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26 febrero

Las nuevas cámaras de vigilancia de Renfe amenazan con ficharte si entras al andén sin billete

Tal y como contaron desde Renfe, el proyecto RS3 («Renfe Smart Security Station») había completado la primera fase con la actualización de los sistemas de seguridad de unas 415 estaciones de Cercanías. Se han instalado nuevos elementos tecnológicos, entre los que se encuentran sistemas anti-intrusión, sistemas de control de acceso, cámaras y grabadores del sistema de CCTV.


La pasada semana, Renfe comunicó la finalización con éxito de la primera parte de su plan RS3, con el que digitalizará los sistemas tecnológicos de sus estaciones de Cercanías con el uso de videovigilancia e inteligencia artificial para automatizar el control de lo que ocurre en estas estaciones.

Desde entonces, las redes se han llenado de comentarios despectivos hacia la empresa ferroviaria, criticando la inversión de casi 26 millones de euros en seguridad en contexto de un día a día caótico en cuanto a problemas de servicio de sus trenes.

Estos nuevos dispositivos permitirán, «mediante la analítica de comportamientos delictivos» y en tiempo real, por ejemplo, «detectar peleas y agresiones». Pero no solo esto; también podrán «detectar y analizar el fraude en el control de acceso, las caídas de personas en andenes o a las vías, además de incendios o actos vandálicos como grafitis o rotura de mobiliario«. El sistema podrá generar alarmas en tiempo real en los Centros de Seguridad 24 Horas de Renfe, mejorando la eficiencia de la vigilancia.

Es decir, que las personas que tengan por costumbre acceder a los trenes de manera ilícita, así como llevar a cabo otras actividades vandálicas o no consentidas en sus estaciones, van a tenerlo más difícil a partir de ahora, gracias a los sistemas inteligentes instalados.

Seguridad y anonimato

Desde Renfe señalan que esto supondrá una mejoría en la percepción de seguridad que sienten los pasajeros al usar el tren. También aseguran que permitirá controlar mejor los flujos de personas en estaciones saturadas, al facilitar el envío de personal a aquellos centros que lo necesiten en horas punta. Pese a ello, la noticia sobre esta mejoría tecnológica en sus estaciones ha desatado todo tipo de comentarios en redes, y no todos positivos.

Nuevos sistemas de vigilancia de Renfe

Algunas personas han lamentado que el nuevo sistema interceda en la privacidad de los usuarios con una vigilancia que consideran excesiva. Otros, tildan de desconsiderada esta inversión económica en seguridad mientras que los usuarios de Renfe experimentan incidencias relacionadas con la calidad del servicio de forma relativamente constante.

28 enero

¿Me pueden grabar en mi puesto de trabajo?

Algunas empresas deciden controlar a sus trabajadores prohibiéndoles entrar con el móvil a su puesto de trabajo o grabándoles con cámaras de videovigilancia


Muchas compañías intentan controlar a sus empleados durante su jornada laboral para que estos rindan el mayor tiempo posible y asegurarse así de que se cumplen con los objetivos empresariales. Es por ello, que algunas deciden monitorizar el ordenador de sus trabajadores, les prohiben entrar con el móvil a su puesto de trabajo o incluso les graban para controlar lo que hacen. Pero, ¿es legal que una empresa grabe a sus empleados en el trabajo?

"La empresa puede poner cámaras de videovigilancia o dispositivos similares para controlar la actividad laboral o por motivos de seguridad", explican desde Comisiones Obreras Servicios. Así lo establece el artículo 20.3 del Estatuto de Trabajadores: "el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales". Esto será posible, siempre y cuando no se sobrepasen los límites de la privacidad.

Para respetar la Ley de Protección de Datos así como el derecho a la intimidad, esta normativa vigente establece que los empleadores deberán de informar con "carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa", a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida.

No obstante, en ningún caso se podrán instalar estos sistemas de videovigilancia o de grabación de sonidos en aquellos lugares que estén destinados al descanso de los trabajadores como pueden ser vestuarios, aseos o comedores, entre otros.

