemnización. Una medida que iría en la línea que ya aplican países como Italia, ha defendido Fernando Luján.

Esa indemnización mínima de seis meses estaría enfocada a reducir las desigualdades que existen en el mercado laboral cuando se produce un despido improcedente. Por ejemplo, UGT señala que las mujeres y los jóvenes reciben compensaciones más bajas porque cobran salarios menores, trabajan menos y, en el caso de las personas de menos edad, no logran acumular grandes periodos de permanencia en las empresas.

Salarios de tramitación y derecho de opción

En la misma línea, UGT plantea recuperar los salarios de tramitación en casos de despido improcedente. Esa figura, que también fue derogada por la reforma laboral salvo en caso de cese nulo, establece que los trabajadores tendrán derecho a cobrar el salario no percibido desde que se les despidió y hasta que hubo una sentencia que declaró el cese como no procedente.