La jubilación anticipada permite a los trabajadores finalizar su actividad laboral antes de tiempo, aunque con una reducción en la pensión que puede oscilar entre el 2,81% y el 21%
A la hora de retirarse de la vida laboral, el trabajador dispone de diferentes opciones de jubilación, ya sea para retrasar esta o incluso adelantarla. Actualmente, la edad ordinaria de jubilación se establece en los 66 años y 10 meses para quienes alcancen el umbral de los 38 años y 3 meses cotizados. Por otro lado, si se cumple el plazo de cotización, entonces el trabajador puede jubilarse a los 65 años.
La modalidad de jubilación anticipada voluntaria
Ahora bien, también existe la alternativa de la jubilación anticipada que permite cesar la actividad laboral antes de tiempo, a cambio de reducir la pensión recibida. De hecho, esta reducción dependerá del número de meses que le hayan faltado al trabajador para llegar al momento de jubilación oficial, así como los años cotizados a la Seguridad Social. Por ello, actualmente la reducción puede oscilar entre el 2,81% y el 21%.
Según fuentes oficiales, estas pensiones de jubilación anticipada se abonarán en 14 pagas iguales, lo que equivale a una cada mes, más dos pagas extraordinarias repartidas en los meses de junio y noviembre.
Nuestro objetivo es conseguir que nuestra profesión sea reconocida como una de las que debe tener fácil acceso a la jubilación anticipada, mediante la reducción de los coeficientes reductores. Esto facilitaría también el necesario relevo en una actividad cuya edad media es alarmantemente alta.
Cuáles son los requisitos para adelantar la jubilación
Por otro lado, todo trabajador por cuenta ajena o autónomo (en ambos casos dado de alta o en situación asimilada en la Seguridad Social) que quiera acceder a la jubilación anticipada deberá cumplir unos requisitos concretos:
* Tener dos años menos, como máximo, de la edad ordinaria de jubilación (66 años y 10 meses)
* Demostrar un periodo mínimo de cotización de 35 años, de los que 2 tienen que corresponder a los últimos 15 años previos a la solicitud de jubilación. En estos casos, el servicio militar, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino también cuentan para el cálculo (máximo 12 meses)
En cuanto a los miembros del sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, será necesario que acrediten periodos de actividad durante al menos 6 de los últimos 10 años cotizados
El importe resultante tras aplicar los coeficientes reductores tendrá que ser superior a la cuantía de la pensión mínima de jubilación ordinaria. En caso contrario, el trabajador no podrá acceder a esta modalidad de jubilación
Además, si hablamos de la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada voluntaria, esta corresponde a los 63 años si el trabajador ha cotizado más de 38 años y 3 meses, ya que en caso contrario el trabajador tendrá que esperar hasta los 64 años y 10 meses para poder acceder a ella.
Cómo se puede solicitar la prestación
Una vez que se cumplan las condiciones para la pensión por jubilación anticipada, el trabajador puede presentar su solicitud el mismo día que termina la actividad laboral, o incluso dentro de los tres meses previos o posteriores a la fecha prevista. Los efectos económicos de la pensión se aplicarán al día siguiente de su solicitud y, en caso de pedirla más tarde, se podrá aplicar el pago retroactivo de hasta tres meses de prestación como máximo.
En todo caso, la solicitud podrá presentarse de forma presencial en los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social, o en caso contrario, por vía telemática mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social o también en el Portal Tu Seguridad Social.

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