Asimismo las empresas tampoco pueden grabar el audio con carácter general, tan solo se admitirán dispositivos para la grabación de sonidos cuando "resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo y siempre respetando el principio de proporcionalidad, el de intervención mínima y las garantías previstas en los apartados anteriores, tal y como establece la Ley de Protección de Datos. Por tanto, "en algún tipo de profesión o en unas circunstancias muy especificas podría ser, pero no es lo habitual", señalan desde CCOO Servicios.

¿Me pueden prohibir entrar con el móvil en el centro de trabajo?

La empresa puede tener diferentes motivos que justifiquen esta decisión, ya sea por la seguridad de equipos o de datos personales, entre otros, por tanto, desde CCOO Servicios sí que consideran que es legal prohibir a los trabajadores entrar con el móvil en el centro de trabajo.

En estos casos, deberán elaborar un protocolo donde comuniquen a trabajadores y representantes legales cómo se debe actuar, dónde se tiene que dejar el móvil y además que garantice que estos objetos personales están guardados en un sitio con seguridad.

Además la compañía tendría que "poner a disposición de los trabajadores otro medio de comunicación por si necesitara alguien ponerse en contacto con ellos por un motivo de urgencia", sentencian.


24 enero

Sanz anuncia que implantará más de 50 cámaras de seguridad por toda la ciudad

El regidor popular ha detallado en el pleno municipal que este año se dispondrá de "un sistema inteligente de videovigilancia integrado en el centro de control de la Policía Local"


José Luis Sanz ha anunciado en el pleno municipal de este jueves que la Jefatura de la Policía Local "tiene previsto perfilar este año un nuevo sistema inteligente de videovigilancia integrado en el centro de control de la Jefatura". "Se desplegarán más de medio centenar de cámaras por todos los rincones de Sevilla, con especial atención al patrimonio artístico y zonas desatendidas", ha explicado el alcalde de la capital andaluza.

Esta intervención ha venido al hilo de las preguntas planteadas por Cristina Peláez, portavoz de Vox, que ha remarcado que las enmiendas que presentaron para "un contrato de vigilancia de la Plaza de España fueron rechazadas". "Nos sigue quedando la preocupación por problemas de vandalismo. Es obligación del Gobierno plantear alternativas que puedan paliar este problema que tiene el monumento de Aníbal González. Y no pasan por cerrarla, que es una opción que no cuenta con el respaldo mayoritario de nuestra ciudad", ha recalcado Peláez.

"Entre las funciones de la Policía Local está la vigilancia del patrimonio, aunque no tenemos agentes suficientes para que estén pendientes de la Plaza de España ni del gran patrimonio histórico de Sevilla", ha respondido Sanz. "Mi solución es cobrar la tasa, un cerramiento y vigilancia durante 24 horas. Aunque de momento debemos apostar por el incremento de la plantilla de la Policía y por la videovigilancia, donde también tenemos retraso con otras ciudades españolas".

"Le agradezco el voto al Presupuesto, que contempla el incremento de las zonas de videovigilancia, en lo que llevamos muchísimo retraso con otras capitales españolas", le ha dicho José Luis Sanz a la bancada de Vox. Tras ello, el regidor popular ha vuelto a insistir en cobrar tasas para acceder a la Plaza de España: "Imagínese si al visitante se le cobran tres euros, que se multiplican por casi dos millones de turistas al año. Sería un presupuesto magnífico para la vigilancia y mantenimiento del espacio, y que fuese un motor económico para la conmemoración del 29".

Más seguridad para las comisarías

En este pleno también ha salido adelante una propuesta de Vox que plantea "mejorar los actuales protocolos de seguridad de las dependencias de la Policía Local de Sevilla", tanto de las comisarías de Distrito como de la Jefatura Superior. Asimismo, el Ejecutivo municipal se ha comprometido a "incrementar y mejorar los medios materiales y humanos destinados al mantenimiento de la seguridad de las dependencias mencionadas".

Esta iniciativa ha salido adelante con los votos afirmativos de PP y Vox y la abstención de Con Podemos-IU. La portavoz de esta formación de izquierdas, Susana Hornillo, ha señalado que "la Policía Local hace lo que puede con los recursos que tiene, y necesita más". "Todos los recursos tienen que estar a disposición del Cuerpo", ha subrayado Hornillo.


