Desde hace cinco años, la ley en España avala nuestro derecho a la desconexión digital, pero muchas sentencias dictan que no es un derecho fundamental
En diciembre de 2018, hace más de cinco años ahora, se aprobó una ley en España que, entre otros asuntos, buscaba otorgar a los trabajadores y trabajadoras el derecho a la desconexión digital. Pero, en todos estos años, hemos visto diversas sentencias que, en la práctica, no consideran este como un derecho fundamental.
Desde Genbeta ya nos hemos hecho eco de diversos casos que ahora repasaremos y ahora hay otra nueva sentencia, de hace unas semanas, en Valladolid, que afirma que "el derecho a la desconexión digital no está categorizado como derecho fundamental, siendo que en todo caso, no consta que tales correos ni requerimientos se efectuaran en periodos de descansos, permisos o vacaciones".
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Con esto, la sentencia confirmaba el despido de una trabajadora que había denunciado a su empresa por despedirla sin justificar adecuadamente sus ausencias, cuando ella había solicitado una excedencia por cuidado de un familiar.
Qué dice la ley de España sobre la desconexión digital
Este derecho laboral está regulado en la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de tos derechos digitales, la cual trata diversos temas. Entre otras cosas, afirma esta ley de diciembre de 2018 que "ocupa un lugar relevante el reconocimiento del derecho a la desconexión digital en el marco del derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral y la protección de los menores en Internet".
Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
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También afirma que "en particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas".