La Inspección de Trabajo ha constatado que la empresa ha incurrido en cotizaciones incorrectas por horas festivas y descansos no compensados, tras una denuncia de Alternativa Sindical.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha impuesto una sanción a Loomis Spain S.A. por incurrir en infracotizaciones en las cuotas de la Seguridad Social de sus trabajadores en 17 provincias españolas. Así lo ha dado a conocer Alternativa Sindical, el sindicato que interpuso la denuncia que dio origen a la actuación inspectora.
Según detalla en un comunicado, a raíz de su denuncia, presentada el 27 de enero de 2025, la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió un requerimiento a la empresa de seguridad en el que le solicitaba su comparecencia, así como la aportación de documentación para proceder al inicio de la investigación.
Cotizaciones incorrectas en horas festivas y descansos no compensados
La documentación entregada por Loomis fue examinada junto con los datos de cotización mecanizados por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 31 de diciembre de 2024. Tras el análisis, la Inspección constató que la empresa no había ingresado las cuantías correctas a la TGSS, al no aplicar el incremento mínimo del 75% en la remuneración de las horas extraordinarias realizadas en días festivos, y tampoco acreditar el disfrute de los descansos compensatorios establecidos en la normativa laboral vigente.
La investigación también constató que numerosos trabajadores superaron los límites anuales de jornada establecidos por el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad, que reconoce, en su artículo 55, el derecho a 96 días de descanso al año cuando la jornada diaria es igual o superior a ocho horas.
"Se han identificado trabajadores que han prestado servicios en días festivos nacionales, autonómicos o locales, sin que la empresa haya acreditado esa compensación mediante los descansos equivalentes. De hecho, existen casos de trabajadores que han prestado servicios más de 250 días al año sin alcanzar los 96 días mínimos de descanso anual", subraya Alternativa Sindical.
Orden de liquidación de cuotas pendientes
Siguiendo su información, Loomis solo aplicó los pluses convencionales en cuatro provincias –Madrid, Granada, Jaén y Alicante–, mientras que en el resto del territorio no justificó adecuadamente la compensación. Esto ha llevado a la Inspección a dictar una orden en la que obliga a la empresa a liquidar las cuotas pendientes a la Seguridad Social por las diferencias de cotización derivadas de las horas trabajadas en festivos.
La liquidación afecta a trabajadores que prestan servicios en Bizkaia, Tarragona, Gipuzkoa, Córdoba, Cádiz, Navarra, Granada, Huelva, A Coruña, Madrid, Murcia, Asturias, Girona, Lleida, Pontevedra, Jaén y Sevilla.
Hasta el momento de la publicación de esta información, Loomis, empresa de origen sueco especializada en transporte y gestión de efectivo, no ha realizado ninguna declaración pública sobre esta resolución de la Inspección de Trabajo.
Esta no es la primera vez que la compañía es sancionada por no respetar los periodos de descanso de su plantilla. Además, Loomis acumula un amplio historial de actas de infracción por incumplimientos laborales y otras deficiencias, incluidas algunas relacionadas con sus vehículos blindados.

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