15 enero

Poco a poco y en silencio, Madrid se está llenando de cámaras IA diseñadas para una cosa: reconocerte la cara

* El cambio de actitud de la UE provocó la aprobación del marco Prüm II hace meses
* Eso hace que ahora el reconocimiento facial esté permitido y da pie a la creación de una gigantesca base de datos compartida por los países miembros
* Madrid ya cuenta con 367 cámaras de videovigilancia, y habrá más antes de que concluya el año


A finales de 2017 el Gran Hermano chino ya contaba con 170 millones de cámaras a finales de 2017. El orwelliano sistema demostró ya entonces su capacidad al lograr captar a un reportero de la BBC en apenas siete minutos. Tenerlo todo bajo control y proteger la seguridad eran las prioridades. La inquietante amenaza a la privacidad quedaba en segundo plano. Y ahora lo que vimos allí estamos viéndolo cada vez más de cerca aquí.

Cámaras de videovigilancia con IA en Madrid. El Ayuntamiento de Madrid anunció estos días la ampliación del sistema de videovigilancia en la capital española. Se han instalado y puesto en marcha 16 nuevas cámaras con IA en la plaza del Dos de Mayo con el objetivo de vigilar esta céntrica zona de la ciudad. No son las primeras, y ni mucho menos serán las últimas.

Cada vez más "ojos" mirándonos en Madrid. El despliegue en esa plaza coincidió con el de otras 15 cámaras  (todas con IA) en plaza Elíptica y cuatro nuevas cámaras (tres de ellas con IA) en la Puerta del Sol. En total hay ya 367 cámaras de videovigilancia operadas por la Policía Municipal de Madrid, un 40% de las cuales (casi 150) instaladas desde que José Luis Martínez-Almeida es alcalde de la capital.

Qué aporta la IA. La tecnología de inteligencia artificial integrada en estas cámaras de videovigilancia permite hacer búsquedas y seguimientos de objetos, animales, matrículas y personas. Como señala Joaquín Rodríguez, subdirector de Informática, Comunicaciones y Nuevas Tecnologías de la Plicía Municipal, "incluso se puede, a partir de características de vestimenta, por ejemplo una persona con camiseta clara y pantalón oscuro, hacer un tracking de los sitios y los momentos por donde ha pasado".

Reconocimiento facial sí, pero solo tras denuncias. Aunque estos sistemas realizan tareas de reconocimiento facial, fuentes policiales citadas en El País destacaban que "solo se trastrean caras en las imágenes tras una denuncia y para una investigación con el fin de identificar unos rasgos concretos, no para búsquedas predictivas (barridos)". El alcalde aseguró que "no va a haber ninguna intrusión ni ninguna afección a la intimidad de las personas", pero en el diario señalan una contradicción con las declaraciones de Rodríguez, que indicó que "Las imágenes se ven en el CISEVI [allí se almacenan 30 días] siempre por parte de operadores de policía en tiempo real. Solo si hay un hecho delictivo que conlleva una investigación, se piden esas imágenes en una zona o zonas, lo que se pondrá en  conocimiento del juzgado (y siempre bajo petición del propio juzgado o  de la Policía Judicial)".

Batalla perdida. Este tipo de tecnología es inquietante y plantea una clara amenaza a la privacidad, pero la legislación europea, que era contraria a tales medidas, cambió hace casi un año precisamente para habilitar este tipo de usos. El Parlamento Europeo aprobó el marco Prüm II, que regula el acceso a este tipo de datos, y que ahora estarán disponibles a todas las agencias de seguridad europeas a través de un sistema central. Agencias de proteción de los derechos civiles como EDRi ya alertaron de la amenaza que tal normativa suponía para la privacidad de los ciudadanos.

España llevaba años experimentando. Los inquietantes sistemas de reconocimiento facial llevan en pruebas varios años en nuestro país. La implantación del sistema ABIS (Automated Biometric Identification System) se inició con una base de datos con 5,6 millones de imágenes basadas en 3,9 millones de personas arrestadas. El marco Prüm II, eso sí, establece que solo se rastrean las caras de las personas si la sospecha es para delitos castigados con al menos un año de prisión.

