Resolvemos las dudas que suscita entre trabajadores y empresas la nueva normativa sobre registro de jornada acerca del uso de dispositivos personales como método de fichaje
El uso del móvil personal para registrar la jornada laboral es cada vez más común. Sin embargo, muchos trabajadores se preguntan si es legal que la empresa les obligue a utilizar su propio dispositivo para fichar. La respuesta corta es: sí puedes negarte. Veamos por qué.
¿Es legal que me obliguen a fichar con mi móvil personal?
No. El principio básico de la normativa laboral y de protección de datos establece que el trabajador no tiene obligación de usar medios propios para cumplir con las exigencias de la empresa. El teléfono móvil personal entra dentro de ese ámbito.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el propio Estatuto de los Trabajadores señalan que los dispositivos personales son privados, y la compañía debe poner a disposición de la plantilla los medios necesarios para registrar la jornada.
¿Qué alternativas tiene la empresa?
Si no se quiere fichar con el móvil personal, la empresa está obligada a habilitar otros métodos de control horario digital. Algunos ejemplos son:
* Tu correo electrónico
* Un móvil o tablet corporativo.
* Un sistema de fichaje mediante códigos QR o PIN en la oficina.
* Dispositivos físicos (lectores NFC, tarjetas, terminales).
* Aplicaciones accesibles desde ordenador del centro de trabajo.
¿Qué pasa si me niego a fichar con mi móvil personal?
El trabajador no puede ser sancionado por negarse a usar su propio dispositivo. Si la empresa insiste en que se debe hacer el fichaje desde el móvil, tendrá que proporcionar uno para uso laboral o facilitar un método alternativo.