10 enero

Los lugares donde nunca deberías colocar una cámara de seguridad, según los expertos

Ubicarla en el lugar equivocado puede generar problemas de funcionalidad, privacidad y hasta legales


Las cámaras de seguridad son una herramienta clave para proteger nuestros hogares y propiedades. Su popularidad ha crecido significativamente, y en 2025 se espera que sean aún más confiables y asequibles. Sin embargo, para maximizar su efectividad, no solo importa qué cámara uses, sino dónde la coloques. Ubicarla en el lugar equivocado puede generar problemas de funcionalidad, privacidad y hasta legales. Aquí te explicamos los sitios que los expertos recomiendan evitar.

1. Detrás de obstrucciones (incluso futuras)

Una vista clara es esencial para cualquier cámara de seguridad. Colocar una cámara detrás de árboles, arbustos o muebles puede bloquear su campo de visión. Esto también aplica a elementos que cambian con el tiempo: un arbusto inofensivo en invierno podría convertirse en una barrera visual en primavera cuando florezca. En interiores, asegúrate de que puertas, cortinas o incluso mascotas no bloqueen accidentalmente el lente.

2. Detrás de ventanas

Aunque colocar una cámara interior apuntando hacia el exterior puede parecer una solución económica, las ventanas generan problemas. Durante el día, el deslumbramiento del sol refractado a través del cristal puede dificultar la visibilidad. Por la noche, las luces de la calle o de los autos también interfieren. Incluso, el polvo acumulado en la ventana agrava el problema.

3. Expuesta al cielo

Un ángulo mal ajustado hacia el cielo puede ser contraproducente. El resplandor del sol y los rayos UV pueden dañar la lente y los componentes electrónicos de la cámara. La solución es sencilla: inclina la lente hacia abajo y enfócate en objetos bajo el nivel del techo. Además, si es posible, instala la cámara en un lugar sombreado para protegerla del desgaste.

4. Cerca de rejillas de ventilación o fuentes de calor

Los conductos de ventilación y las fuentes de calor como calentadores o chimeneas son enemigos de las cámaras de seguridad. El polvo y las partículas expulsadas pueden ensuciar el lente y reducir su vida útil, mientras que el calor excesivo afecta las baterías y componentes electrónicos. Evita instalar cámaras cerca de estas áreas para garantizar su durabilidad.

5. Zonas de baja actividad: los puntos ciegos

Aunque parece lógico cubrir zonas desatendidas como callejones estrechos, no siempre es la mejor estrategia. La mayoría de los robos en chalets y adosados ocurren en entradas principales, puertas traseras y ventanas sin seguro. Estas son las áreas prioritarias para la vigilancia. Además, una cámara visible puede disuadir hasta al 83 % de los ladrones, por lo que instalarla en lugares estratégicos es clave.

6. Áreas de privacidad delicada

La privacidad debe ser una prioridad al instalar cámaras. Colocarlas en baños, habitaciones o espacios comunes compartidos puede infringir derechos fundamentales. En viviendas compartidas, asegúrate de que todos los inquilinos tengan acceso a la cámara y puedan cubrirla si lo desean.

26 diciembre

Las cámaras de seguridad están en todas partes, y ahora están cambiando la manera en la que funciona nuestro cerebro

Un estudio con 54 participantes revela que la vigilancia constante altera dramáticamente nuestra capacidad para procesar rostros y detectar amenazas sociales


Imagina entrar en una tienda rodeado de cámaras de seguridad. Aunque sabes que están ahí, intentas ignorarlas y seguir con tus compras. Sin embargo, algo está cambiando en tu cerebro sin que te des cuenta: procesas las caras y las miradas de forma diferente, más rápido, como si estuvieras en constante estado de alerta, según revela una investigación de la Universidad de Technology Sydney.

El estudio, liderado por la profesora Kiley Seymour, demuestra que este fenómeno va mucho más allá del simple cambio de comportamiento que todos experimentamos al sabernos vigilados. El impacto llega directamente a cómo nuestras neuronas procesan la información, alterando mecanismos fundamentales que nos permiten detectar amenazas, amigos y sutiles señales sociales.

La vigilancia silenciosa que reprograma nuestro cerebro

Lo más sorprendente de esta investigación es la magnitud del cambio en nuestro procesamiento mental. Los participantes del estudio mostraron una capacidad casi sobrenatural para detectar rostros cuando sabían que estaban siendo vigilados, procesándolos casi un segundo más rápido que en condiciones normales. Y esto ocurrió incluso cuando reportaban no sentirse preocupados por la vigilancia.

Este efecto, descrito por Seymour como "marcado, altamente significativo e imperceptible", sugiere que nuestro cerebro está desarrollando nuevos patrones de procesamiento en respuesta a la vigilancia constante. La capacidad de detectar rápidamente rostros y direcciones de mirada es crucial para nuestra vida social, pero esta hipervigilancia podría tener un precio.

Las implicaciones para la salud mental son particularmente preocupantes. La hipersensibilidad a las miradas es un síntoma común en trastornos como la ansiedad social y la psicosis, donde las personas desarrollan una preocupación irracional por ser observadas. Los investigadores comparan estos cambios con el impacto de las prótesis sintéticas en el cerebro, sugiriendo que la vigilancia constante podría estar "hackeando" nuestros procesos mentales naturales.

El equipo de investigación enfatiza que estos hallazgos son especialmente relevantes en el contexto actual de debates sobre reforma de privacidad. Mientras que las cámaras de vigilancia se han convertido en una herramienta estándar para prevenir comportamientos indeseados en comercios y espacios públicos, su impacto va mucho más allá del simple disuasor conductual.

La analogía con el Panóptico de Jeremy Bentham, propuesto en el siglo XVIII, resulta más pertinente que nunca. Este diseño carcelario se basaba en la idea de que la mera posibilidad de estar siendo observado era suficiente para modificar el comportamiento. En nuestra sociedad actual, las cámaras de vigilancia han convertido cada espacio público en un Panóptico moderno, donde las paredes son invisibles y todos somos observadores y observados simultáneamente.

03 septiembre

Este es el problema que no todo el mundo conoce al instalar cámaras de seguridad: no se pueden poner en cualquier lugar

Instalar cámaras de seguridad en casa no es nada nuevo. Antes se recurría directamente a una empresa, pero ahora con todas las alternativas que hay disponibles, los usuarios deciden hacerlo por su cuenta. 


El problema de esto es que muchas veces no se tienen en cuenta las limitaciones que existen, como el hecho de que no se pueden colocar en todas partes, por más que sea tu propiedad.

Por más que no te suene, sí que hay diferentes zonas en las que está prohibido llegar a colocar una cámara de seguridad, por mucho que sea tu propia propiedad. Si tenías la intención de comprar cámaras, antes de nada, debes tener en cuenta cuáles son las limitaciones que hay para no meterte en problemas.

Normativa para la instalación de cámaras

Si quieres montar por tu cuenta un sistema de vigilancia para tu domicilio, lo cierto es que no hay nada que te lo impida. Muchos usuarios recurren a esta opción para no tener que pagar una cuota mensual a una empresa de seguridad. La diferencia de hacerlo por tu cuenta o a través de una compañía está en si quieres o no que el sistema esté conectado a una central de alarma.

Lo que está claro es que el hecho de grabar imágenes a través de cámaras es un tema bastante delicado, sobre todo por las leyes de privacidad y protección de datos que existen actualmente. Por ejemplo, hay que tener en cuenta la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, además del artículo 18 de la Constitución Española, en el cual se fija que «se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen«.

Así que, en el momento de instalarlas debes tener en cuenta los siguientes aspectos legales: avisar al resto de personas que hay cámaras; no instalarlas en zonas privadas como puede ser dormitorios y baños; y cuidado con las grabaciones de sonido, puesto que son más restrictivas todavía que los vídeos. Además, las normativas que se aplican a las zonas privacidad y públicas no son las mismas, por lo que hay que conocer las que se fijan en cada caso.

Y en mi propiedad, ¿dónde no puedo poner cámaras?

Si la propiedad la entiendes como tu domicilio, entonces debes tener en cuenta que no hay que colocarlas ni enfocarlas a zonas privadas como decíamos, como es el caso de baños y dormitorios. Y, por supuesto, deben estar orientadas hacia el interior de la vivienda, no hacia el exterior. Así que si quieres poner en el balcón o terraza, lo cierto es que puedes, pero sin que afecte a otras personas y que no enfoque al exterior. Por otra parte, si en tu vivienda tienes contratado a alguien o en la casa que alquilas hay cámaras, debes informar a esas personas.

Además, si en tu caso pretendes instalar una mirilla inteligente con cámara, hay que tener en cuenta que aquellos modelos que graban en vídeo continuamente están prohibidos. Lo ideal son aquellos modelos que se activan cuando tocan el timbre. Y si vives en una comunidad de vecinos, tendrás que contar con el permiso de dicha comunidad de propietarios, tal y como se fija en la Ley de Propiedad Horizontal, según el artículo 17, al igual que hay que tener tres quintas partes del apoyo de los propietarios. Por supuesto, el ángulo y la ubicación también influyen, es vital que capte en general las zonas comunes y las puertas de los vecinos para no invadir la privacidad del resto de personas.

03 julio

La justicia declara nulo un despido porque la empresa no advirtió de que las cámaras de videovigilancia grababan sonido

El TSJ de Castilla y León considera que el uso de estos dispositivos no fue proporcional ya que afectó no sólo a la intimidad de los trabajadores, sino también al secreto en sus comunicaciones.


El empresario puede usar la videovigilancia para controlar que los trabajadores cumplen con sus obligaciones y deberes laborales. Eso sí, como ya ha reiterado la jurisprudencia del Tribunal Supremo en diversas ocasiones, siempre con la condición de informar a los empleados de la instalación de estos sistemas de vigilancia y de la ubicación de las cámaras. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León añade, en una reciente sentencia, que también es preciso que la empresa advierta a los empleados si las cámaras de videovigilancia instaladas en el centro de trabajo graban sonido (acceda aquí a la resolución).

De hecho, la ausencia de esa indicación ha sido el principal fundamento para que dicho tribunal declare nulo el despido de una empleada cuya causa se basaba en las grabaciones con audio realizadas con cámaras de videovigilancia en el centro de trabajo. Y es que a pesar de que los trabajadores estaban informados, expresamente a través de un cartel, de que el establecimiento era una zona videovigilada, no se especificaba que además de captar imágenes también se grababa el sonido y, por tanto, las conversaciones entre ellos y con los clientes.

La trabajadora, que ejercía como ayudante de peluquería, había sido captada por las cámaras cometiendo hechos calificados por la empresa como muy graves, tales como hurto o graves faltas de respeto y consideración a los jefes en conversaciones con compañeros y clientes. Estas infracciones que se mostraban en las grabaciones con audio fueron calificadas como transgresión de la buena fe contractual y motivaron su despido.

En primera instancia, el juzgado de lo social declaró la nulidad del despido condenando a la empresa a readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo y al abono de los salarios no percibidos desde la fecha del despido hasta su reincorporación. La sentencia del TSJ de Castilla y León confirma este fallo y en su fundamentación repasa la doctrina del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto a la videovigilancia en el lugar de trabajo.

Medida proporcionada

Así, según establece el Tribunal Supremo, los trabajadores deben saber que existe un sistema de videovigilancia en su lugar de trabajo, pero no es obligatorio que la empresa especifique la finalidad de ese control.

De manera que, la prueba que consista en la reproducción de lo grabado por las cámaras podrá usarse por el empleador siempre que éstas estén señalizadas para que todos los empleados sean conscientes de su presencia y que su instalación se justifique por razones de seguridad (control de hechos ilícitos o detección de siniestros, por ejemplo) y sea necesaria y proporcionada para el fin que se persigue. Solo cumpliendo estas condiciones, ha matizado el Alto tribunal, está justificada la limitación de los derechos fundamentales de los trabajadores que se puedan ver afectados.

Intimidad y protección de datos

La sentencia de TSJ de Castilla y León continúa exponiendo la doctrina constitucional respecto al derecho a la intimidad y a la protección de datos en el ámbito de las relaciones laborales y cómo pueden verse limitados por el control del empresario mediante videovigilancia. Respecto al derecho a la intimidad en el lugar de trabajo, el Tribunal Constitucional ha señalado que puede verse limitado por las facultades organizativas empresariales siempre y cuando se trate de medidas proporcionadas. Por tanto, la colocación de cámaras y la consiguiente grabación y utilización de las imágenes captadas en el ámbito disciplinario laboral exige un juicio de proporcionalidad entre los distintos derechos e intereses en juego que permita valorar su idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

17 enero

La Agencia Española de Protección de Datos aclara en qué casos puedes colocar una cámara de seguridad

Resuelve la duda sobre la grabación y uso de las imágenes captadas por estos sistemas en la vía pública y el rellano de un edificio


Instalar un sistema de alarma, colocar pestillos en las puertas de entrada o disponer cámaras de videovigilancia son algunos de los métodos predilectos para aumentar la seguridad de una vivienda y disuadir a todo aquel que intente franquear sus perímetros. 

Cabe recordar que en España, la ley impide emplazar defensas dañinas como cuchillas, pinchos, cristales o cercos eléctricos. Por ello, todas las tácticas que los propietarios deseen implementar deben ser defensivos y no ofensivos. En este sentido, se permiten instrumentos como rejas, persianas autoblocantes o detectores de movimiento, entre otros.

En los últimos años, el mercado ha innovado el funcionamiento de aquellos sistemas que sí están homologados. De este modo, los sensores de una alarma ya no se activan con el paso de las mascotas y saben captar a la perfección la presencia humana. Otro gran avance se centra en la protección del exterior gracias a infrarrojos, dispositivos ultrasónicos o duales. Sin embargo, las dudas llegan con las cámaras de seguridad, que se pueden adquirir con suma facilidad en múltiples páginas web sin requerir asistencia profesional. ¿Qué se puede grabar exactamente? ¿Es legal? ¿Se puede utilizar la cinta en caso de robo como prueba?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se ha pronunciado en distintas ocasiones sobre esta práctica para esclarecer su uso. 

En primer lugar, indican que «la captación y grabación de imágenes de la vía pública con fines de seguridad es una función reservada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Así, no se permite instalar puntos que estén dirigidos hacia cualquier zona que no forme parte de la residencia. 

«Únicamente se permitirá la grabación de aquel espacio de la vía pública que resulte imprescindible para la finalidad que se pretende o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de las cámaras», especifican.

20 diciembre

El TSJM valida la instalación de cámaras ocultas en la empresa para identificar al trabajador que estaba robando

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha validado la instalación de cámaras ocultas en la mercantil Sucesores de Rivadeneyra, S.A., empresa de impresión y artes gráficas, con 141 empleados y 104 años de antigüedad en el sector, que despidió a uno de sus empleados tras descubrir que estaba robando cartuchos de toner.


El empleado era un oficial de máquinas con contrato indefinido, una antigüedad de 18 años y un salario bruto mensual de 2.518,34 euros, incluyendo pagas extraordinarias. Se le aplicó un despido disciplinario con efectos de 15 de septiembre de 2022.

Fue el jefe de la Sección de Preimpresión de la empresa el que descubrió que en tres ocasiones previas faltaban cartuchos de toners del almacen donde se guardaban. Concretamente, en un cuartito al que se accedía desde el área de preimpresión, que no tenía cerrojo. Lo que puso en conocimiento del director de informática, responsable de videovigilancia y seguridad.

Con el visto bueno de la dirección de Sucesores de Rivadeneyra, S.A., que tenía su sede en Getafe, localidad al sur de la capital, se instaló una videocámara en el citado almacén durante 4 o 5 días del mes de septiembre.

CÁMARAS OCULTAS

En la madrugada del 14 de septiembre, el empleado ladrón, que cumplía el turno de entre la 1:15 y las 7:15 de la madrugada, se introdujo en el almacén a las 4.15 a.m. La cámara grabó cómo tomaba tres tóneres, los metía en un sobre y se marchaba con ellos.

La empresa verificó que faltaban tres cartuchos de tóner tras lo cual el trabajador fue citado a las 17 horas de ese mismo día por el departamento de personal para exigirle explicaciones sobre estos hechos. Allí se le confrontó con la grabación. Negó ser él.

En ese momento fue despedido.

El trabajador interpuso una demanda alegando vulneración de derechos fundamentales. El Juzgado de lo Social 3 de Madrid ratificó el despido, en una sentencia de 17 de abril de 2023.

La medida adoptada, según el juez de primera instancia, de instalar la cámara de vídeo «fue idónea y necesaria. Fue adecuada a la finalidad pretendida. La cámara se instalo días previos al despido, 4 o 5 días antes de que se grabasen los hechos, por lo que no estuvo instalada por un largo periodo de tiempo. Y se colocó en una estancia en la que habitualmente no hay nadie o no permanece nadie, nada más que para depositar o retirar material».